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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2025 (11/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Viernes 11 de julio de 2025 El Peruano / Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2418345-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Designan representante del Ministerio ante el Órgano de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 105-2025-TR Lima, 10 de julio de 2025 VISTOS: el Memorandum N° 000266-2025-MTPE/4 de la Secretaría General; el Memorandum N° 001343-2025-MTPE/4/12 y el Informe N° 000469-2025-MTPE/4/12.01 de la O fi cina General de Recursos Humanos; y la Hoja de Elevación N° 000622-2025-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 25249 se crea la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC; Que, los artículos 2 y 9 del Decreto Supremo N° 006- 91-TR, Normas Reglamentarias de la Ley N° 25249, que crea la Caja de Protección y Asistencia de Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú, señalan que la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC es una institución de derecho privado, con personería jurídica y patrimonio propio, encargada de brindar protección y asistencia a los trabajadores lustradores de calzado; y, que tienen dentro de su estructura orgánica un Órgano de Dirección (Comité Directivo), un Órgano de Control (Comité de Vigilancia) y un Órgano Ejecutivo (Gerencia General); Que, el artículo 18 y la Primera Disposición Final del referido Decreto Supremo N° 006-91-TR establecen que el Comité de Vigilancia está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual es designado por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 206-2017- TR se designa al señor PEDRO SOLIER OCHOA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Órgano de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC; Que, el artículo 28 del Estatuto de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, dispone que el mandato de los miembros del Comité de Vigilancia será de dos años, no incluyendo al representante del estado porque su nombramiento corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, conforme a lo propuesto, corresponde dar por concluida la citada designación y designar al nuevo representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Órgano de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la O fi cina General de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y en la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor PEDRO SOLIER OCHOA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Órgano de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora MONICA MARIA CASTAGNOLA ANTEZANA, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Órgano de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución ministerial al señor PEDRO SOLIER OCHOA, a la señora MONICA MARIA CASTAGNOLA ANTEZANA y a la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2418075-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2019-MTC DECRETO SUPREMO Nº 010-2025-MTC LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (en adelante, ATU), tiene por objeto garantizar el funcionamiento de un Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao (en adelante, SIT) que permita satisfacer las necesidades de traslado de los pobladores de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao de manera e fi ciente, sostenible, accesible, segura, ambientalmente limpia y de amplia cobertura; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30900, crea la ATU como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, MTC), con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera, las que se ejercen con arreglo a la Ley y constituye pliego presupuestario. Asimismo, establece que la ATU tiene como objetivo organizar, implementar