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49 NORMAS LEGALES Viernes 11 de julio de 2025 El Peruano / de la Dirección de Laboratorios del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET. Artículo 2.- NOTIFICAR el presente acto resolutivo a las Unidades Orgánicas del INGEMMET y al interesado, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET: www.gob.pe/ingemmet. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HUMBERTO CHIRIF RIVERA Presidente Ejecutivo 2418098-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Modifican el Manual de Clasificador de Cargos del Indecopi RESOLUCIÓN Nº 000076-2025-GEG/ INDECOPI San Borja, 9 de julio de 2025 VISTOS: El Informe Nº 000363-2025-ORH/INDECOPI y el Memorándum Nº 001928-2025-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 000140- 2025-OPM/INDECOPI de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 000309-2025-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se establece que el mismo es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, creado con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, conforme al artículo 2 de dicho Decreto Legislativo, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PRE se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo con el que se aprueba la “Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuyo objetivo es establecer y precisar las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, de acuerdo con el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la mencionada Directiva, el Manual de Clasi fi cador de Cargos es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de los objetivos de la entidad; precisando a través del ítem 6.1.1 de su sub numeral 6.1 que la referida propuesta de manual debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o en su Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, asimismo, el ítem 6.1.10 del sub numeral 6.1 de la mencionada Directiva dispone que las modi fi caciones que se den en el Manual de Clasi fi cador de Cargos, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicho documento de gestión, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la misma; Que, en adición a ello, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000018-2024-SERVIR-PRE se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos”, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos y procedimientos necesarios para el diseño, la validación y aprobación de per fi les de puestos y/o cargos, entre otros, de las entidades públicas; Que, por su parte, del literal j) del Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, en concordancia con el literal h) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la precitada Directiva Nº 006-2021-SERVIR- GDSRH, se desprende que se entiende como Titular de la entidad a la máxima autoridad administrativa; por lo que, estando a lo señalado en el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033, en concordancia con el artículo 12 del Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, la máxima autoridad administrativa del Indecopi es la Gerencia General; Que, con las Resoluciones Nº 000098-2024-GEG/ INDECOPI, Nº 000153-2024-GEG/INDECOPI, Nº 000171-2024-GEG/INDECOPI, Nº 000013-2025-GEG/INDECOPI, Nº 000018-2025-GEG/INDECOPI y Nº 000058-2025-GEG/INDECOPI; publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 07 de junio, el 25 de octubre y el 02 de diciembre de 2024 y el 12 de febrero, 02 de marzo y 29 de mayo de 2025, respectivamente, se modi fi ca el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Indecopi aprobado mediante la Resolución Nº 000143-2022-GEG/INDECOPI; Que, en dicho marco y mediante el Informe Nº 000363-2025-ORH/INDECOPI y el Memorándum Nº 001928-2025-ORH/INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos sustenta y propone la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la entidad a fi n de incluir tres (03) fi chas de cargos estructurales, las cuales cumplen con los criterios transversales de coherencia, pertinencia y consistencia de acuerdo con lo establecido el artículo 8 de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR- GDSRH, cumpliendo asimismo con el procedimiento de aprobación de modi fi caciones del Manual de Clasi fi cador de Cargos señalado en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH. Con tal fi n, precisa que la propuesta no altera la estructura, clasi fi cación y situación de cargos, entre otros, respecto al CAP-P vigente de la institución; Que, con el Informe Nº 000140-2025-OPM/INDECOPI, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización opina favorablemente sobre la propuesta de Manual Clasi fi cador de Cargos sustentada por la O fi cina de Recursos Humanos, en tanto no implica la creación de nuevos órganos o unidades orgánicas adicionales a la estructura orgánica vigente de la entidad; Que, mediante el Informe Nº 000309-2025-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable que la Gerenta General, en