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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2025 (08/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 8 de mayo de 2025 El Peruano / de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta y una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Menor, en el local ubicado en Jirón Ayacucho S/N Urb. Patibamba Alta, distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac, en el marco de lo establecido en el Procedimiento Administrativo “DCV-024: Renovación de la autorización como centro de inspección técnica vehicular - CITV” del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los literales e), f), g), h) y l) del numeral 37.1 del artículo 37 y el artículo 43 del Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe Nº 0086- 2025-MTC/17.03.01, corresponde emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658- 2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; el Manual de inspecciones técnicas vehiculares, tabla de interpretación de defecto de inspecciones técnicas vehiculares, y las características y especi fi caciones técnicas del equipamiento para los centros de inspección técnica vehicular y la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- RENOVAR a la empresa MAISAGA S.R.L., identi fi cada con RUC Nº 20564429369, por el plazo de cinco (05) años, la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta y una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Menor, en el local ubicado en Jirón Ayacucho S/N Urb. Patibamba Alta, distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 392-2015-MTC/15 de fecha 28 de enero de 2015, renovada mediante Resolución Directoral Nº 079-2020- MTC/17.03 de fecha 25 de febrero de 2020 y modi fi cada mediante Resolución Directoral Nº 249-2022-MTC/17.03 de fecha 10 de mayo de 2022. Artículo 2.- La empresa MAISAGA S.R.L., debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- La empresa MAISAGA S.R.L., actualiza la relación del siguiente personal para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: RELACIÓN DEL PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DEL CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NICANOR TELLO REINOSOINGENIERO SUPERVISOR TITULAR CARLOS ENRIQUE YBASETA MEDINAINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE STEPHANY CONTRERAS SAUÑE INSPECTORESGILDO FLORES SUEL ROE HAMILTON SANCHEZ HUAYLLA RAUL CASAS AEDO WILLIAM SALAS CAMACHO WENCESLAO BARRON LUGOArtículo 4.- ESTABLECER que la empresa MAISAGA S.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 31 de octubre de 2025 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 31 de octubre de 2026 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 31 de octubre de 2027 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 31 de octubre de 2028 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 31 de octubre de 2029 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa MAISAGA S.R.L., en el domicilio ubicado en Av. Panamericana S/N Urbanización Bellavista Baja, distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac y/o en el correo electrónico efracace@hotmail.com Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA DirectorDirección de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 2392541-1 Autorizan a la empresa REVISIONES TECNICAS KAOMA E.I.R.L. para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, en local ubicado en el distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0193-2025-MTC/17.03 Lima, 2 de abril de 2025 VISTO: La solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº T-045648- 2025 de fecha 30 de enero de 2025, presentada por la empresa REVISIONES TECNICAS KAOMA E.I.R.L., a través de la cual solicita autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. Manco Capac Mz. E Lt. 12 y 11 Parcial, Sector El Cercado Anexo 22, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad, entre otras, para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;