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116 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / como el que asume un alcalde, de tal modo, que se evite mantener en el cargo a quienes han infringido las normas básicas del ordenamiento jurídico, al haber perpetrado un ilícito penal de connotación dolosa, como ha ocurrido en el presente caso. 2.23. En consecuencia, corresponde estimar el recurso de apelación, revocar el Acuerdo de Concejo Nº 014-2025-MPZ y declarar la vacancia del señor alcalde (ver SN 1.4.). En tal sentido, en el marco de lo dispuesto por el artículo 24 de la LOM, el burgomaestre debe ser reemplazado por el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral (ver SN 1.7.), por lo que corresponde convocar a don Jorge Augusto Garrido Zapata, identi fi cado con DNI Nº 44319572, a fi n de que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Zarumilla, para lo cual se le debe otorgar la credencial que lo faculte como tal (ver SN 1.3. y 1.9.). 2.24. De igual modo, para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde convocar a doña Rosa Alexis Lazo Flores, identi fi cada con DNI Nº 42683649, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, con el propósito de que asuma, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Zarumilla, para lo cual se le debe otorgar la credencial que la faculte como tal (ver SN 1.3. y 1.9.). 2.25. Dicha convocatoria se realiza según el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 9 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tumbes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 3. 2.26. La noti fi cación de este pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.13.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Joshimar Paul Condori Romero; en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 014-2025-MPZ, del 28 de enero de 2025, que desaprobó la solicitud de suspensión presentada en contra de don Christhian Anwar Aguayo Infante, alcalde de la Municipalidad Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes, y, REFORMÁNDOLO , declarar la VACANCIA de don Christhian Anwar Aguayo Infante, en el cargo de alcalde de la referida entidad municipal, por la causal prevista en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en atención a los considerandos 2.14. a 2.20. del presente pronunciamiento. 2. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Christhian Anwar Aguayo Infante, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes, emitida con motivo de las Elecciones Municipales 2022. 3. CONVOCAR a don Jorge Augusto Garrido Zapata, identi fi cado con DNI Nº 44319572, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes, y complete el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo acredite como tal. 4. CONVOCAR a doña Rosa Alexis Lazo Flores, identi fi cada con DNI Nº 42683649, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes, y complete el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la acredite como tal. 5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117- 2025-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2 En:<https://aplicativo.pj.gob.pe/cejsupremo/> 3 En: <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades> 2453829-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, a fin de completar el período de gobierno municipal 2023-2026 RESOLUCIÓN Nº 0538-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025000437 CAÑETE - LIMA VACANCIA APELACIÓN Lima, 15 de octubre de 2025VISTO : en audiencia pública del 14 de octubre de 2025, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Julio Cesar Robles Castillo (en adelante, señor recurrente), en contra del Acuerdo de Concejo Nº 002-2025-MPC, del 16 de enero de 2025, que rechazó la solicitud de vacancia presentada en contra de doña Adriana del Rosario Borda Vicente, regidora del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima (en adelante, señora regidora), por la causal de infracción a las restricciones de la contratación, prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Solicitud de vacancia (Expediente Nº JNE.2024003189) El 21 de octubre de 2024, el señor recurrente presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) su petición de vacancia formulada contra de la señora regidora, por la causal prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la LOM, bajo los siguientes argumentos: a) La señora regidora –aprovechándose de su cargo y poniéndose en ventaja– dispuso la contratación de su familiar, doña Desirée Dánae Escate Narváez (en adelante, doña Desirée Escate), a través de cinco órdenes de servicio en el 2023, que le permitió percibir por parte de la Municipalidad Provincial de Cañete la suma de S/ 7 500.00. b) Cabe señalar que, doña Desirée Escate obtuvo su Registro Único de Contribuyentes (RUC) el 7 de febrero de 2023 y, a los pocos días, fue contratada con su primera orden de servicio por la Municipalidad Provincial de Cañete, siendo la única entidad del Estado en la que fue proveedora en el 2023 y en el 2024 no fue proveedora