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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (31/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 103

103 NORMAS LEGALES Viernes 31 de octubre de 2025 El Peruano / • Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.• Comisión Ordinaria de la Mujer del Congreso de la República. • Defensoría del Pueblo. - Consejo Regional de Coordinación del Programa Rompiendo Cadenas, el cual estará integrado por: • Presidente de la Corte Superior de Justicia. • Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.• Representante Regional de la Policía Nacional del Perú. • Representantes Regionales de los programas dependientes del Gobierno Nacional vinculados a niñez, adolescencia y juventud. • Gobierno Regional.• Representante de la Defensoría del Pueblo. - Consejo Provincial de Coordinación del Programa Rompiendo Cadenas, el cual estará integrado por: • Juez de Familia. • Fiscal de Familia.• Representante de la Policía Nacional del Perú.• Representantes provinciales de los programas dependientes del Gobierno Nacional vinculado a niñez, adolescencia y juventud. • Municipalidad Provincial.• Representante de los Centros de Salud.• Representante de las Instituciones Educativas.• Representante de la Defensoría del Pueblo. - Consejo Distrital de Coordinación del Programa Rompiendo Cadenas, el cual estará integrado por: • Juez de Paz o Familia. • Representante Distrital de la Policía Nacional del Perú. • Representante de los Centros de Salud.• Representante de las Instituciones Educativas.• Representantes distritales de los programas sociales dependientes del Gobierno Nacional. • Municipalidad Distrital.• Representante de la Defensoría del Pueblo. Artículo Segundo.- Los Consejos de Coordinación del Programa Rompiendo Cadenas estarán compuestos de la siguiente manera: • Presidencia, elegida entre sus miembros. • Primera Vicepresidencia, elegida entre sus miembros.• Segunda Vicepresidencia, elegida entre sus miembros. • Secretaría Técnica, a cargo de la Defensoría del Pueblo. Los Consejos de Coordinación del Programa Rompiendo Cadenas contarán con un Reglamento Interno que permitirá operativizar sus acciones. Artículo Tercero.- DISPONER que las correspondientes dependencias de la Defensoría del Pueblo realicen las acciones y coordinaciones necesarias para la conformación de los referidos Consejos de Coordinación del Programa Rompiendo Cadenas, en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente Resolución a las instituciones que integran los Consejos de Coordinación del Programa Rompiendo Cadenas, según lo señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR Defensor del Pueblo 2453871-1  998 732 784  ventasegraf@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: