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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (13/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Sábado 13 de setiembre de 2025 El Peruano / N° 0731-2023-MTC/01; y la Resolución Ministerial N° 563-2025-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, al ingeniero MANUEL FABRICIO BEGAZO GUZMAN en el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución al ingeniero MANUEL FABRICIO BEGAZO GUZMAN y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de Administración Interna y de Línea y a las Unidades Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID FERNANDO MAYORGA LIZARRAGA Director Ejecutivo PROVÍAS NACIONAL 2438287-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Modifican la “Directiva para el otorgamiento y rendición de viáticos y pasajes por comisión de servicios en el interior o exterior del territorio nacional” RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 094-2025/ APCI-DE Mira fl ores, 10 de setiembre de 2025 VISTOS: El Informe N° 0247-2025-APCI/OGA-UCF del 20 de junio de 2025, de la Unidad de Contabilidad y Finanzas; el Memorándum N° 0749-2025-APCI/OGA del 14 de julio de 2025, de la O fi cina General de Administración; el informe N° 0040-2025-APCI/OPP del 24 de julio de 2025, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0175-2025-APCI/OAJ del 18 de agosto de 2025 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modi fi catorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores que tiene por funciones ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa, ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI), y proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de la política exterior; Que, mediante la Ley Nº 27619, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;Que, en esa línea, con Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM se aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 156- 2023/APCI-DE se aprueba la Directiva N° 005-2023-APCI “Directiva para el otorgamiento y rendición de viáticos y pasajes por comisión de servicios en el interior o exterior del territorio nacional”; Que, con Informe N° 0247-2025-APCI/OGA-UCF de fecha 20 de junio de 2025 la Unidad de Contabilidad y Finanzas (UCF) advierte de la necesidad de contar con una escala para la asignación parcial de viáticos al exterior del país en la Directiva N° 005-2023-APCI “Directiva para el otorgamiento y rendición de viáticos y pasajes por comisión de servicios en el interior o exterior del territorio nacional” y propone la modi fi cación del numeral 7.5 de la citada Directiva para tales propósitos; Que, a través del Memorándum N° 0749-2025- APCI/OGA del 14 de julio de 2025, la O fi cina General de Administración mani fi esta que encuentra favorable la propuesta de modi fi cación y remite los actuados a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) para revisión y validación; Que, con Informe N° 0040-2025-APCI/OPP del 24 de julio de 2025, la OPP emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación de la citada Directiva y recomienda que la O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ) realice la evaluación legal; Que, con Informe N° 0175-2025-APCI/OAJ del 18 de agosto de 2025, la OAJ emite opinión legal favorable a la modi fi cación de la Directiva N° 005-2023-APCI; Con los vistos de la Unidad de Contabilidad y Finanzas, la O fi cina General de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y sus modi fi catorias y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el literal b) del numeral 7.5. del apartado 7 de la Directiva N° 005-2023-APCI “Directiva para el otorgamiento y rendición de viáticos y pasajes por comisión de servicios en el interior o exterior del territorio nacional”, aprobada por Resolución Directoral Ejecutiva N° 156-2023/APCI-DE, en los siguientes términos: “7. Disposiciones especí fi cas (…) 7.5. Comisiones de servicios al exterior del país (…) b. Cuando el viaje en comisión de servicios al exterior del país responda a una invitación que incluye el fi nanciamiento parcial de viáticos, estos se otorgan de forma proporcional, en relación al monto establecido en el Anexo A, de acuerdo a la siguiente escala: Si el financiamiento parcial es por:% del monto máximo de viáticos AlimentaciónSe otorga el 60% para hospedaje y movilidad. HospedajeSe otorga el 60% para alimentación y movilidad. Alimentación y Hospedaje Se otorga el 20% para movilidad. (…)”