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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 103

103 NORMAS LEGALES Sábado 20 de setiembre de 2025 El Peruano / Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2440686-3 Nombran y designan fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2900-2025-MP-FN Lima, 19 de setiembre de 2025VISTOS:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de junio de 2024; Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 897 y 1916-2025-MP-FN, de fecha 21 de marzo y 24 de junio de 2025, respectivamente; Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2025-MP-FN-JFS, de fecha 7 de agosto de 2025; informe Nº 000190-2025-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 16 de julio de 2025; o fi cios Nºs. 008808, 010720 y 011126-2025-MP-FN-PJFSLIMA de fechas 17 de julio, 29 de agosto y 5 de septiembre de 2025, respectivamente, e informe Nº 0210-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 5 de septiembre de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de junio de 2024, se crearon trescientas noventa (390) plazas de fi scales adjuntos provinciales para el fortalecimiento de las fi scalías corporativas, con el fi n de brindar una atención prioritaria en los casos de detenidos en fl agrancia. Posteriormente, a través del informe Nº 000166-2024-MP-FN-STI-NCPP, la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal comunicó que la implementación para el año 2024 se limitaría a ciento veinte (120) plazas debido al presupuesto asignado, correspondiendo al Distrito Fiscal de Lima Centro quince (15) plazas. Asimismo, mediante el o fi cio múltiple Nº 000114-2025-MP-FN-GG-OGPOHU-OAPH, de fecha 16 de junio de 2025, la O fi cina de Administración de Potencial Humano comunicó la implementación de cinco (5) plazas adicionales de fi scal adjunto provincial para el Distrito Fiscal de Lima Centro, conforme al presupuesto asignado para el año 2025, con lo que se cuenta con un total de veinte (20) plazas de dicho nivel para la atención de casos de fl agrancia. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 897-2025-MP-FN, de fecha 21 de marzo de 2025, se asignaron al Distrito Fiscal de Lima Centro las quince (15) plazas creadas y mencionadas en el primer párrafo. Posteriormente, mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2025-MP-FN-JFS, de fecha 7 de agosto de 2025, se dispuso la creación de treinta y tres (33) Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva a nivel nacional, de las cuales nueve (9) corresponden al Distrito Fiscal de Lima Centro, denominadas: 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro. A través del informe Nº 000190-2025-MP-FN- STI-NCPP, la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal elevó la propuesta de diseño organizacional de los despachos fi scales que conformarían las Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro. La referida propuesta de conformación distribuye las plazas fi scales de la siguiente manera: la 1º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y tres (3) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 2º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y tres (3) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 3º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 4º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 5º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 6º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 7º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 8º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scales adjuntos provinciales y la 9º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro contará con una (1) plaza de fi scal provincial y dos (2) plazas de fi scales adjuntos provinciales. Por lo que, con o fi cio Nº 008808-2025-MP-FN- PJFSLIMA, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro elevó al Despacho de la Fiscalía de la Nación las ternas de candidatos para cubrir las plazas de cinco (5) fi scales adjuntos provinciales y, con los o fi cios Nºs. 010720 y 011126-2025-MP-FN-PJFSLIMA precisó la ubicación de los veinte (20) fi scales adjuntos provinciales que serán designados en las Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En atención a la creación de las Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro y a la propuesta de organización operativa presentada, resulta necesario dar por concluida la asignación temporal de las quince (15) plazas de fi scal adjunto provincial dispuesta por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 897-2025-MP-FN de fecha 21 de marzo de 2025, así como la designación de los fi scales adjuntos provinciales provisionales efectuada mediante la citada resolución y de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1916-2025-MP-FN de fecha 24 de junio de 2025. En mérito a lo expuesto, con el objetivo de coadyuvar a la labor fi scal y a fi n de priorizar la atención de los casos con detenidos en situación de fl agrancia delictiva, es pertinente asignar al Distrito Fiscal de Lima Centro las quince (15) plazas de fi scal adjunto provincial creadas por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, para la conformación de la 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro. De la misma manera, previa verifi cación de los requisitos legales, corresponde nombrar con carácter provisional a los abogados propuestos