Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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105 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2026 El Peruano / Sobre la convocatoria de candidatos no proclamados 2.6. En cuanto al Acuerdo de Concejo Municipal Nº 027-2026-MDSB, del 28 de mayo del año en curso, el Concejo Distrital de San Buenaventura autorizó licencia sin goce de haber, del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, al alcalde Eleazar Santiago Zevallos, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. 2.7. Respecto al Acuerdo de Concejo Nº 026-2026, del 28 de mayo de 2026, que autorizó licencia sin goce de haber, por el mismo periodo y motivo, al regidor Sergio Rómulo Lucio Salinas. 2.8. Al respecto, se debe tener en cuenta que, en aplicación del acápite 6.1 del numeral 6 de la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.13 y 1.14.), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que las solicitudes de licencia sin goce de haber deben ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. 2.9. De la revisión de las solicitudes presentadas por el señor alcalde y el señor regidor, se aprecia que las mismas fueron presentadas dentro del plazo previsto y contienen el periodo exigido para la licencia electoral, esto es del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026; aunado a ello el número de solicitudes no supera el límite del cuarenta por ciento (40 %) previsto en la LOM. 2.10. Asimismo, efectuada la consulta correspondiente en la Plataforma Electoral, no se advierte impedimento vigente que imposibilite la convocatoria de los candidatos no proclamados que se detallan a continuación, por lo que corresponde convocarlos respetando la prelación establecida en el acta de proclamación. 2.11. Conforme al artículo 24 de la LOM (ver SN 1.10.), en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil de su propia lista electoral. 2.12. De acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, emitida con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, corresponde convocar al primer regidor convocado de la organización política Concertación para el desarrollo Regional - Lima, agrupación política a la que pertenece la autoridad edil cuya licencia ha sido aprobada. Sin embargo, mediante Resolución Nº 0034-2024-JNE, del 7 de febrero del 2024, en el Expediente Nº JNE.2023003048, se dejó sin efecto la licencia otorgada al primer regidor, por haber incurrido en causal de vacancia, por lo que corresponde convocar al segundo regidor convocado de la misma organización política. 2.13. En consecuencia, dado que la solicitud de licencia del alcalde cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de San Buenaventura y con la fi nalidad de garantizar la continuidad del gobierno municipal durante el periodo de ausencia de la autoridad edil, corresponde dejar sin efecto, temporalmente, la credencial otorgada al señor alcalde y convocar a doña Frida Marlene Alta León, identi fi cada con DNI Nº 15282755, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026. 2.14. Además, con la fi nalidad de completar el número de regidores, y estando que no existen accesitarios de la organización política Concertación para el desarrollo Regional – Lima, se debe recurrir a la segunda organización política, con más votos, esto es a la organización política Juntos por el Perú y atendiendo a que don Juan Pedro Gutiérrez Reymundo y Jacinta León Roque, miembros de la organización política Juntos por el Perú ya fueron convocados para reemplazar a dos autoridades de la referida comuna (ver 1.1 y 1.2) corresponde convocar a don Julio Antonio Bejarano Rojas, identi fi cado con DNI Nº 44529009, candidato no proclamado de la organización política Juntos por el Perú, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026. 2.15. Respecto al Acuerdo de Concejo Nº 026-2026, del 28 de mayo de 2026, que autorizó licencia sin goce de haber, al regidor Sergio Rómulo Lucio Salinas, y dado que la solicitud de licencia sin goce de haber del señor regidor cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de San Buenaventura y de acuerdo con lo establecido en la LOM y la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.10., 1.13 y 1.14.) y con la fi nalidad de mantener la representación de la referida entidad edil, y en atención a lo señalado en el párrafo anterior, corresponde convocar a doña Marilyn Angélica Barreto Vicuña, identi fi cada con DNI Nº 72615730, candidata no proclamada de la organización política Juntos por el Perú, para que asuma temporalmente el cargo de regidora. 2.16. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, del 27 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaral, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.17. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.15.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. ACUMULAR el Expediente Nº JNE.2026228111 al Expediente Nº JNE.2026228114, por guardar conexión entre sí. 2. DEJAR SIN EFECTO , temporalmente, la credencial otorgada a Eleazar Santiago Zevallos, como alcalde de la Municipalidad Distrital de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026. 3. CONVOCAR a doña Frida Marlene Alta León, identi fi cada con DNI Nº 15282755, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. CONVOCAR a don Julio Antonio Bejarano Rojas, identi fi cado con DNI Nº 44529009, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 5. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Sergio Rómulo Lucio Salinas como regidor del Concejo Distrital de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026. 6. CONVOCAR a doña Marilyn Angélica Barreto Vicuña, identi fi cada con DNI Nº 72615730, candidata no proclamada de la organización política Juntos por el Perú, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Buenaventura, provincia de Canta, departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 7. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notifi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE; asimismo, para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>.