Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (21/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 161

161 NORMAS LEGALES Sábado 21 de febrero de 2026 El Peruano / b) En la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 001-2025-MDM/CM, del 7 de enero de 2025, se llevaría a cabo la juramentación de don Fermín Ccama como regidor del Concejo Distrital de Macari, provincia de Melgar, departamento de Puno. c) Con el Acta de inconcurrencia al acto de juramentación al cargo de regidor del Concejo Distrital de Macari, correspondiente a don Fermín Ccama, se deja constancia de la inasistencia de este a la citada sesión extraordinaria, por lo que no se hizo posible su juramentación. 2.3. En atención a lo desarrollado en el considerando anterior, debe dejarse sin efecto la credencial que se le otorgó a don Fermín Ccama y convocar a don Florencio Francisco Mamani Ancasi, identificado con DNI Nº 02275676, candidato no proclamado por la organización política Reforma y Honradez por Más Obras, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Macari, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023- 2026, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 34 y 35 de la LEM (ver SN 1.3. y 1.4.). 2.4. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Román, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.5. La notificación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Fermín Samuel Ccama Casas como regidor del Concejo Distrital de Macari, provincia de Melgar, departamento de Puno, emitida a fin de que complete el periodo de gobierno municipal 2023-2026, por no haber juramentado ni asumido dicho cargo. 2. CONVOCAR a don Florencio Francisco Mamani Ancasi, identificado con DNI Nº 02275676, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Macari, provincia de Melgar, departamento de Puno, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117- 2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2489055-1OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen la exoneración del pago del derecho de trámite y de la presentación del comprobante correspondiente en procedimientos administrativos denominados “Excusa al cargo de miembro de mesa” y “Justificación a la inasistencia al cargo de miembro de mesa”, previstos en el TUPA-ONPE, para ciudadanos peruanos residentes en el extranjero sorteados como miembros de mesa en las Elecciones Generales 2026 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000029-2026-JN/ONPE Lima, 19 de febrero de 2026 VISTOS: El Proveído N° 000712-2026-GG/ONPE de la Gerencia General; el Informe N° 00056-2026-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000078-2026-SGPL-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 000111-2026-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo que tiene como función primordial garantizar la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otras consultas populares a su cargo, siendo la autoridad máxima en su organización y ejecución, de conformidad con la Ley N° 26487; A través del Decreto Supremo n.º 039-2025-PCM, se convocó a Elecciones Generales (EG 2026) para el 12 de abril de 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Mediante Resolución Jefatural N° 000112-2025-JN/ ONPE se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la ONPE (TUPA-ONPE), de conformidad con el numeral 43.1 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (TUO de la LPAG), el cual está integrado por siete (7) procedimientos y un (1) servicio; El TUPA-ONPE incluye, entre otros, los procedimientos administrativos denominados “Excusa al cargo de miembro de mesa” que procede, entre otras causales, por grave impedimento físico o mental, por tener que ausentarse del territorio de la República o estar incurso en cualquiera de los impedimentos establecidos en el artículo 57º de la Ley n. º 26859 Ley Orgánica de Elecciones del miembro de mesa) y “Justificación a la inasistencia al cargo de miembro de mesa”, que procede en caso de enfermedad debidamente acreditada del miembro de mesa. En ambos procedimientos, el administrado le corresponde acompañar el comprobante de pago por derecho de trámite correspondiente, que constituye uno de los requisitos establecidos en el TUPA-ONPE; En ese contexto, mediante el Informe de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de vistos, que referencia el informe de la Sub Gerencia de Planeamiento de la citada Gerencia de vistos, se pone a conocimiento una problemática relacionada con ciudadanos peruanos residentes en el extranjero sorteados como miembros de mesa en las Elecciones Generales 2026. De acuerdo a las consultas y coordinaciones efectuadas por la