NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (10/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 200
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 128
128 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2026 El Peruano / el cargo de regidora del Concejo Distrital de Maranganí, provincia de Canchis, departamento de Cusco, durante el periodo de la licencia. 2.7. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Efraín Luciano Aguilar Chura, regidor del Concejo Distrital de Maranganí, provincia de Canchis, departamento de Cusco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026. 2. CONVOCAR a doña Adela Hihuallanca Yucra, identi fi cada con DNI Nº 73854392, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Maranganí, provincia de Canchis, departamento de Cusco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicado el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026, en el diario oficial El Peruano. 4 En: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar> 2552574-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN Nº 3199-2026-JNE Expediente Nº JNE.2026228218 MARISCAL NIETO - MOQUEGUA LICENCIA DE AUTORIDAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 10 de agosto de 2026 VISTO : el O fi cio Nº 655-2026-OSG-A/MPMN, del 17 de julio de 2026, presentado por don John Larry Coayla, alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por medio del cual remitió la documentación requerida para continuar con el trámite de la licencia sin goce de haber concedida a don Apolonio Alejandro Vizcarra Ramos, regidor de la citada entidad edil (en adelante, señor regidor), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTES 1.1. A través del O fi cio Nº 618-2026-JOSG-A/ MPMN, del 3 de julio de 2026, presentado ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el 8 del mismo mes y año, la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto informó sobre la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, a fi n de que se expida la credencial provisional correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 095-2026-MPMN, del 3 de dicho mes y año, por medio del cual el concejo provincial autorizó la licencia solicitada por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, debido a su participación en las ERM 2026. 1.2. Posteriormente, con el O fi cio Nº 006690-2026- SG/JNE, del 14 de julio de 2026, se requirió a la entidad edil que remita, en original o copia autenticada y legible, la solicitud de licencia sin goce de haber presentada, el 4 de junio de 2026, con su respectivo cargo de recepción. En atención a ello, a través del o fi cio citado en el visto, la municipalidad remitió copia fedateada de la solicitud suscrita, el 3 del mismo mes y año, e ingresada el día siguiente. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El numeral 27 del artículo 9 establece: Artículo 9.- Atribuciones del concejo municipal Corresponde al concejo municipal:[…]27. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40 % (cuarenta por ciento) de los regidores. 1.3. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM 1 1.4. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República. En la Resolución Nº 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 2 1.5. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el inciso 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso: