NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (10/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 200
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 123
123 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2026 El Peruano / de evaluar integralmente el límite legal del 40 % y preservar el orden de prelación, corresponde acumular los Expedientes N° JNE.2026213981 y N° JNE.2026213991 al Expediente N° JNE.2026213970, a efectos de emitir un único pronunciamiento. Sobre las licencias concedidas 2.5. De la revisión de los actuados, se veri fi ca que doña Sandra Melina Mallaupoma Meza presentó su solicitud el 15 de junio de 2026, mientras que don Emilio Epifanio Arroyo Osorio y don César Manuel Camarena Ramírez hicieron lo propio el 16 de junio de 2026. Las tres solicitudes fueron formuladas dentro del plazo previsto y señalaron como fecha de inicio el 4 de setiembre de 2026 (ver SN 1.14.). 2.6. En la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N° 12-2026-CM/MPJ, realizada el 18 de junio de 2026, el Concejo Provincial de Jauja aprobó, por unanimidad, las tres licencias por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, mediante los Acuerdos de Concejo N° 056-2026-CM/MPJ, N° 057- 2026-CM/MPJ y N° 058-2026-CM/MPJ. Dicho periodo se encuentra conforme con la normativa electoral, pues las licencias culminan el día de la elección y las autoridades reasumen sus funciones al día siguiente (ver SN 1.15.). 2.7. El Concejo Provincial de Jauja se encuentra conformado por nueve (9) regidores y las licencias fueron concedidas a tres (3) de ellos, lo que representa el 33,33 % del número legal de regidores. En consecuencia, no se supera el límite previsto en el numeral 27 del artículo 9 de la LOM (ver SN 1.10.). 2.8. En ese sentido, corresponde dejar sin efecto, de manera temporal, las credenciales otorgadas a don Emilio Epifanio Arroyo Osorio y a doña Sandra Melina Mallaupoma Meza, así como la credencial provisional otorgada a don César Manuel Camarena Ramírez mediante la Resolución N° 0001-2025-JNE, durante el periodo de las licencias concedidas. Sobre la incidencia de la Resolución N° 0001-2025- JNE y las convocatorias 2.9. La Resolución N° 0001-2025-JNE dejó sin efecto provisionalmente la credencial de don Ángel Moisés Huamán Mucha como alcalde provincial, y convocó a don Raimundo Emiliano Flores Caso como alcalde provisional y a don César Manuel Camarena Ramírez como regidor provincial provisional. Por ello, la licencia concedida a este último incide directamente en la conformación temporal del concejo, pero no afecta la vigencia de la suspensión del alcalde ni la convocatoria de don Raimundo Emiliano Flores Caso. 2.10. De acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Jauja, departamento de Junín, la OP obtuvo seis (6) regidurías, resultando proclamados los candidatos ubicados en las posiciones 1 a 6. Posteriormente, don César Manuel Camarena Ramírez, candidato a regidor provincial 7, fue convocado mediante la Resolución N° 0001-2025-JNE. 2.11. Como consecuencia de las licencias concedidas a don Emilio Epifanio Arroyo Osorio, doña Sandra Melina Mallaupoma Meza y don César Manuel Camarena Ramírez, corresponde incorporar a tres (3) candidatos, a fi n de mantener el número legal de regidores del concejo provincial. 2.12. En la lista de la OP, doña Violeta Barzola Camarena, identi fi cada con DNI N° 41583901, y don Omar Nehemías Caballero Soto, identi fi cado con DNI N° 48622122, fi guran como candidatos a regidores provinciales 8 y 9, respectivamente, ambos con estado inscrito y no proclamados; por tanto, son los candidatos inmediatos que corresponde convocar, respetando el orden de precedencia de la misma lista (ver SN 1.8. y 1.9.). 2.13. Sin embargo, luego de dichas convocatorias, la lista de la OP queda agotada. En tal sentido, corresponde aplicar el criterio establecido en la Resolución N° 175- 2005-JNE y recurrir a la organización política que sigue en el orden del cómputo de sufragios (ver SN 1.13.).2.14. El acta de proclamación consigna que la organización política Junín Sostenible con su Gente ocupó el segundo lugar en el cómputo provincial y obtuvo una (1) regiduría, resultando proclamada doña July Andrea Castilla Rivera como regidora provincial. Asimismo, don Adis Norberto Benito Zárate, identi fi cado con DNI N° 10724852, fi gura como candidato a regidor provincial 2, con estado inscrito y no proclamado; por tanto, conforme al orden de precedencia, es el candidato inmediato de dicha organización política. 2.15. Sin embargo, de la consulta efectuada, a la fecha de cali fi cación del presente expediente, en la Plataforma Electoral del JNE, se advierte que don Adis Norberto Benito Zárate participa en las ERM 2026 como candidato a alcalde distrital de El Mantaro, provincia de Jauja, departamento de Junín, por la organización política Alianza para el Progreso, y registra el estado admitido. En tal sentido, no corresponde convocarlo para que asuma provisionalmente la regiduría durante el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026 4. 2.16. En consecuencia, siguiendo el orden de precedencia de la lista de la organización política Junín Sostenible con su Gente, corresponde convocar a doña Marita Norma Solís Salguero, identi fi cada con DNI N° 06664768, quien fi gura como candidata a regidora provincial 3, con estado inscrito y no proclamada. Por tanto, corresponde convocar a doña Violeta Barzola Camarena, a don Omar Nehemías Caballero Soto y a doña Marita Norma Solís Salguero para que asuman, provisionalmente, el cargo de regidores del Concejo Provincial de Jauja por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026. 2.17. Asimismo, de la consulta efectuada, a la fecha de cali fi cación del presente expediente, en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que doña Violeta Barzola Camarena, identi fi cada con DNI N° 41583901; don Omar Nehemías Caballero Soto, identi fi cado con DNI N° 48622122; y doña Marita Norma Solís Salguero, identi fi cada con DNI N° 06664768, participen como candidatos en las ERM 2026 5. 2.18. Del mismo modo, de la consulta de sus fi chas en línea del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, se veri fi ca que, a la fecha de cali fi cación del presente expediente, las referidas personas no registran restricción ni fecha de fallecimiento, y sus documentos nacionales de identidad se encuentran vigentes. 2.19. Finalmente, se precisa que mantienen su vigencia los artículos 1 y 2 de la Resolución N° 0001-2025- JNE. Culminada la licencia, don César Manuel Camarena Ramírez reasumirá provisionalmente la regiduría en los términos del artículo 3 de dicho pronunciamiento, siempre que subsista la situación jurídica que motivó su convocatoria. 2.20. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.16.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. ACUMULAR los Expedientes N° JNE.2026213981 y N° JNE.2026213991 al Expediente N° JNE.2026213970, por existir conexidad entre dichos procedimientos. 2. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, las credenciales otorgadas a don Emilio Epifanio Arroyo Osorio, identi fi cado con DNI N° 20738091, y a doña Sandra Melina Mallaupoma Meza, identi fi cada con DNI N° 71480540, regidores del Concejo Provincial de Jauja, departamento de Junín; así como la credencial provisional otorgada a don César Manuel Camarena Ramírez, identi fi cado con DNI N° 80632833, mediante el artículo 3 de la Resolución N° 0001-2025-JNE, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de las licencias sin goce de haber aprobadas por el referido concejo. 3. CONVOCAR a doña Violeta Barzola Camarena, identi fi cada con DNI N° 41583901, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Jauja, departamento de Junín, por el periodo