Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 1998 (13/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
Senor Intendente de Aduana Presente

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 1998

Disponen poner en conocimiento de partido politico que el numero de firmas validas presentadas ha resultado inferior al exigido por ley
RESOLUCION Nº 068-98-JNE MORDAZA, 12 de febrero de 1998 Visto, el Oficio Nº 085-98-J/ONPE recibido el 11 de febrero del presente ano del senor Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, acompanando el Informe Tecnico del resultado del cotejo de las listas de adherentes presentadas por el Partido Politico denominado "Partido Renacimiento Andino", para efecto de su inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: Que, el Partido Renacimiento MORDAZA, ha acompanado a su solicitud de inscripcion presentada con fecha 7 de enero del presente ano, una relacion conteniendo un total de 498,173 firmas de adherentes; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones sometio la relacion presentada por el referido Partido a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que compruebe la autenticidad de las firmas y numeraciones de las libretas electorales correspondientes a las listas de adherentes; Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha dado cumplimiento a la labor encomendada; estableciendo el procesamiento realizado que solo existen 123,622 adhesiones validas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 88º, inciso b) de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, las organizaciones politicas que soliciten su inscripcion en el Registro del MORDAZA Nacional de Elecciones, deben acompanar una relacion de adherentes en un numero no menor del 4% del total de electores inscritos en el Padron electoral, empleado en las ultimas elecciones de caracter nacional, constituyendo esa cantidad 496,718 sobre un total de 12'417,955 de electores; Que, en consecuencia el Partido Renacimiento MORDAZA aun no ha cumplido con presentar la relacion completa de adherentes a que se refiere el Articulo 88º inciso b) de la Ley Nº 26859 y, por tanto, debe ser notificado para subsanar dicha deficiencia, segun lo dispone el Articulo 93º de la Ley Organica MORDAZA citada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Pongase en conocimiento del personero del Partido Renacimiento MORDAZA que de la comprobacion efectuada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el numero de firmas validas presentadas por dicho Partido ha resultado inferior al exigido por ley, por lo que se debe subsanar la deficiencia senalada, en el termino establecido en el Articulo 93º de la Ley Nº 26859. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 1654

Ref.: Declaracion Simplificada Habiendose expedido las Resoluciones de Intendencia Nacional Nº 003553 del 22.12.97 y Nº 000103 del 16.1.98 que aprueban los Manuales de Procedimiento del Regimen de Admision e Importacion Temporal respectivamente, y dados los requerimientos de los operadores de comercio exterior, es necesario tener en cuenta las siguientes precisiones para el correcto llenado del formato aduanero: "Declaracion Simplificada" aprobado por Resolucion de Intendencia Nacional Nº 003270 del 27.11.97; en uso de la facultad conferida por la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001029 del 18.3.97, sirvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de la Intendencia a su cargo, lo siguiente: 1. En la MORDAZA 6.6 Otros Se manifestara en la exportacion la voluntad de acogimiento al Regimen de Reposicion de Mercancias en Franquicia o al Procedimiento Simplificado de Restitucion de Derechos Arancelarios Ad valorem, consignando los siguientes codigos segun corresponda: Regimen de Reposicion de Mercancias: 12 Restitucion de Derechos Arancelarios Ad valorem: 13 2. En la MORDAZA 6.13 Nº Declaracion Reg. Precedente Regimen de Admision y/o Importacion Temporal Se llenara cuando la importacion o exportacion de las mercancias provengan del regimen precedente de Admision y/o Importacion Temporal, indicandose el numero de la declaracion asignado por la Aduana, el cual estara formado por: Codigo de Aduana - Ano de Numeracion - Codigo del Regimen - Nº del Documento - Digito Verificador. En la importacion, la mercancia declarada en una serie debera corresponder a una unica declaracion de precedencia. En la exportacion cuando se hubiere utilizado mas de una Declaracion precedente, se consignara solo el codigo o los codigos que correspondan a los regimenes de Importacion Temporal (20) y/o Admision Temporal (21), debiendose indicar adicionalmente en el rubro 10. "Observaciones" los numeros de todas las Declaraciones y la mencion que se adjunta la Relacion de Insumo - Producto (FORM.ADM-002) y/o Declaracion Jurada (FORM.IMPTEM-001). Regimen de Reposicion de Mercancias en Franquicia En la importacion de mercancias al MORDAZA de este Regimen, se adecuara la presente MORDAZA a efecto de consignar el numero del Certificado de Reposicion que estara formado por: Codigo de Aduana - Ano de Numeracion - Codigo del Regimen Nº del Documento. La mercancia declarada debera corresponder a un unico Certificado. Adicionalmente se indicara en la MORDAZA 6.8 el codigo 93 correspondiente a Trato Preferencial Nacional. 3. En la MORDAZA 6.14 serie / item Regimen de Admision y/o Importacion Temporal Se indicara el numero de serie de la Declaracion del regimen precedente que corresponda a la mercancia sujeta a nacionalizacion, asimismo en el caso del regimen de admision temporal se consignara el numero de item correspondiente a la mercancia en el Cuadro de Insumo - Producto (FORM.ADM-001). Se consignara en la exportacion el numero de serie de la Declaracion del regimen precedente a regularizar y de haberse utilizado mas de una serie o mas de una Declaracion esta MORDAZA se dejara en blanco. Regimen de Reposicion de Mercancias en Franquicia En la nacionalizacion de mercancias al MORDAZA del Regimen de Reposicion de Mercancias en Franquicia, se indicara el numero de item que corresponda a la mercancia en el Certificado de Reposicion (FORM.REPO-002). Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 1590

ADUANAS
Dictan disposiciones para el correcto llenado del formato aduanero "Declaracion Simplificada"
CIRCULAR Nº 46-08-98/ADUANAS-INTA Callao, 10 de febrero de 1998

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