Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 1998 (13/02/1998)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 13 de febrero de 1998

la presente Resolucion; dejando a salvo el derecho que le franquea la Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 1670

MTC
Aceptan renuncias y nombran miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR
RESOLUCION SUPREMA Nº 030-98-MTC MORDAZA, 12 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Supremas Nºs. 167-97-MTC, 006-97-MTC y 168-97-MTC, se nombraron a la Presidenta y a los miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR; Que los profesionales designados con las Resoluciones Supremas indicadas, han presentado renuncia al cargo para el cual fueron nombrados; Acorde con el Decreto Legislativo Nº 144, Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la arquitecta MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA INADUR, y las renuncias presentadas por los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Dongo Ismodes, arquitecto MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA Freundt y economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembros del referido Consejo Directivo, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Nombrar a los integrantes del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR: Arquitecto MORDAZA Benvenuto Raffo, Presidente Arquitecto MORDAZA Cavassa MORDAZA, miembro Arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembro Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rada, miembro Economista MORDAZA Caravedo Molinari, miembro. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1671

Que, segun los terminos del Memorandum Nº 053-98-MTC/ 15.16.02, Memorandum Nº 0074-98-MTC/15.16.6, Informe Nº 031-98-MTC/15.16.053, Memorandum Nº 089-98-MTC/ 15.16.05.2, y MORDAZA de Inscripcion Registral emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Subdireccion de Operaciones Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico y el Registrador Publico de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes; Que, en aplicacion a la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26917, la Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A." ha solicitado se adecue su requerimiento a la indicada Ley a efectos que esta Direccion General resuelva lo solicitado mediante la expedicion de la Resolucion Directoral; De conformidad con la Ley Nº 24882, Decreto Legislativo Nº 670, Decretos Supremos Nºs. 054-88-TC, 019-90-TC y 009-96MTC, Ley Nº 26917 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Propaganda Aerea, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Permiso de Operacion otorgado precedentemente se sujetara a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Propaganda Aerea AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional MATERIAL AERONAUTICO: - Una (1) aeronave Maule M-5-235 Lunar Rocket, Matricula OB-1285 MORDAZA DE OPERACION: - El litoral peruano. BASE DE OPERACION: - Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA Articulo 3º.- La aeronave autorizada a la Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", debe estar provista de su correspondiente Certificado de Matricula vigente, expedido por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Transporte Aereo; y de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 4º.- La Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 5º.- La Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion sobre el trafico aereo que realiza su aeronave. Articulo 6º.- La Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", presentara mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 7º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, la Ley Nº 26917 y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador de servicios aereos y especificaciones tecnicas de operacion. Articulo 8º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada a la obligacion de la Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A." de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la Ley MORDAZA citada, en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion.

Otorgan permiso de operacion a empresa para que preste servicio aereo especial remunerado comercial
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 013-98-MTC/15.16 MORDAZA, 9 de febrero de 1998 Visto el Expediente Nº 55005 mediante el cual la Compania AERO TURISMO Y PUBLICIDAD S.A. "AEROTURPU S.A.", solicita Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Propaganda Aerea.

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