Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2001 (09/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2001

Administracion de Negocios para Graduados - ESAN, segun consta en el Expediente Nº 001477-2000, por un valor total de US$ 8 394,00 (Ocho Mil Trescientos Noventa y Cuatro y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), de los siguientes bienes que se encuentran incluidos en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Circular Nº 4606-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998:
Cantidad (Unidad) Partida Arancelaria Descripcion Arancelaria

Que, es necesario designar a un MORDAZA representante de este Sector ante dicha comision; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 21292 y Articulos 1º y 2º de la Resolucion Suprema Nº 133-92-EF/43.40; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA BOZZO MORDAZA como representante del Ministerio de Economia y Finanzas en calidad de Presidente, ante la Comision de Disolucion del Fondo Nacional de Propiedad Social - FONAPS. Articulo 2º.- Designar como representante del Ministerio de Economia y Finanzas en calidad de Presidente, ante la Comision de Disolucion del Fondo Nacional de Propiedad Social - FONAPS, al senor MORDAZA MORDAZA MEIER CRESCI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17906

03

8536.50.19.00

Aparatos para corte, seccionamiento, proteccion, derivacion, empalme o conexion de circuitos electricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, reles, cortacircuitos, supresores de sobretension transitoria, clavijas y MORDAZA de corriente (enchufes), portalamparas, MORDAZA de empalme), para una tension inferior o igual a 1.000 voltios. Los demas interruptores, seccionadores y conmutadores: Para una tension inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual a 30 A: - Los demas

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Escuela de Administracion de Negocios para Graduados - ESAN, segun Expediente Nº 0014772000 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17947

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en la MORDAZA Maranon - Lote 39
DECRETO SUPREMO Nº 008-2001-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-99-EM, de fecha 7 de MORDAZA de 1999, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en la MORDAZA Maranon - Lote 39, ubicado entre las provincias de MORDAZA y Maynas del departamento de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Norte del Peru, suscrito entre PERUPETRO S.A. y MORDAZA Resources (Peru) Corporation, Sucursal del Peru; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, modificado por Ley Nº 27377, Ley de Actualizacion en Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas, dentro del plazo establecido en el Articulo 11º de la mencionada Ley; Que, el Articulo 17º de la Ley Nº 26221, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podran ceder su posicion contractual o asociarse con terceros previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; agrega, asimismo, que las cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el Contrato por el Contratista; Que, al MORDAZA de lo establecido en la clausula decimo sexta del citado Contrato, MORDAZA Resources (Peru) Corporation, Sucursal del Peru, comunica a PERUPETRO S.A. su intencion de ceder parcialmente su participacion en el Contrato en proporcion equivalente al se-

Designan representante del Ministerio ante la Comision de Disolucion del Fondo Nacional de Propiedad Social FONAPS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 060-2001-EF/10 MORDAZA, 6 de febrero del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 362-92-EF/ 43.40 se designo al senor MORDAZA Bozzo MORDAZA como representante del Ministerio de Economia y Finanzas en calidad de Presidente, ante la Comision de Disolucion del Fondo Nacional de Propiedad Social - FONAPS;

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