Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2001 (09/02/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 198409

regidores del Concejo Provincial de Morropon en lo que resta del periodo de gobierno municipal 1999 2002, se debera convocar al candidato suplente de la misma lista, en este caso, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Hernandez; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Morropon, departamento de MORDAZA, que desempena don MORDAZA MORDAZA La Madrid. Articulo Segundo.- Llamar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Morropon, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002; debiendosele otorgar la credencial que lo acredite como tal. Articulo Tercero.- Convocar a la candidata no proclamada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de completar el numero de regidores del Concejo Provincial de Morropon, departamento de MORDAZA, en el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002; otorgandosele la respectiva credencial. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 17914

MINISTERIO PUBLICO
Destituyen a servidora de la Fiscalia Provincial Mixta de Ilo
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 040-2001-MP-FN-GG MORDAZA, 2 de febrero de 2001 VISTO: El Informe Nº 001-2001-MP-FN-CPPAD y demas documentos relacionados con la Ejecutoria Suprema, expedida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema (Exp. Nº 625-2000) mediante el cual se condena a la servidora nombrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Abogacia II de la Fiscalia Provincial Mixta de Ilo; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nºs. 1914 y 1988-2000MP-FN-GG de fecha 21 de noviembre y 14 de diciembre del 2000, la Gerencia General pone a conocimiento a la Presidenta de la Comision Permanente de Procesos Administrativos, la Ejecutora Suprema expedida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema (Exp. Nº 625-2000); Que, de la lectura de la sentencia de fecha ocho de setiembre del dos mil, recaida en el Expediente Nº 6252000-TACNA, se extrae que la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue procesada por los delitos de corrupcion de funcionarios en agravio de la Juez Penal de Ilo doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y el Estado y por el delito de trafico de influencias en agravio de la Juez Penal de Ilo doctora MORDAZA MORDAZA de Cor-

nejo, el Estado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cruz; Que, en su condicion de servidora publica durante la comision de los hechos, se acredita que la servidora cometio una falta administrativa por lo que ademas fue sentenciada en primera instancia con fecha treinta de diciembre de mil novecientos noventinueve, absolviendose a la servidora de la acusacion fiscal por el delito de corrupcion de funcionarios en agravio de la Juez Penal de Ilo doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y el Estado, y condenando por el delito de trafico de influencias en agravio de la Juez Penal de Ilo doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, el Estado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a dos anos de pena privativa de la MORDAZA, de ejecucion suspendida condicionalmente por el plazo de prueba de un ano y fijandose en seiscientos nuevos soles el monto por concepto de reparacion civil que debera pagar a favor de los agraviados; Que, mediante Resolucion de ocho de setiembre del dos mil de la Corte Suprema se declaro No Haber Nulidad respecto a la sentencia de fecha treinta de diciembre de mil novecientos noventinueve, en cuanto absuelve a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la acusacion fiscal por el delito de corrupcion de funcionarios en agravio de la Juez Penal de Ilo, doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y el Estado; y condena a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el delito de trafico de influencias en agravio de la Juez Penal de Ilo doctora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, el Estado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a dos anos de pena privativa de la MORDAZA, de ejecucion suspendida condicionalmente por el plazo de prueba de un ano; y fija en seiscientos nuevos soles el monto que por concepto de reparacion civil debera pagar a favor de los agraviados y declararon Haber Nulidad en la propia sentencia en la parte que impone la accesoria de inhabilitacion por el termino de un ano; y reformandolas en este extremo impusieron a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la pena conjunta de inhabilitacion por el mismo termino de la condena; declararon No Haber Nulidad en lo demas que dicha sentencia contiene; acreditandose por lo expuesto la existencia de una sentencia condenatoria por el delito de trafico de influencias constituyendo el hecho cometido por la servidora en la via administrativa una falta grave; Que, a fojas 42 y 43 obra el Informe Escalafonario de la servidora, no registrando meritos sino demeritos como el cese temporal de 60 dias por falta de caracter disciplinario tipificado en el Art. 28º Inc. B) y Amonestacion por faltas de menor gravedad; Que, estando inhabilitada la servidora como pena accesoria y existiendo relacion entre el delito cometido con las funciones administrativas, inmersa al Articulo 161º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, con el Informe Nº 001-2001-MP-FN-CPPAD y Acta de fecha veintidos de enero del dos mil uno, acordo por mayoria de sus miembros recomendar la destitucion, contando con el MORDAZA singular del Representante Titular de los Trabajadores, cuyos fundamentos se anexan en la presente Resolucion y contando con las facultades delegadas por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 034-2001-MP-FN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESTITUIR a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Abogacia II de la Fiscalia Provincial Mixta de Ilo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente resolucion a la Gerencia Central de Personal, Auditoria Interna, Comision Permanente de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.