Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2001 (09/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Legislativo Nº 595 y los Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de Programa Sectorial IV (F-5) de la Secretaria Tecnica del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones del Ministerio de Justicia. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 17953

Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 161-95-PE, del 18 de MORDAZA de 1995, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 17815

Aprueban formato de Declaracion Jurada Mensual para la liquidacion de derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 030-2001-PE/DNE MORDAZA, 8 de febrero del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 040-2001PE del 22 de enero del 2001, se establecen las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por concepto de explotacion de recursos hidrobiologicos correspondiente al ejercicio 2001, el mismo que deberan efectuar los armadores de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca para anchoveta y/o sardina y/o jurel y/o caballa, incluidos los permisos otorgados al MORDAZA de los beneficios dispuestos por la Ley Nº 26920; Que el Articulo 4º de la precitada Resolucion Ministerial, establece que los armadores pesqueros podran, alternativamente, pagar mensualmente los derechos de extraccion aplicando, solo en esta modalidad, como pago a cuenta las cuotas abonadas por el servicio de Sistema de Seguimiento Satelital, deducido el Impuesto General a las Ventas y, estara condicionado a que el importe por el servicio del SISESAT y de los derechos de pesca se cancelen totalmente dentro de los diez (10) primeros dias utiles del mes siguiente al que corresponden, y que todas las cuotas mensuales anteriores se encuentren canceladas; Que es necesario establecer el formato y la informacion que debe contener la declaracion jurada para la liquidacion de los derechos de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Ordenamiento Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 040-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el formato de Declaracion Jurada Mensual para la liquidacion de los derechos de pesca de los recursos anchoveta y/o sardina y/o jurel y/o caballa, correspondiente al ejercicio 2001, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los derechos de pesca se abonaran en el Banco Wiese Sudameris en la Cuenta Corriente en Nuevos Soles Nº 000-0093202-Derechos de Pesca. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion

PESQUERIA
Dejan sin efecto resolucion que otorgo a empresa licencia de operacion para el procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-2001-PE MORDAZA, 7 de febrero del 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 161-95-PE, del 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo a PESQUERA HAYDUK S.A. licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos en la produccion de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Puerto de Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, con la capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento de materia prima; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 801-97PE, del 12 de diciembre de 1997, prorrogada por la Resolucion Directoral Nº 027-99-PE/DNPP, del 9 de marzo de 1999, se autorizo a PESQUERA HAYDUK S.A. a aumentar la capacidad instalada de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico a la que se refiere el considerando anterior, de 50 a 120 t/h de procesamiento de materia prima; Que mediante escrito con registro Nº CE-00467002, del 7 de noviembre del 2000, PESQUERA HAYDUK S.A. solicita el otorgamiento de licencia de operacion para su planta de procesamiento de harina de pescado respecto a la nueva capacidad de 120 t/h resultante del aumento autorizado mediante la Resolucion Directoral citada en el considerando precedente, cumpliendo para dicho efecto los requisitos senalados en el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria; en virtud de lo cual resulta necesario dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 161-95-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero segun Informe Nº 205-2000-PE/DNPP-Dn, del 28 de noviembre del 2000 y, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Articulo 61º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; Con la opinion favorable del Viceministro;

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