Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2001 (09/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES
CARTILLA DE INSTRUCCIONES

Pag. 198393

Las instrucciones que se presentan a continuacion son claras y precisas, por favor lealas con detenimiento MORDAZA de llenar la Declaracion Jurada. GENERALES
A. B. C. D.

El presente Formato sera utilizado para efectos de pagar mensualmente los derechos de extraccion conforme lo dispone el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 040-2001-PE. La entrega del presente formato se efectuara en cualquier Direccion Regional de Pesqueria o en la Sede Central del Ministerio de Pesqueria. La informacion a consignarse debera hacerse a maquina o a manuscrito con letra imprenta. Los derechos de pesca se abonaran en el Banco Wiese Sudameris en la cuenta corriente en Nuevos Soles Nº 000-0093202-Derechos de Pesca. ESPECIFICAS
MORDAZA

(1) (2) (3)

Consignar el codigo de pago asignado a la embarcacion pesquera. Indicar la fecha de MORDAZA de la Declaracion Jurada Mensual. Consignar la capacidad de bodega en m conforme a los listados de embarcaciones pesqueras, establecida por Resoluciones Ministeriales Nºs. 307 y 308-2000-PE. Aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca en fecha posterior a la publicacion de las R.M. Nºs. 307 y 308-2000-PE, deberan considerar la capacidad de bodega en m3 de su respectiva Resolucion Autoritativa. Indicar el mes al que corresponde la presente Declaracion Jurada. Se consignara el total de la captura expresada en T.M., que corresponda al mes de la declaracion. En este punto se considerara la totalidad de las especies capturadas por la embarcacion pesquera. Indica el valor que corresponde por tonelada metrica extraida, el cual ha sido establecido a razon de 0.075% UIT por tonelada metrica de recursos extraidos entre el 1ero. de enero al 31 de diciembre del 2001 (Articulo 3º de la R.M. Nº 040-2001-PE). El % de la UIT establecida equivale a S/. 2.25 Nuevos Soles / T.M. Colocar el resultado de la multiplicacion de los valores de las casillas (5) y (6). Indicar el monto expresado en Nuevos Soles que corresponda por servicio del SISESAT (sin IGV) del mes que va a declarar; siempre y cuando MORDAZA efectuado el pago en la fecha prevista (Articulo 4º de la R.M. Nº 040-2001-PE). Usar el MORDAZA de Cambio Promedio Ponderado Compra publicado en el Diario Oficial El Peruano por la Superintendencia de Banca y Seguros, de la fecha de pago por el servicio del SISESAT (Articulo 6º de la R.M. Nº 047-2001-PE). Corresponde solo a saldo a favor por pago del SISESAT del ejercicio 2001.
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(4) (5) (6)

(7) (8)

(9)

(10) Indicar el resultado de la suma de las casillas (8) + (9).

(11) Indicar el resultado de la resta de las casillas (7) - (10).

Informes : Telefonos Fax

224-3254 224-3338

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224-3229

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224-3330 Anexo 450

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Otorgan licencia a Siete Mares S.A.C. para la operacion de planta de congelado a bordo de embarcacion de bandera extranjera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 028-2001-PE/DNPP MORDAZA, 6 de febrero del 2001 Visto el escrito con Registros Nº CE-00006002 del 5 y 9 de enero del 2001, presentado por SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA; CONSIDERANDO: Que el Articulo 138º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-

PE; establece que los armadores y, en general, las personas naturales y juridicas que operan embarcaciones pesqueras de bandera nacional y de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales, requeriran de permiso de pesca y, en su caso, de licencia de procesamiento a bordo; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 0052001-PE/DNE del 10 de enero del 2001, se otorgo, a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Peru del armador japones WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera japonesa denominada "WAKASHIO MARU Nº 81", en la extraccion del recurso calamar gigante o pota, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, con vigencia hasta el 10 de febrero del 2001; Que mediante el escrito del visto la recurrente solicita licencia para la operacion de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la embarcacion pesquera de bandera extranjera denominada "WAKASHIO MARU Nº 81", para desarrollar la actividad de congelado;

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