Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2001 (09/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2001

literales F-2 y C-1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC; Que, de lo expuesto en los considerandos anteriores se establece que las personas indicadas se encuentran incursas en la infraccion tipificada como falta muy grave en el literal F-4 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, al haber sido detectados conduciendo con licencias suspendidas siendo pasibles a la sancion administrativa de CANCELACION de sus licencias de conducir e INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener nuevas licencias de conducir, conforme lo establece el literal h) del Articulo 6º del reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandos Nºs. 2503 y 2718-2000-MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe Nº 087-2001-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94JUS, Oficio Circular Nº 019-2000-MTC/15.18 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a los senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, con la CANCELACION de sus Licencias de Conducir Nºs. L-523910/2B1 y P-027269/2B2 y con la INHABILITACION para obtener nuevas licencias de conducir por el periodo de tres (3) anos contados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Transcribir la expedicion de la presente resolucion a las Direcciones Regionales correspondientes, para su cumplimiento, control y ejecucion. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 17792 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 103-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 29 de enero de 2001 VISTOS, los expedientes de Registros Nºs. 07664, 07262, 0004806 y 07953, sobre infraccion al Reglamento de MORDAZA, Informes Nºs. 1815 y 1816-2000-MTC/ 15.18.05.3.AA y 045 y 051-2001-MTC/15.18.05.03.AA elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorandos Nºs. 2890 y 2891-2000-MTC/15.18.05 y 074 y 0752001-MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, las Comisarias de MORDAZA, Pamplona y UV-03 MORDAZA de la Policia Nacional del Peru, mediante Oficios Nºs. 1037 y 974-00-JPME-JAP-14-CA-SIAT, 3070-JAP 10-SJM/CP.I.SIAT y 716-JAP-5-CUV-3-SIAT, han co-

municado a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, haber intervenido a las personas que se detallan lineas abajo en circunstancia en que conducian vehiculos motorizados estando sus licencias suspendidas, cuya relacion es la siguiente:
Nº 01 02 03 04 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MENACHO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LICENCIA Q-334720/AI Q-278059/AI Q-364096/AI F. INICIO 7.12.2000 9.9.2000 27.11.2000

G-386894/2B2 15.10.2000

Que, de los Informes Tecnicos indicados en Vistos, elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir, se toma conocimiento que los conductores indicados en el considerando anterior, han sido sancionados mediante Resoluciones Directorales Nºs. 832, 1514, 956 y 1062-2000MTC/15.18., respectivamente, con suspension de sus licencias de conducir por el lapso de un (1) ano al haber infringido lo dispuesto en los literales F-2 y C-1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94MTC; Que, de lo expuesto en los considerandos anteriores se establece que las personas indicadas se encuentran incursas en la infraccion tipificada como falta muy grave en el literal F-4 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, al haber sido detectados conduciendo con licencias suspendidas siendo pasibles a la sancion administrativa de CANCELACION de sus licencias de conducir e INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener nuevas licencias de conducir, conforme lo establece el literal h) del Articulo 6º del reglamento acotado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandos Nºs. 2890 y 2891-2000-MTC/15.18.05 y 074 y 075-2001-MTC/ 15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe Nº 086-2001MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a los senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Y MORDAZA MENACHO, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, con la CANCELACION de sus Licencias de Conducir Nºs. Q-334720/ AI, G-386894/2B2, Q-278059/AI y Q-364096/AI y con la INHABILITACION para obtener nuevas licencias de conducir por el periodo de tres (3) anos contados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 17794

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