Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2001 (09/02/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 198425

COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA
Aprueban Procedimiento de Liquidacion Anual de Ingresos de los Sistemas de Transmision con Contrato BOOT - Aplicable al Sistema Principal de Transmision
RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA Nº 002-2001 P/CTE MORDAZA, 8 de febrero del ano 2001 LA COMISION DE TARIFAS DE ENERGIA: VISTOS: El Informe SEG/CTE Nº003-2001 emitido por la Division de Generacion y Transmision de la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Tarifas de Energia (en adelante, "CTE" o "Comision"), y el informe emitido por la Asesoria Legal, con relacion al recurso presentado; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y sus modificatorias; y CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos (en adelante "TUO"), aprobado mediante Decreto Supremo N°059-96-PCM y sus modificatorias, el Gobierno Peruano ha suscrito dos Contratos en la modalidad BOOT para la prestacion de los servicios de transporte de electricidad; Que, los Contratos BOOT, en la clausula correspondiente a Tarifas, establecen: "... conforme al sistema legal de Tarifas vigente en el Peru, cuyo organo regulador es la CTE, la Sociedad Concesionaria tiene derecho a cobrar al conjunto de concesionarios de generacion que entregan electricidad al Sistema Principal de Transmision, las sumas necesarias para cubrir el valor efectivo de su Costo Total de Transmision, reajustado anualmente" segun contempla la clausula sobre Regimen Tarifario de los contratos BOOT; Que, el Articulo 25° del TUO establece: "... orgaEl nismo regulador correspondiente velara que se cumplan los terminos y condiciones propuestos en la oferta del adjudicatario del respectivo concurso o licitacion, formulada de conformidad con los incisos a que se refiere este articulo, los que se incorporaran en el contrato de concesion"; Que, el Articulo Tercero de la Resolucion N° 0172000 P/CTE y el Articulo MORDAZA de la Resolucion N° 020-2000 P/CTE, disponen que mediante resolucion expresa la CTE establecera la liquidacion de los ingresos del concesionario de transmision a fin de dar cumplimiento a lo senalado por el Articulo 25° del TUO; Que, los sistemas actualmente en operacion sujetos al regimen de contrato BOOT poseen la calificacion de Sistema Principal de Transmision. Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Articulo 74º de la Ley de Concesiones Electricas; y Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesion N° 003-2001 de fecha 1 de febrero del ano 2001; RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebese el procedimiento contenido en el documento "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos de los Sistemas de Transmision con Contrato BOOT ­ Aplicable al Sistema Principal de

Transmision" el mismo que se adjunta a la presente Resolucion. Registrese y publiquese MORDAZA MORDAZA BUSTIOS Vicepresidente Encargado de la Presidencia Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos de los Sistemas de Transmision con Contrato BOOT ­ Aplicable al Sistema Principal de Transmision Objetivo Establecer el procedimiento para efectuar la liquidacion anual del Costo Total de Transmision de las instalaciones calificadas como Sistema Principal de Transmision sujetas al regimen de contrato BOOT, en concordancia con lo dispuesto por el Articulo 25° del Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 059-96PCM y modificado por el Articulo 2° de la Ley N° 26885. Base Legal - Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y modificatorias. - Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado mediante Decreto Supremo N°059-96-PCM - Contrato BOOT, Sistema de Transmision Mantaro-Socabaya y Addendum N°1, enero 1998. - Contrato BOOT, Reforzamiento de los Sistemas de Transmision del Sur, enero 1999. - Resoluciones de la Comision de Tarifas de Energia Nºs. 027-1998 P/CTE, 004-2000 P/CTE, 015-2000 P/ CTE y 017-2000 P/CTE Definiciones a) Costo Total de Transmision.- Suma del Ingreso Tarifario mas el Peaje por Conexion anual regulado por la CTE expresado en Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA al MORDAZA de Cambio de la correspondiente Resolucion de Tarifas de Transmision. b) Costo Total Mensual.- Valor mensual expresado en Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, que acumulado en 12 meses a la tasa de actualizacion senalada en la Clausula 5.2.5 (i) del Contrato BOOT y Leyes aplicables, es igual al Costo Total de Transmision al final del horizonte de 12 meses. c) MORDAZA de Cambio.- Valor de referencia para el Dolar de los Estados Unidos de MORDAZA, determinado por el valor de venta promedio calculado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Peru, cotizacion de oferta y demanda - MORDAZA de cambio promedio ponderado o el que lo reemplace. Se tomara en cuenta el valor correspondiente al ultimo dia habil MORDAZA del 15 del mes siguiente al mes en que se presto el servicio, publicado en el Diario Oficial El Peruano. d) Peaje por Conexion Mensual.- Facturacion mensual por concepto de Peaje por Conexion convertido a Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA al MORDAZA de Cambio especificado en el literal c). e) Ingreso Tarifario Mensual.- Facturacion mensual por concepto de Ingreso Tarifario convertido a Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA al MORDAZA de Cambio especificado en el literal c). f) Monto Mensual (MM).- Es la suma correspondiente a cada mes del Peaje por Conexion Mensual y el Ingreso Tarifario Mensual expresado en Dolares de los Estados Unidos de America. g) Periodo de Liquidacion.- Periodo de 12 meses, o el que corresponda, previos al mes de marzo de cada ano. Procedimiento a) Se determina el Monto Anual (M) al final del periodo de liquidacion utilizando la siguiente expresion:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.