Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2001 (09/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2001

General de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de Puno; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al referido cargo, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 17950

Aprueban Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con Diveo Telecomunicaciones del Peru S.R.L. y modifican convenios suscritos con Comunicaciones Nextel del Peru S.A. y TIM PERU S.A.C.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 070-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 8 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., ha solicitado la suscripcion de un Convenio de Estabilidad Juridica al MORDAZA de la Ley Nº 27342 y los Decretos Legislativos Nºs. 662 y 757; Que, la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., ha cumplido con la MORDAZA de la informacion, documentacion y los requisitos establecidos en el Articulo 16º inciso e) del Decreto Supremo Nº 162-92-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 757; Que, con fecha 1 de octubre de 1998 y 4 de MORDAZA de 2000, el Estado Peruano y las empresas COMUNICACIONES NEXTEL DEL PERU S.A. y TIM PERU S.A.C. respectivamente, suscribieron Convenios de Estabilidad Juridica, al MORDAZA de los dispositivos MORDAZA mencionados; Que las empresas COMUNICACIONES NEXTEL DEL PERU S.A. y TIM PERU S.A.C., han solicitado la modificacion de los referidos convenios; Que, de conformidad con el Articulo 30º inciso b) del Decreto Supremo Nº 162-92-EF, corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, en su condicion de organismo nacional competente, la suscripcion de los respectivos Convenios de Estabilidad Juridica; Que, asimismo el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 136-97-EF, establece que en los casos MORDAZA referidos, la suscripcion de los convenios de estabilidad se efectuara por el Ministro del Sector correspondiente o quien este designe y por la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica a ser celebrado entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar los acuerdos de modificacion de los Convenios de estabilidad Juridica suscritos con las empresas COMUNICACIONES NEXTEL DEL PERU S.A. y TIM PERU S.A.C. Articulo Tercero.- Autorizar al Viceministro de Comunicaciones, ingeniero MORDAZA MORDAZA Menacho MORDAZA, para que en nombre del Estado Peruano y en representacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, suscriba el convenio y los acuerdos de modificacion a que se refiere el articulo anterior. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 17905

Designan Directores Regionales de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de los CTAR MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2001-MTC MORDAZA, 8 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes los cargos de Directores Regionales de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, CTAR-Ancash, CTAR-Piura, CTAR-Ucayali, y CTAR-Apurimac; Que, resulta necesario designar a las personas que desempenaran dichos cargos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar en el cargo de Director Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a las siguientes personas:
Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CTAR-Ancash CTAR-Piura CTAR-Ucayali CTAR-Apurimac

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 17951

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