Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2001 (23/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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actividades programadas en el Plan Anual de Control del ano 2001 de la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de la Presidencia, destinada a evaluar determinados aspectos de los sistemas de administracion del CTAR Tacna; Que, producto de la accion de control referida, se emitio el Informe Especial Nº 008-2001-02-0930, estableciendo que los funcionarios del CTAR Tacna y de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, que se encuentran involucrados en dicho Informe de Control, han ocasionado perjuicio al Estado por las sumas de S/. 101 345,45 (Ciento Un Mil Trescientos Cuarenta y Cinco y 45/100 Nuevos Soles), S/. 160 200,00 (Ciento Sesenta Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 52 000,00 (Cincuenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), respectivamente, existiendo indicios razonables de la Comision de Delitos de Abuso de Autoridad y Malversacion de Fondos, previstos y penados en el Codigo Penal; Que, en merito a lo expuesto en el Informe de Control, se puede inferir que los presuntos responsables por los hechos expuestos son los senores: MORDAZA Bacigalupo Sotillo, ex Presidente Ejecutivo; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretario Tecnico; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional; MORDAZA MORDAZA de Oca MORDAZA, ex Gerente Regional de Administracion; MORDAZA MORDAZA Ayca, ex Gerente Regional de Promocion de Inversiones; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente Regional de Operaciones; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Asesor Juridico; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion; MORDAZA MORDAZA Quelopana y MORDAZA Bahamondes MORDAZA, ex Directores de Presupuesto y Planificacion; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Asesor Juridico del CTAR Tacna y la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, respectivamente; Que, el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, prescribe que los informes y/o dictamenes emitidos por cualquier organo del Sistema constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; Que, en tal sentido, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales correspondientes contra los ex funcionarios MORDAZA mencionados; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Ley Nº 25556; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales pertinentes contra los siguientes ex funcionarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR Tacna y la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion: MORDAZA BACIGALUPO SOTILLO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE OCA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA AYCA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA QUELOPANA, MORDAZA BAHAMONDES MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y otras personas que corresponda, por las razones y los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al Procurador Publico del FONCODES, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 27587

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de irregularidades en la ejecucion del proyecto "Agua Potable Ledoy" del FONCODES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 253-2001-PRES MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2001 Visto el Oficio Nº 516-2001-FONCODES/DE del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Auditoria Gubernamental de la Oficina de Auditoria Interna del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social FONCODES, se llevo a cabo la accion de control a la Oficina Zonal de Tarapoto, la cual estaba encaminada a determinar la consistencia de los Expedientes Tecnicos, verificar la correcta ejecucion de los proyectos, asi como determinar si los recursos asignados a dicha Oficina Zonal para la ejecucion de proyectos se viene administrando para los fines previstos y en cumplimiento de la normatividad interna aplicable, emitiendose en tal sentido el Informe Nº 007-99FONCODES/OAI: "Examen Especial a la Oficina Zonal de Tarapoto"; Que, conforme la Observacion y Conclusion Nº 1 se senala que debido a una deficiente evaluacion del Expediente Tecnico e inadecuadas modificaciones al Proyecto se ejecuto la obra "Agua Potable Ledoy" la cual resulto tecnicamente inviable, no operando finalmente el sistema de abastecimiento de agua potable financiado, por lo cual determino presunta responsabilidad civil del Supervisor de Proyectos, ingeniero MORDAZA Layza Castaneda e Inspector de Obra, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA responsables del control tecnico del Proyecto "Agua Potable Ledoy", por el perjuicio economico ocasionado al ejecutante por un proyecto tecnicamente inviable; Que, la Recomendacion Nº 2 del citado Examen Especial senala que se inicien las acciones legales pertinentes contra el Supervisor de Proyectos e Inspector de Obra, responsables del control tecnico del Proyecto "Agua Potable Ledoy" dirigidas al resarcimiento del perjuicio economico que resulte de la evaluacion posterior segun la Recomendacion Nº 5 del Examen Especial; Que, conforme la Recomendacion Nº 5 era necesario que por medio de estudios tecnicos especializados se determinara la viabilidad de operacion del Proyecto "Agua Potable Ledoy", habiendose emitido en tal sentido, en Informe Tecnico - Peritaje de Obra "Agua Potable Ledoy", el mismo que concluyo que en razon de la mala ejecucion del citado Proyecto se ha originado un perjuicio economico a FONCODES por la suma de S/. 132 490,97; Que, el Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, preve que los resultados de una accion de control, emitidos por cualquier organo del sistema, estan considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer, en representacion y en defensa de los intereses del FONCODES, las acciones judiciales que correspondan, contra las personas senaladas en el Informe Nº 007-99-FONCODES/OAI; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con la Ley Nº 17537 de Representacion de Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Ley Nº 26162 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, para que en su nombre y representacion inicie las acciones judiciales pertinentes contra MORDAZA Layza Castaneda, MORDAZA

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