Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2001 (23/07/2001)
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NORMAS LEGALES
MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2001
ESSALUD
Aprueban inclusion de diversas contrataciones en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 226-GG-ESSALUD-2001 MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entro en vigencia el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 074GG-ESSALUD-2001, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001; Que, el Articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberan ser aprobadas por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, para su inclusion en el mismo; Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud (ESSALUD), establece que el Gerente General es el funcionario que ocupa el mas alto cargo administrativo de ESSALUD;
Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001, no se incluyeron la adquisicion del suministro de combustible para la Red Asistencial de MORDAZA, la contratacion del servicio complementario de "Servicios Generales" para la Gerencia Departamental de MORDAZA, y las contrataciones de: Licencias de software para comunicaciones y acceso a data para aplicaciones desarrolladas con Microfocus Cobol, licencias de sistema operativo para servidores, licencias de software para desarrollo y mantenimiento de aplicaciones en Visual Studio y Visual Fox, licencias de sistema operativo para PC, y, licencias de software de oficina para PC; en tal sentido es necesario incluir las citadas adquisiciones y contrataciones en el referido Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la inclusion de las contrataciones que se detallan en el anexo de la presente resolucion, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001. 2. DISPONER que la Secretaria General informe de la presente resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa PROMPYME, dando cuenta al CONSUCODE, dentro del plazo establecido por la ley. 3. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AGUILA-PRADO MORDAZA Gerente General
Idplan 01143 Idplan 01144 01145 01146 01147 01148 01149 27613
Mes MORDAZA Mes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Dependencia GR MORDAZA Dependencia GC Desarrollo e Informatica GC Desarrollo e Informatica GC Desarrollo e Informatica GC Desarrollo e Informatica GC Desarrollo e Informatica GD MORDAZA Suministro de combustible
Adquisicion de:
Soles 1,169,352.36
Contratacion de: Licencias para software de comunicaciones y acceso a data para aplicaciones desarrolladas con Microfocus Cobol Licencias de sistema operativo para servidores Licencias de software para desarrollo y mantenimiento de aplicaciones en Visual Studio y Visual Fox Licencias de sistema operativo para PC Licencias de software de oficina para PC Servicio complementario de "Servicios Generales"
Soles 345,001.00 667,790.00
279,093.00 1,276,740.00 1,439,030.00 812,207.15
Establecen disposiciones para la atencion de asegurados y derechohabientes que soliciten prestaciones de salud
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 335-PE-ESSALUD-2001 MORDAZA, 28 de junio del 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 10º de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social, Ley Nº 26790 y, el Articulo 35º de su
Reglamento, Decreto Supremo Nº 009-97-SA; asi como el numeral 9.3 del Articulo 9º de la Ley Nº 27360, Ley que aprueba las normas de Promocion del Sector Agrario, establecen los criterios de acreditacion para otorgar cobertura a los afiliados regulares y asegurados agrarios; Que, actualmente los asegurados para recibir las prestaciones de salud en los centros asistenciales solo requieren presentar su documento de identidad para verificar su acreditacion en el sistema; Que, puede darse el caso de afiliados regulares, agrarios o regimenes especiales, que no se encuentren acreditados en el sistema de los centros asistenciales, siendo necesario facilitar su atencion previa presenta