Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2001 (23/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Declaran el 13 de MORDAZA como el "Dia de la Integracion Peruano-Ecuatoriana"
DECRETO SUPREMO Nº 092-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Acuerdo Amplio de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad suscrito en Brasilia el 26 de octubre de 1998, se establecio la Comision de Vecindad Peruano-Ecuatoriana como instancia y mecanismo de nivel politico y representativo para impulsar, apoyar y coordinar los programas, proyectos y actividades que generen acercamiento y comunidad de intereses entre los dos paises; Que, en la Tercera Reunion de la Comision de Vecindad Peruano-Ecuatoriana del 18 de enero del 2001, se recomendo a los Gobiernos del Peru y Ecuador que instauren como "Dia de la Integracion Peruano-Ecuatoriana" el 13 de MORDAZA de cada ano; Que, los Gobiernos del Peru y Ecuador han decidido desarrollar sus relaciones de modo permanente en un clima de paz, concordancia y entendimiento a traves de la integracion y la cooperacion; En uso de sus facultades conferidas por el numeral 24) el Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Declarase el dia 13 de MORDAZA de cada ano como el "Dia de la Integracion Peruano-Ecuatoriana". Articulo 2º.- El presente Decreto sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 27706

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 909 modificado por la Ley Nº 27427 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2001 en el que se considera el Presupuesto para la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial; Que, el Articulo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el Ano Fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la referida Ley, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Fijar a partir de la fecha en QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 545,00) la dieta por sesion que deberan percibir los miembros del Directorio de la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial -CONIDA-, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes. Articulo 2º.- La aplicacion de lo dispuesto en el articulo precedente se sujetara a lo dispuesto por los Articulos 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 320-86-EF, segun sea el caso. Articulo 3º.- Las dietas establecidas en el Articulo 1º del presente Decreto Supremo, seran financiadas con la fuente de financiamiento de recursos ordinarios aprobados por el Decreto Legislativo Nº 909 al Pliego Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 27710

ECONOMIA Y FINANZAS
Fijan monto de dieta por sesion que deberan percibir los miembros del Directorio de la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA
DECRETO SUPREMO Nº 169-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 20643 y Decreto Legislativo Nº 434, se establece que la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial -CONIDA-, es una Institucion Publica Descentralizada del Sector Defensa; Que, el Articulo 10º del Decreto Ley Nº 20643 establece que el Directorio de CONIDA esta integrado por ocho miembros nombrados por Resolucion Suprema; Que, el Decreto Supremo Nº 320-86-EF MORDAZA el regimen de dietas que perciben los miembros de Organos Directivos Colegiados de los Organismos e Instituciones del Sector Publico;

Aprueban donacion efectuada a favor de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 380-2001-EF MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de MORDAZA, por Acuerdo de Concejo Nº 473 que consta en el Acta de la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de noviembre del ano 2000 acepto la donacion efectuada por Peruvian - American Chamber of Commerce (Camara de Comercio Peruano-Americana) de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado;

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