Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2001 (14/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 14 de marzo de 2001
DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

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Articulo 54º.- Para el cumplimiento de sus funciones la Direccion Nacional de Pesca Artesanal cuenta con los siguientes organos: · Direccion de Promocion Pesquera · Direccion de Gestion Empresarial Pesquera DICE: Articulo 56º.- La Direccion de Gestion Empresarial es el organo encargado de: DEBE DECIR: Articulo 56º.- La Direccion de Gestion Empresarial Pesquera es el organo encargado de: En el Organigrama DICE: Comite de Apelaciones de Sanciones DEBE DECIR: Comite de Apelacion de Sanciones 19960

PROMUDEH
Sancionan con cese temporal y destitucion a funcionarios y ex funcionarios de la Beneficencia Publica de Chincha
INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 095 MORDAZA, 12 de marzo de 2001 Visto, el Informe Nº 08-INABIF/CEPAD, de fecha 12 de marzo del ano 2001, relacionado a la Sociedad de Beneficencia Publica de Chincha. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 040, publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 1 de febrero del ano 2001, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los siguientes funcionarios y ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chincha: MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, ex Presidente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LATINEZ, MORDAZA MORDAZA CALLAO MORDAZA, ex miembros del Directorio, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actual Presidente de la indicada Beneficencia, asi como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembro del Directorio, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, miembros del Directorio de la Beneficencia Publica de Chincha; Que, el ex Director de la Beneficencia Publica de Chincha, MORDAZA MORDAZA CALLAO MORDAZA manifiesta que para realizar la permuta de las dos carrozas de propiedad de la Beneficencia, pidio al Directorio la formacion de una Comision de Baja de Bienes, afirmacion que no esta corroborada documentalmente, ni mucho menos existe el informe que debio emitir dicha Comision; Que, la observacion concerniente a la contratacion de personal, no ha sido desvirtuada, tampoco acompana documentacion probatoria. Sobre la adquisicion de un motor que nunca fue utilizado, indica que no hubo objecion por parte del Asesor Legal, ni del Administrador. Aseveraciones que si bien pueden ser verdad, no lo releva de responsabilidad en su condicion de ex miembro del Directorio, mas aun cuando el Art. 11º del Decreto Legislativo Nº 356 senala que el Directorio de las Beneficencias son el Organo de Gestion Administrativa y de Supervision de dichas Instituciones;

Que, respecto a la asignacion de niveles remunerativos, el procesado manifiesta que los trabajadores de la Beneficencia de Chincha ya ostentaban el cargo y nivel otorgado por el Directorio del ano 1985. Respecto a la exoneracion de pago por la tumba para el padre de la ex integrante del Directorio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el referido ex Director MORDAZA MORDAZA CALLAO MORDAZA, manifiesta que el actual Presidente lo indujo a que formule en Sesion de Directorio el pedido para tal exoneracion; afirmacion que no esta acreditada documentalmente; Que, en cuanto a la firma del contrato con la Empresa Service Chincha, y la contratacion del Asesor Legal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifiesta que se opuso, pero a pesar de ello, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Beneficencia, realizaba dichos actos; Que, el ex miembro del Directorio MORDAZA MORDAZA CALLAO MORDAZA, acompana a su escrito de descargo algunas pruebas documentales que desvirtuan en parte las observaciones que recae sobre su persona, lo que se debe tener en cuenta al momento de graduar la sancion administrativa correspondiente; Que, el actual Presidente de la Beneficencia de Chincha, MORDAZA MORDAZA MORDAZA afirma que los Estados Financieros no formulados durante los anos 1998 y 1999, es responsabilidad del trabajador MORDAZA MORDAZA Munoz, a quien le exigio cumplir con sus obligaciones funcionales, afirmacion que esta corroborada con los Memorandums de fechas 20 y 24 de MORDAZA de 1999, respectivamente. En cuanto a la asignacion de niveles remunerativos sin arreglo a ley, indica que cuando asumio la Presidencia encontro al personal de la Beneficencia con dichos niveles registrados desde la epoca en que las Beneficencias pertenecian al Ministerio de Salud, afirmacion que no deja de ser cierta y coincidente con las afirmaciones de otros funcionarios comprendidos en el presente proceso; Que, en cuanto a la suscripcion del convenio con la CTAR-ICA sin previo acuerdo de Directorio, MORDAZA MORDAZA MORDAZA manifiesta que en virtud al Decreto Legislativo Nº 356, como Presidente del Directorio representa el pliego presupuestal y es responsable de las funciones, programas, actividades y proyectos a su cargo, lo cual a criterio de la Comision, no se opone a que la referida autoridad, tenga que cumplir con las MORDAZA administrativas que rigen los sistemas administrativos. Respecto a la firma del contrato con la Empresa Service Chincha, indica que en Sesion de Directorio de fecha 30 de junio de 1999, fue aprobado el contrato de servicios por cumplir con los requisitos de ley y que MORDAZA el contrato porque tenia las firmas de los demas tecnicos responsables; eventualidad que no lo exime de responsabilidad en su condicion de autoridad de mas alto nivel de la Beneficencia; Que, el citado Presidente, MORDAZA contrato con el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA para elaborar un Proyecto de Reglamento de Directorio, pese a que existia un Reglamento de Directorio aprobado con Resolucion Presidencial Nº 025-99-BPCH/P del 23 de septiembre de 1999. En cuanto a la reparacion de una camioneta con el hermano de un ex miembro del Directorio que no cumplio con el trabajo, indica que dicha unidad movil estaba internada para su reparacion desde el ano 1997 hasta el 10 de diciembre de 1999, fecha en la que se retiro del taller del Sr. MORDAZA MORDAZA Callao MORDAZA, hermano del entonces miembro del Directorio MORDAZA Callao Cubillas. Este hecho denota el descuido y la informalidad como viene funcionando dicha Entidad, defectos que no son ajenos al Presidente de la Beneficencia de Chincha, MORDAZA MORDAZA Julca; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembro del Directorio de la Beneficencia de Chincha, indica que asumio sus funciones recien a partir del 13 de octubre del ano 1999, en consecuencia no tiene ninguna participacion o injerencia durante los anos 1998 y 1999, periodos que fueron revisados por la Comision de Auditoria del INABIF, afirmaciones que estan debidamente corroboradas precisamente con la MORDAZA de la Sesion de Directorio correspondiente y otras pruebas documentales anexadas al descargo que presento con las formalidades de ley; Que, MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, miembro del Directorio de la Beneficencia de Chincha, afirma haber juramentado como tal, recien el 13 de octubre de 1999. Respecto a su supuesta participacion para brindar servicios a la Beneficencia a traves de la empresa denominada "SERVICE CHINCHA" manifiesta que los servicios que realizo dicha empresa, fueron MORDAZA que asumiera el cargo de Director de la Beneficencia, afirmaciones que estan debidamente corroboradas con las pruebas documentales presentadas, especialmente con la MORDAZA de la Sesion de Directorio de fecha 13 de octubre del ano 1999 y la MORDAZA del contrato de servicios con la Empresa Service Chincha, de fecha 27 de MORDAZA de 1999, instrumento que efectivamente confirma lo manifestado por el indicado funcionario;

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