Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2002 (09/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 9 de setiembre de 2002 CAPITULO IV DEL GABINETE DE ASESORES

a) Proponer, ejecutar, supervisar y evaluar la aplicacion de las politicas sectoriales por encargo y en coordinacion con el Ministro, y la direccion de las actividades de los organos del Ministerio y las Comisiones Sectoriales y Multisectoriales que esten dentro de su ambito, asi como de los Proyectos; b) Orientar, supervisar y evaluar la gestion de las Entidades del Sector bajo el ambito de su competencia, de acuerdo a las directivas impartidas por el Ministro; c) Desarrollar sus funciones en forma coordinada y respetando las competencias de los gobiernos regionales y locales; d) Asistir y asesorar al Ministro en los asuntos relacionados con el ambito de su competencia; e) Representar al Ministro, por delegacion, ante los organismos publicos y privados, nacionales e internacionales, en los asuntos relacionados al ambito de su competencia; f) Aprobar y celebrar contratos y convenios relativos a los asuntos propios de su ambito; g) Proponer al Ministro las normas tecnicas y de gestion administrativa en el ambito de su competencia, asi como supervisar su cumplimiento; h) Establecer los mecanismos de coordinacion internos y externos necesarios para el logro de sus objetivos; i) Emitir opinion tecnica sobre los asuntos de su competencia; j) Emitir resoluciones y actos administrativos en los asuntos de su competencia, conforme a ley; k) Las demas funciones que el Ministro le asigne o encargue por delegacion. CAPITULO III DE LA SECRETARIA GENERAL Articulo 14o.- Secretaria General La Secretaria General es el organo encargado de la conduccion de las acciones de apoyo y asesoramiento a VIVIENDA, coordinando la marcha de las tareas tecnico administrativas, supervisando las actividades de los organos que cumplen dichas funciones y ejecutando las directivas impartidas por el Ministro. Esta a cargo de un Secretario General, que es un funcionario de confianza que depende directamente del Ministro, el mismo que ejerce las siguientes funciones: a) Planear, organizar, coordinar y supervisar las actividades de los organos de asesoramiento y apoyo del Ministerio; b) Formular, ejecutar y evaluar su Plan Operativo; c) Asesorar, asistir e informar al Ministro de las acciones y decisiones en los aspectos administrativos, de comunicacion social, relaciones publicas y documentario y demas materias bajo el ambito de su competencia; d) Dirigir y coordinar con los organos competentes, el procesamiento de la documentacion e informacion que requiera de conocimiento y decision de la Alta Direccion; e) Coordinar la oportuna atencion de la documentacion destinada y proveniente del Despacho Ministerial y de los Viceministros, asi como registrar, clasificar, tramitar y efectuar el seguimiento de la documentacion que ingresa y egresa del Ministerio, y organizar el archivo a nivel institucional, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia; f) Dar fe, transcribir, autenticar, expedir, llevar la numeracion, registro, distribucion, custodia, y en su caso la publicacion de los dispositivos legales, convenios y documentos oficiales de VIVIENDA; g) Efectuar el seguimiento de los proyectos de dispositivos legales en tramite, relativos al ambito de accion del Ministerio; h) Planear, conducir y evaluar el desarrollo y mantenimiento de los sistemas de informacion gerencial, para mantener una permanente interrelacion sectorial y facilitar los elementos necesarios para la toma de decisiones en forma oportuna; i) Expedir resoluciones secretariales; j) Someter a consideracion del Ministro su plan de actividades; k) Coordinar y supervisar la ejecucion de los recursos presupuestales; l) Las demas que le asigne o encargue el Ministro.

Articulo 15º.- Gabinete de Asesores La Alta Direccion cuenta con un Gabinete de Asesores, bajo la conduccion de un Jefe, encargado de realizar el analisis y estudios relacionados con la politica del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, coordinar el funcionamiento del Comite Ejecutivo del Ministerio, asi como proponer normas, elaborar los informes y memorias de gestion del Ministerio y los dictamenes sobre las tareas que se les encomiende. TITULO V DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS Articulo 16o.- Comisiones Consultivas Las Comisiones Consultivas tienen como funcion opinar sobre los asuntos del Sector para los cuales hayan sido convocadas por el Ministro. Estan integradas por un MORDAZA de doce miembros designados por Resolucion Ministerial, uno de los cuales la presidira. El cargo de miembro de la Comision Consultiva es honorario y no inhabilita para el desempeno de ninguna funcion ni actividad publica o privada. TITULO VI DEL ORGANO DE CONTROL Articulo 17o.- Oficina General de Auditoria Interna La Oficina General de Auditoria Interna es responsable del control posterior de las actividades de la gestion de VIVIENDA, asi como de las Entidades del Sector, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. Esta a cargo de un Jefe, quien depende funcional y administrativamente de la Contraloria General de la Republica. Articulo 18º.- Funciones de la Oficina General de Auditoria Interna Son funciones de la Oficina General de Auditoria Interna: a) Ejercer el control posterior de la gestion de VIVIENDA, asi como de las Entidades del Sector, a traves de las auditorias y examenes especiales programados en su Plan Anual de Control y/o dispuestos por la Contraloria General de la Republica, asi como por el Titular del Sector; b) Asesorar a la Alta Direccion de VIVIENDA en materia de control y auditoria; c) Coordinar con los Organos Internos de Control del Sector aspectos relativos a la programacion de actividades de control; d) Efectuar el seguimiento de la implementacion de las recomendaciones y la aplicacion de acciones y medidas correctivas; e) Otras propias de su funcion. TITULO VII DEL ORGANO DE DEFENSA NACIONAL Articulo 19o.- Oficina de Defensa Nacional La Oficina de Defensa Nacional es el organo encargado de formular estudios estrategicos, planificacion, programacion, ejecucion y evaluacion de acciones de Defensa Nacional, en el ambito de accion de VIVIENDA, de conformidad con las disposiciones vigentes. Esta a cargo de un Director General. Depende organicamente del Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mantiene relaciones de coordinacion con la Secretaria de Defensa Nacional, teniendo las siguientes funciones: a) Asesorar a VIVIENDA en el planeamiento, programacion y ejecucion de las acciones de Defensa Nacional de su competencia; b) Proponer politicas y normas relacionadas con las actividades de Defensa Nacional en el ambito de su competencia, asi como supervisar y evaluar su cumplimiento;

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