Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2002 (09/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, lunes 9 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES
Subestaciones Base Paragsha II Oroya Nueva Oroya Nueva Carhuamayo Caripa MORDAZA MORDAZA Ilo ELP Botiflaca Toquepala Tension KV 138 220 50 138 138 220 138 138 138 138 0,1794 CPSEE01 ctm. S/./kW.h

Pag. 229699
Instalaciones Secundarias L.T. Pachachaca - Oroya Nueva [*] Transformacion Oroya Nueva 220/50/13,8 kV Cargos ctm. S/./kW.h 0,0983

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideracion interpuestos por Energia del Sur S.A. (en adelante "ENERSUR"), Edegel S.A.A. (en adelante "EDEGEL"), Edelnor S.A.A. (en adelante "EDELNOR"), Eteselva S.R.L. (en adelante "ETESELVA"), Termoselva S.R.L. (en adelante "TERMOSELVA"), Electrocentro S.A. (en adelante "ELECTROCENTRO"), Electronoroeste S.A. (en adelante "ELECTRONOROESTE"), Hidrandina S.A. (en adelante "HIDRANDINA"), Electronorte S.A. (en adelante "ELECTRONORTE"), la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. (en adelante "ETECEN"), Luz del Sur S.A.A. (en adelante "LUZ DEL SUR"), Electroandes S.A. (en adelante "ELECTROANDES") y MORDAZA Energy International Egenor S.A. (en adelante "EGENOR"), contra las Resoluciones OSINERG Nº 1414-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1415-2002-OS/CD y OSINERG Nº 1417-2002-OS/CD, segun corresponda, que aprobaron las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision (en adelante "SST"), asi como sus respectivas formulas de actualizacion, se han expedido las Resoluciones OSINERG Nº 1437-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1438-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1442-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1430-2002-OS/CD, OSINERG Nº 14392002-OS/CD, OSINERG Nº 1440-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1434-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1432-2002OS/CD, OSINERG Nº 1435-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1433-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1443-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1431-2002-OS/CD, OSINERG Nº 14362002-OS/CD, y OSINERG Nº 1441-2002-OS/CD respectivamente; Que, en la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002-OS/ CD se consignaron las tarifas, compensaciones y formulas de actualizacion de los SST que fueron regulados por las Resoluciones OSINERG Nº 1414-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1415-2002-OS/CD y OSINERG Nº 1416-2002OS/CD; Que, en el Articulo 1º de la Resolucion OSINERG Nº 1435-2002-OS/CD, Articulo 2º de la Resolucion OSINERG Nº 1437-2002-OS/CD, y Articulo 3º de las Resoluciones OSINERG Nº 1430-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1436-2002-OS/CD y OSINERG Nº 14432002-OS/CD, las mismas que resuelven los recursos de reconsideracion de HIDRANDINA, ENERSUR, EDELNOR, ELECTROANDES y ETECEN, respectivamente, se ha dispuesto que en resolucion complementaria se consignen las modificaciones pertinentes de las tarifas, compensaciones y formulas de actualizacion que aparecen en la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002-OS/CD. Las modificaciones ordenadas por los articulos citados anteriormente se encuentran detalladas en los correspondientes informes tecnicos que las sustentan; Que, a consecuencia de la solucion de los recursos de reconsideracion presentados contra las Resoluciones OSINERG Nº 1414-2002-OS/CD, OSINERG Nº 1415-2002-OS/CD y OSINERG Nº 1417-2002-OS/CD se ha identificado la necesidad de desagregar los peajes por transmision secundaria para la empresa ELECTRONOROESTE contenida en el Cuadro Nº 3 de la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002-OS/CD a fin de que se muestre explicitamente la alicuota correspondiente a las instalaciones pertenecientes a la empresa ETECEN comprendidas dentro de esta MORDAZA de concesion, de conformidad con los calculos contenidos en el Informe Tecnico OSINERG-GART/RGT Nº 041-2002, que sustento las tarifas y compensaciones de dicha empresa; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la parte pertinente del Cuadro Nº 1 de la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002-OS/CD, de acuerdo con el siguiente detalle:

0,0811

0,4488

SST de ENERSUR

0,4488

Articulo 2º.- Modificar la parte pertinente del Cuadro Nº 3 de la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002-OS/CD, incluida su nota numero [4]; asimismo reemplazar las dos ultimas consideraciones por las cuatro que se indican, como se detalla a continuacion:
Empresa Concesionarios / SST CBPSE en Puntos de Venta de Energia ( ctm. S/./ kW.h) a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 0,5295 0,8630 0,0818 0,1197 0,0446 0,0446 0,6559 1,0273 0,6351 0,8788 0,0428 0,0428 0,0116 0,0116 0,6895 0,9332 0,5154 0,9894 1,8545 0,3286 0,7117 4,2529 2,5385 1,0586

ELECTRONOROESTE

HIDRANDINA

EDELNOR

ELECTROANDES

ELECTRONOROESTE ADINELSA ETECEN TOTAL HIDRANDINA ETECEN EGENOR TOTAL EDELNOR ELECTROANDES PASCO OESTE [3] ELECTROANDES PASCO OROYA [4] ELECTROANDES PASCO NORTE [5]

[4] Corresponde a las instalaciones del SST de ELECTROANDES comprendidas entre la MORDAZA Oroya Nueva 50 kV y las subestaciones Alambron, Fundicion, Mayupampa y Oroya (C.H. Oroya). · Para el calculo del CBPSE, en MT del MORDAZA regulado, de los sistemas electricos Pasco, Pasco Rural 1 y Pasco Rural 2 se aplicara el cargo CBPSE de ELECTROCENTRO - PASCO mas 2,0509 ctm. S/./ kW.h que corresponde al CBPSE por las instalaciones de ELECTROANDES. A partir de la entrada en operacion comercial de la C.H. Huanchor, los cargos CBPSE de ELECTROANDES PASCO OESTE, en AT y MT, seran 1,6263 y 4,0247 ctm. S/./ kW.h, respectivamente. Asimismo, el valor indicado en el parrafo anterior sera 1,9960 ctm. S/./ kW.h. Las demandas del MORDAZA no regulado, ubicadas en la MORDAZA de ELECTROANDES PASCO NORTE, deberan pagar un cargo adicional de 0,0551 ctm. S/./kW.h que corresponde a la celda 138 kV de la linea L-704 ubicada en la S.E. Paragsha II, perteneciente a ETECEN. Las demandas del MORDAZA regulado, ubicadas en el sistema electrico PASCO, deberan pagar un cargo adicional de 0,0335 ctm. S/./ kW.h que corresponde a la celda 138 kV de la linea L-704 ubicada en la S.E. Paragsha II, perteneciente a ETECEN.

·

·

·

Articulo 3º.- Modificar el Factor de Perdidas Marginales de Energia FPME de la empresa ELECTROANDES, consignado en el Cuadro Nº 7 de la Resolucion OSINERG Nº 1417-2002-OS/CD, reemplazando la fila correspondiente, por las siguientes, como se senala a continuacion:
Empresa FPME en Puntos de Venta a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 1,0329 1,0421 1,0037 1,0127 1,0140 1,0230 --1,0260

Electroandes Pasco Oeste (1) Electroandes Pasco Oroya (1) Electroandes Pasco Norte (1) Electroandes Pasco (2)

(1) Para aplicacion a las demandas del MORDAZA no reguladas (2) Para aplicacion a las demandas del MORDAZA regulado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.