Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2004 (14/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual, deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo; anadiendo que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion, seran comunicadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los 10 dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, el articulo 6º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, podra ser modificado en cualquier momento durante el transcurso del ejercicio presupuestal correspondiente, y que toda modificacion debera ser aprobada por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda; Que, mediante el Memorandum Nº 4379-2003-SL-GAF-GG/ PJ, la Subgerencia de Logistica, contando con autorizacion previa de la Gerencia de Administracion y Finanzas, solicita la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2003, a fin de excluirse el MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de taxi para Magistrados; Que, asimismo, debido a la reprogramacion de las metas propuestas, la Oficina de Infraestructura, a traves de los Memorandums Nº 1442 y Nº 1531-2003-OI-GG/PJ, solicita la exclusion de los procesos de seleccion detallados en el Anexo Nº 01; Con la visacion del Jefe de Asesoria Legal de la Gerencia General y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Resolucion Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ y en uso de las atribuciones conferidas a la Gerencia General; SE RESUELVE:

Que, mediante el documento de visto, con firma certificada, la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula renuncia al cargo de Juez suplente que ha venido desempenando hasta la fecha en el Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, en razon de haber sido nombrada Juez Especializada Civil del Juzgado de Condevilla, mediante Resolucion Nº 910-2003-CNM del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, siendo esto asi, corresponde a esta Presidencia aceptar la renuncia de la citada Magistrada, siendo pertinente hacer uso de la facultad a que se refiere el articulo 185º del Decreto Supremo numero 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa; esto es, exonerar a la recurrente del plazo con el que anticipadamente debia formular su renuncia; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas al suscrito por el articulo 90º incisos 3º y 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia; RESUELVE: Primero.- ACEPTAR con efectividad a partir del once de enero del ano en curso, la renuncia formulada por la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Juez suplente, que ha venido desempenando en el Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y Oficina Distrital de Administracion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

Articulo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2003, con la exclusion de los procesos de seleccion que se detallan en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas comunique al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion y cautele que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se encuentre en las Oficinas de la Subgerencia de Logistica a disposicion de los interesados para su revision. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General 00623

MORDAZA MORDAZA MONTANEZ MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 00644

Dan por concluidas designaciones de jueces suplentes de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 007-2004-P-CSJCNL/PJ Independencia, doce de enero del dos mil cuatro. VISTA: La Resolucion numero novecientos once -dos mil tres CNM, del Consejo Nacional de la Magistratura, publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado treintiuno de diciembre del dos mil tres; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de visto, el Consejo Nacional de la Magistratura ha nombrado al doctor MORDAZA Ronal MORDAZA MORDAZA, Juez del Juzgado Mixto de Los Olivos; Que, en la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA esta instalado el Modulo Basico de Justicia respectivo, compuesto entre otras unidades jurisdiccionales por el Juzgado Mixto correspondiente; Que, en consecuencia, en atencion a la plaza que ha cubierto el nombramiento en referencia, surge la necesidad de dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente que viene ejerciendo funciones en el citado Juzgado, a efectos de incorporar al Magistrado nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura; Que, es oportuno destacar la labor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien por las circunstancias descritas debe dejar de ejercer la funcion jurisdiccional, debiendosele dar las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion, en reconocimiento a su desempeno en el ejercicio de la judicatura;

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aceptan renuncia de Juez Suplente del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Condevilla
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 003-2004-P-CSJCNL-PJ Independencia, nueve de enero del dos mil cuatro. VISTO: El documento presentado por la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez suplente del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Condevilla; y,

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