Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2004 (14/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2004

· Balance general · Estado de ganancias y perdidas · Presupuesto · Flujo de MORDAZA, que incluya una explicacion detallada sobre la disponibilidad del saldo final de MORDAZA, distinguiendo los compromisos y la libre disponibilidad. El Informe Ejecutivo del mes incluira una explicacion de las diferencias que hubiere con relacion a los valores presentados en la formulacion presupuestaria. 3.2. Evaluacion trimestral. Las Empresas deberan remitir trimestralmente a FONAFE, la siguiente informacion: 1) Formatos (del Anexo 1) · Perfil (Formato 1E) · Endeudamiento (Formato 6E) · Capital social e inversiones (Formato 8E) · Plan operativo (Formato 10E) 2) Informe que comprenda la evaluacion respecto al MORDAZA presupuestal aprobado al periodo a informar y la ejecucion al mismo trimestre del ano anterior. El informe debera considerar: a) Evaluacion financiera: · Analisis de estados financieros que incorpore analisis de ratios de rentabilidad, solvencia, gestion y liquidez, asi como la utilidad proyectada al cierre del ejercicio, indicando las causas de las variaciones. · Evaluacion de flujo de MORDAZA que incluya una explicacion detallada sobre la disponibilidad del saldo final de MORDAZA, distinguiendo los compromisos y la libre disponibilidad de los mismos. b) Evaluacion presupuestaria: · Analisis de metas del plan operativo. · Evaluacion de la ejecucion presupuestaria a nivel de cada Partida, sustentando todos los hechos relevantes ocurridos en cada Partida del Presupuesto, mencionando necesariamente las causas que originaron los resultados alcanzados. · Explicacion de la ejecucion de Partidas que no cuenten con MORDAZA presupuestario aprobado. 3) Ficha de los proyectos de inversion en el formato aprobado por el Sistema Nacional de Inversion Publica, hayan sido o no presentados a la Direccion General de Programacion Multianual o a la Oficina de Programacion de Inversiones que corresponda, e independientemente del estado de tramite en que se encuentre. Esta ficha se presentara conjuntamente con el informe de evaluacion correspondiente al primer trimestre de cada ejercicio. En el MORDAZA, tercer y MORDAZA trimestre de cada ejercicio se presentara la ficha de los proyectos de inversion que hayan sufrido cambios respecto a los presentados en el primer trimestre, utilizando el formato aprobado por el Sistema Nacional de Inversion Publica. 3.3. Evaluacion de cierre anual. Las Empresas deberan remitir a FONAFE la siguiente informacion: 1) Formatos del Anexo 1. 2) Informe Ejecutivo que debera comprender: a) Evaluacion respecto al MORDAZA presupuestal anual y a la ejecucion al cierre del ejercicio anterior. b) Evaluacion del nivel de cumplimiento de los objetivos establecidos en el plan estrategico. c) Evaluacion de cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en el plan operativo. d) Evaluacion presupuestaria: · Evaluacion de la ejecucion presupuestaria anual a nivel de cada Partida y Rubro, enfatizando en las Partidas y Rubros cuya ejecucion resulte superior al MORDAZA aprobado. Si la causa de la diferencia es alguna disposicion legal, se debera acompanar al informe una MORDAZA de la misma.

· Explicacion de las diferencias que pudieran existir a nivel de Partidas, entre los importes remitidos en la evaluacion al IV trimestre y en la evaluacion del cierre anual. e) Evaluacion financiera: · Evaluacion de estados financieros que incorpore analisis de ratios de rentabilidad, solvencia, gestion y liquidez. · Evaluacion de flujo de MORDAZA que incluya una explicacion sobre la disponibilidad del saldo final de caja. El analisis del informe ejecutivo debera desarrollar a profundidad cualquier hecho que MORDAZA condicionado las variaciones en las Partidas y Rubros, no limitandose a una descripcion cuantitativa de estas. 3) Informe Especial sobre la Informacion Presupuestaria del ejercicio, emitido por los auditores internos y/o externos de la Empresa. 3.4. Remision de la informacion. 3.4.1. Para dar cumplimiento a la remision de la informacion senalada en los numerales anteriores, las Empresas deberan remitir la informacion segun se indica a continuacion: a) Los Formatos del Anexo 1 se remitiran a traves del Sistema de Informacion efectuando el cierre electronico de los mismos. Los plazos limite de cierre electronico de los formatos en mencion son: Para la evaluacion mensual y trimestral: hasta los doce (12) dias calendario posteriores al ultimo dia calendario del mes o trimestre reportado, segun corresponda. Para la evaluacion de cierre anual: hasta el ultimo dia habil del mes de febrero del ano siguiente. b) Los informes, informes ejecutivos e informe especial, se remitiran en un ejemplar impreso y deberan estar visados en cada una de sus paginas por el Gerente General y el Gerente de Presupuesto o equivalente. Los informes senalados en el parrafo anterior deberan incluir las consideraciones mencionadas en los numerales 3.1, 3.2 y 3.3 de la presente Directiva y deberan estar acompanados de los formatos impresos del Anexo 1 que correspondan, luego de haberse efectuado el MORDAZA de cierre electronico de los mismos. Los plazos limite para la MORDAZA de los ejemplares impresos de los mencionados informes, con sus respectivos formatos son: Para la evaluacion mensual y trimestral: hasta dos (2) dias habiles posteriores al plazo establecido en el literal a) del presente numeral. Para la evaluacion de cierre anual: hasta el tercer dia habil del mes de marzo del ano siguiente. 3.4.2. El MORDAZA de cierre electronico no se aplica al formato de Capital social e inversiones (Formato 8E), el cual debe ser permanentemente actualizado. 3.4.3. Las Empresas deberan remitir a FONAFE una MORDAZA de todos los informes de auditoria interna que se emitan durante el ejercicio. 3.5. Designacion de auditores externos. Dentro de los tres primeros meses de cada ejercicio, las Empresas deberan solicitar a la Contraloria General de la Republica la designacion de la sociedad de auditoria que realizara la evaluacion anual de los estados financieros de dicho ejercicio. 3.6. Remision de la informacion auditada para estados financieros consolidados. Las Empresas deberan remitir a FONAFE los Informes Corto y Largo de Auditoria de los estados financieros al 31 de diciembre del ano correspondiente, en la fecha indicada por la Direccion Ejecutiva de FONAFE, dentro de los plazos previstos en el ordenamiento juridico vigente. Los contratos que se suscriban con las sociedades de auditoria deberan incluir la obligacion de elaborar informes relacionados a: · El MORDAZA presupuestal de la Empresa sobre la base de la informacion contenida en el Formato de Ingresos y egresos de FONAFE;

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