Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2004 (14/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 259723

Que en sesion extraordinaria Nº 33 del 6 de octubre del 2003, el Concejo Distrital de Huamantanga sometio a debate el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y acordo con el MORDAZA aprobatorio de tres Regidores declarar la vacancia del cargo de Regidor del citado, por el cobro de flete de combustible, contemplados en los articulos 63º y 11º de la Ley Nº 27972, segun consta de la MORDAZA del acta que obra de fojas 19 a 21, y el Acuerdo de Concejo Nº 005-MDH-2003 de fojas 30; Que impugnado el citado acuerdo el 10 de octubre del ano en curso, mediante recurso de reconsideracion que obra de fojas 33 a 35, en sesion extraordinaria de fecha 19 de octubre del 2003, el Concejo Distrital de Huamantanga acordo no aceptar la reconsideracion formulada conforme obra a fojas 46 y 47, expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 006-MDH-2003 de fojas 42; interponiendo el recurrente recurso de apelacion el 21 de octubre del 2003, conforme obra a fojas 48, presentando el recibo por derecho de tramite el 7 de enero del 2004; Que el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros; integrado el citado concejo por seis miembros, se requiere de por lo menos cuatro votos para la declaratoria de vacancia; en consecuencia, el acuerdo de vacancia es nulo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Flores; en consecuencia, revocar el Acuerdo de Concejo Nº 006MDH-2003 de fecha 19 de octubre del 2003; y reformandola declarar fundado el recurso de reconsideracion, declarando nulos y sin efecto el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tomado en la sesion extraordinaria del 6 de octubre del 2003 y el Acuerdo de Concejo Nº 005-MDH-2003. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua en el ejercicio del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Huamantanga, provincia de Canta, departamento de MORDAZA, por el periodo para el cual fue elegido. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 00548

de fecha 8 de enero del 2004 emitido por la Gerencia de Administracion; el Oficio Nº 028-2004-GPP/RENIEC de fecha 9 de enero del 2004 emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 022-2004-GAJ/RENIEC de fecha 12 de enero del 2004 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios a obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, mediante los Oficios Nº 014-2004-GP/RENIEC y Nº 017-2004-GP/RENIEC, emitido por la Gerencia de Procesos y el Informe Nº 012-2004-GAD/SGLG/, emitido por la Subgerencia de Logistica y Oficio Nº 024-2004-GAD/RENIEC de fecha 8 de enero del 2004, se informa sobre la necesidad de la contratacion del servicio de Digitalizacion del D.N.I., para el normal cumplimiento de las funciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, debido a que el MORDAZA de Seleccion principal, Concurso Publico Nº 006-2003-RENIEC que se viene desarrollando se encuentra en la etapa de MORDAZA de propuestas de los adquirientes de bases la misma que se ha dilatado como consecuencia de una impugnacion presentada a dicho acto, conllevando a un atraso en el cronograma planteado y existiendo a la fecha solamente la cantidad de 92,515 formularios para digitalizar los mismos que alcanzarian solo para seis dias laborales; Que, ante tal hecho imprevisible se ha estimado la cantidad de tramites a realizar, con la finalidad de satisfacer la demanda por un monto de 1'200,000 tramites y hasta que se proceda con la adjudicacion del MORDAZA de seleccion principal, Concurso Publico Nº 006-2003-RENIEC; Que, en el presente caso se configuran los presupuestos para prorrogar la situacion de urgencia del servicio para la Digitalizacion del D.N.I., en razon de que la ausencia de dicho servicio imposibilitaria el cumplimiento de las labores de las distintas areas, considerandose que mediante Resolucion Jefatural Nº 311-2003-JEF/RENIEC de fecha 10 de MORDAZA del 2003 se declaro en situacion de urgencia el servicio de procesamiento biometrico para la digitalizacion del D.N.I. por el plazo de tres meses o hasta la cantidad de 1'200,00 tramites o la suscripcion del contrato respectivo del MORDAZA de seleccion; asimismo, mediante Resolucion Jefatural Nº 491-2003-JEF/RENIEC de fecha 17 de octubre del 2003, se aprueba la prorroga de la situacion de urgencia declarada mediante la Resolucion mencionada anteriormente, por el plazo de cuatro meses o hasta la suscripcion del contrato respectivo del MORDAZA de seleccion; Que, asimismo la ausencia de la contratacion del Servicio de Digitalizacion del D.N.I. ha resultado imprevisible en razon de que el Concurso Publico Nº 006-2003-RENIEC ha sido declarado nulo mediante Resolucion Jefatural Nº 005-2004.JEF/RENIEC publicada el 10 de enero de 2004, retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de absolucion de consultas inclusive; Que, el hecho de esperar a que se adjudique el MORDAZA de seleccion pertinente para la contratacion de una empresa para el servicio de Digitalizacion del D.N.I, comprometeria de esta forma inminentemente la continuidad de los servicios del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban prorroga de situacion de urgencia del servicio para digitalizacion del DNI dispuesta mediante R.J. Nº 3112003-JEF/RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 008-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 13 de enero de 2004 VISTO: Los Oficios Nº 014-2004-GP/RENIEC y Nº 017-2004GP/RENIEC de fecha 7 de enero del 2004 emitido por la Gerencia de Procesos; el Oficio Nº 024-2004-GAD/RENIEC

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.