Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2004 (14/05/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 268397

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de ilicitos penales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0235-2004-ED MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 Vistos el Oficio Nº 1496-2003-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 40623-2003 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de la referencia, el Procurador Publico del Sector Educacion solicita que este Ministerio emita la Resolucion Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Administracion Publica en sus modalidades de Malversacion de Fondos y Peculado, y del delito contra el Patrimonio en su modalidad de Apropiacion Ilicita, figuras penales previstas y sancionadas en los articulos 190º, 387º y 389º del Codigo Penal. Solicitud que se fundamenta en las responsabilidades determinadas en el Informe Especial Nº 001-20030723 de fecha 30 de MORDAZA del 2003, emitido por la Oficina de Auditoria Interna de la Direccion Regional de Educacion de Ica; Que la accion de control practicada en el Instituto Superior Pedagogico "Juan XXIII" de Ica comprende la revision, verificacion y analisis de los comprobantes de pago del Area de Tesoreria de la mencionada institucion, correspondiente al periodo comprendido entre enero del 2001 a enero del 2003, al existir antecedentes sobre irregularidades en el manejo de los recursos; Que conforme se establece en el Informe Especial Nº 001-2003-0723, y luego de la revision y analisis de los documentos que lo sustentan, se ha comprobado que el Director General y el Director de Administracion(e) del Instituto Superior Pedagogico "Juan XXIII" de Ica, Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente; han efectuado el giro irregular de cheques por el importe de S/.18,600.00 (dieciocho mil seiscientos y 00/100 nuevos soles) a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA Yanez MORDAZA por prestacion de servicios profesionales como abogado durante el ano 2002, sin haberse suscrito el respectivo contrato por servicios profesionales, ni contarse con los informes de las acciones realizadas por el referido profesional y al no contarse ademas, con la documentacion sustentatoria de dicho gasto; Que ha quedado evidenciado ademas, que los mencionados funcionarios adquirieron, durante el ejercicio presupuestal 2002, materiales de construccion en demasia por el importe de S/. 23,262.10 (veintitres mil doscientos sesenta y dos y 10/100 nuevos soles), para la construccion de los servicios higienicos ubicados en el interior del referido instituto, materiales que no fueron ingresados fisicamente al almacen del Instituto Superior Pedagogico "Juan XXIII" de Ica. Asimismo, la ejecucion de la precitada construccion, se realizo sin el correspondiente Expediente Tecnico, entre otros; Que, de la revision de los comprobantes de pago de los ejercicios 2001 y 2002 y de las papeletas de deposito en la Cta. Cte. Nº 0601-012707 del Banco de la Nacion relacionados a la confeccion de uniformes y llaveros del Instituto Superior Pedagogico "Juan XXIII" de Ica, se aprecia que los precitados funcionarios han omitido depositar en dicha cuenta corriente el importe de S/. 5,432.00 (cinco mil cuatrocientos treinta y dos con 00/100 nuevos soles) por la venta de uniformes y llaveros de la institucion, por lo que se presume que el indicado importe ha sido apropiado en forma ilicita por el Director General y el Director Administrativo(e) del Instituto Superior Pedagogico "Juan XXIII"; Que de los hechos expuestos se advierte, que en la gestion de los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA existen MORDAZA indicios de la presunta comision del delito contra la Administracion Publica en sus modalidades de Malversacion de Fondos y Peculado, y del delito contra el Patrimonio en su modalidad de Apropiacion Ilicita, figuras penales previstas y sanciona-

das en los articulos 190º, 387º y 389º del Codigo Penal, al haber utilizado estos los recursos del Instituto Superior Pedagogico "Juan XXIII" de Ica para beneficios de MORDAZA personal o de grupo y en perjuicio del Estado; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 585-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) contra los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Administracion Publica en sus modalidades de Malversacion de Fondos y Peculado, y del delito contra el Patrimonio en su modalidad de Apropiacion Ilicita, figuras penales previstas y sancionadas en los articulos 190º, 387º y 389º del Codigo Penal. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica del Ministerio de Educacion los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 09132

ENERGIA Y MINAS
Renuevan concesion otorgada a favor de Electropampas S.A., para desarrollar estudios con actividad de generacion electrica en diversas futuras centrales hidroelectricas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 207-2004-MEM/DM MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 VISTA: La solicitud de renovacion de la concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica, presentada por ELECTROPAMPAS S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11355360 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 392-2002EM/DM, publicada el 5 de setiembre de 2002, se otorgo concesion temporal a favor de ELECTROPAMPAS S.A., por un plazo de dieciocho (18) meses, contados desde el 5 de setiembre de 2002 hasta el 5 de marzo de 2004, para que desarrolle estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en las futuras Centrales Hidroelectricas Jarhuac, MORDAZA y La Capilla, que estarian ubicadas en los departamentos de Ica y MORDAZA, en las zonas comprendidas dentro de las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 21119802; Que, mediante solicitud de fecha 6 de febrero de 2004, ampliada mediante escrito presentado el 15 de MORDAZA de 2004, ELECTROPAMPAS S.A., solicito la renovacion de la concesion temporal de la que es titular para concluir los estudios por un plazo adicional de dos (2) anos, contados desde la fecha de vencimiento del plazo establecido en la mencionada Resolucion Ministerial, argumentando su solicitud en causa de fuerza mayor que ha impedido concluir los estudios en el plazo originalmente senalado; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 35º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la renova-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.