Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2004 (14/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, toda gestion ambiental requiere contar con una serie de instrumentos normativos y programaticos que definan y expliciten los principios basicos que sustentan la gestion (Politica Ambiental), establezcan el conjunto de objetivos, metas y actividades a cumplirse en el largo y corto plazo (Plan y Agenda Ambiental) y propongan la forma de organizarse funcionalmente para garantizar la participacion de todos los actores involucrados en el logro de las metas planteadas (Sistema Regional de Gestion Ambiental); Que, el articulo 53º Inc. B) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, otorga la responsabilidad a los Gobiernos Regionales de implementar los Sistemas Regionales de Gestion Ambiental en coordinacion con la Comision Ambiental Regional de su ambito; Que, los articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales precisan las competencias constitucionales exclusivas y compartidas que corresponden a los Gobiernos Regionales en materia ambiental, entre ellas las de dictar normas inherentes a la gestion ambiental; Estando a las atribuciones del Consejo Regional establecidas en el Art. 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la Politica Ambiental Regional de La MORDAZA donde se explicitan los principios fundamentales que caracterizan a la Gestion Ambiental en la Region y cuyo contenido, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- APROBAR el Plan de Accion Ambiental Regional de La MORDAZA al 2010 a nivel de sus Objetivos Estrategicos, Lineamientos de Politica Ambiental y Resultados Esperados a Largo Plazo como MORDAZA de referencia para las acciones de corto plazo y que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- APROBAR la Agenda Ambiental Regional de La MORDAZA para el periodo 2004-2005, con metas, actividades y responsabilidades de coordinacion concertadas, exigible en su cumplimiento cuyo contenido, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- APROBAR la creacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental de La MORDAZA cuya estructura y funciones se encuentran precisadas en el documento que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Articulo Quinto.- En un plazo no mayor de 90 dias la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional y la Comision Ambiental Regional de La MORDAZA, en el MORDAZA de las orientaciones proporcionadas por el Consejo Nacional del Ambiente -CONAM-, propondran para su aprobacion por la Presidencia del Gobierno Regional, las directrices e instrumentos normativos que permitan iniciar el MORDAZA de implementacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental y evaluar el cumplimiento de la Agenda Ambiental Regional. Articulo Sexto.- La presente MORDAZA entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el diario oficial. POR TANTO: Mando se publique, se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA OLIVEROS Presidente Regional 09079

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902, las mismas que en el MORDAZA del ordenamiento normativo regional establece que las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el nombramiento en las plazas a los docentes que resultaron adjudicados en la tercera etapa del MORDAZA de nombramiento de docentes autorizado mediante Ley Nº 27971 han sido coberturadas en las regiones de MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica y MORDAZA, mediante la Ley Nº 28197, "Ley que autoriza un credito suplementario a favor del Sector Educacion", la que dispone en su articulo 2º que las Unidades de Gestion Educativa local de las Direcciones Regionales MORDAZA mencionadas, dentro de un plazo de 10 dias habiles contado a partir de la entrada en vigencia de la Ley, y bajo responsabilidad procederan a nombrar en las plazas a aquellos docentes que resultaron adjudicados en la III etapa del MORDAZA de nombramiento de docentes autorizados mediante Ley Nº 27971 que no han sido nombrados a la fecha de promulgacion de la presente norma; Que, la Ordenanza Regional Nº 003-2004-GRSM/CR de fecha 17 de febrero del 2004 en su articulo primero desconoce la adjudicacion por parte del Ministerio de Educacion de 392 plazas organicas existentes en el ambito jurisdiccional de la Direccion Regional de Educacion del Gobierno Regional de San MORDAZA, por no corresponder a los lineamientos de Politica Educativa Regional y por atentar contra los principios de la Educacion Intercultural e Identidad Regional. Asimismo, en su articulo MORDAZA faculta al Presidente Regional, senor Max Henrry MORDAZA MORDAZA, realizar gestiones pertinentes en coordinacion con la Direccion Regional de Educacion, a efecto de mantener las plazas docentes organicas vacantes que existen en la Region San MORDAZA, para que MORDAZA cubiertas bajo la modalidad de contrato, hasta la convocatoria de concurso en el cual se apliquen criterios coherentes con la politica educativa de la Region San Martin; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA en sesion ordinaria del dia siete de marzo del dos mil cuatro, aprobo la MORDAZA regional siguiente: En consecuencia; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- Disponer que las Unidades de Gestion Educativa Local de la Region San MORDAZA, incluyendo la Sede Regional, y bajo responsabilidad, procederan a contratar a personal docente, luego de la emision de un Decreto Regional que MORDAZA el MORDAZA de seleccion en las plazas organicas vacantes generadas por el MORDAZA de reubicacion de 220 plazas adjudicadas en la III etapa del MORDAZA de nombramiento de docentes autorizados mediante Ley Nº 27971. Articulo Segundo.- Encarguese al Presidente Regional expedir las normas pertinentes para reglamentar el MORDAZA de seleccion de los docentes, mediante la emision de un Decreto Regional y proceder a efectuar la cobertura de las plazas indicadas mediante contrato. Articulo Tercero.- DEJESE sin efecto cualquier MORDAZA, Directiva o Resolucion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MAX HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 09115

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Disponen contratacion de personal docente a cargo de las Unidades de Gestion Educativa Local de la region
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2004-GRSM/CR Moyobamba, 14 de MORDAZA de 2004

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