Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2004 (14/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2004

de Mantenimiento Aeronautico; por un plazo de 4 anos, a partir del 8 de enero del 2004, dia siguiente al vencimiento de la Resolucion Ministerial Nº 551-98-MTC/15.16, con las mismas habilitaciones autorizadas por dicha Resolucion. Articulo Segundo.- Las Habilitaciones a la que se hace referencia en el Articulo Primero de la presente Resolucion, se encuentran descritas en el certificado Numero TAM014 y estan limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion", las mismas que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La actividad autorizada al Servicio de Electronica de la Fuerza Aerea del Peru (SELEC), debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Aeronautica Civil. Las modificaciones a dicho Manual, para su aplicacion, deben ser previamente aprobadas por la Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC). Articulo Cuarto.- La Direccion General de Aeronautica Civil efectuara inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico del Servicio de Electronica de la Fuerza Aerea del Peru (SELEC), a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas. Articulo Quinto.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico del Servicio de Electronica de la Fuerza Aerea del Peru, queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 07930

Que, las limitaciones de orden presupuestario imposibilitan la contratacion de personal conforme a lo comunicado por la Gerencia de Personal y Escalafon de la Gerencia General del Poder Judicial, lo que no permite la asignacion en forma permanente de personal adicional al referido Juzgado de Paz Letrado, para afrontar dicha problematica; Que, en ese sentido corresponde adoptar las medidas administrativas necesarias a fin de dar solucion a la carga procesal concentrada en dicho Juzgado, sin perjuicio de las acciones de control destinadas a determinar las responsabilidades disciplinarias que pudieran existir, respecto a la situacion del mencionado Organo Jurisdiccional; Que, en consecuencia, en uso de la atribucion conferida a los Presidentes de Corte, por el inciso 3) del Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha y por el termino de 30 dias calendario el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Callao sea excluido del reparto aleatorio de demandas y exhortos que ingresan por la Mesa de Partes Unica de los Juzgados de Paz Letrado de esta Corte Superior de Justicia. Articulo Segundo.- DISPONER que a partir de la fecha y por el termino de 30 dias calendario se suspenda la remision al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Callao, de los pedidos de desarchivamento de los expedientes cuyo tramite estuvo regulado por el Codigo de Procedimientos Civiles, los mismos que deberan ser distribuidos en forma aleatoria y equitativa entre los demas Juzgados de la misma instancia y concluido dicho periodo dichos pedidos sea distribuidos de la misma forma a todos los Juzgados de Paz Letrados del Callao. Articulo Tercero.- DISPONER que la Comision Distrital de Control de la Magistratura del Callao incluya en el informe que resulte de la Visita Judicial Ordinaria a los Juzgados de Paz Letrado del Callao que culmino el 30 de MORDAZA ultimo, opinion de ser el caso, respecto de las responsabilidades disciplinarias relativas a la situacion del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Callao, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de los senores Jueces de Paz Letrados del Callao, del Colegio de Abogados del Callao, de la Oficina de Administracion Distrital, y de la Oficina de Imagen Institucional para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA ZECENARRO MATEUS Presidente 09176

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen que el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Callao sea excluido del reparto aleatorio de demandas y exhortos
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 059-2004- P-CSJCL/PJ Callao, 7 de MORDAZA del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Oficio Nº 10-2004-MASR-4TO JPLCALL, de la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Callao y el Informe Legal Nº 020-2004-AL, de Asesoria Legal de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, es preocupacion permanente de este Despacho afrontar los problemas de excesiva carga procesal que presentan algunos Organos Jurisdiccionales de esta jurisdiccion y es atribucion del Presidente de Corte Superior, dirigir la politica del Poder Judicial en su Distrito Judicial en coordinacion con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme establece el inciso 3) del Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Que, de los documentos de Vistos, se aprecia entre otros, que al haberse hecho cargo del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Callao la referida senora Magistrada ha informado que existe una elevada carga procesal que segun sostiene debe ser objeto de medidas administrativas oportunas y necesarias;

Disponen que el Octavo Juzgado Especializado Penal del Callao sea excluido del ingreso de expedientes por redistribucion asi como denuncias
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 060-2004- P-CSJCL/PJ Callao, 7 de MORDAZA del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: Los Oficios Nºs. 2004-008-8-JPC y 2004-001-8JPC, del senor doctor Cerapio MORDAZA Huamancondor, Juez Provisional del Octavo Juzgado Especializado Penal del Callao y el Informe Legal Nº 019-2004-AL, de Asesoria Legal de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, es preocupacion permanente de este Despacho afrontar los problemas de excesiva carga procesal que pre-

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