Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2004 (14/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, dispone la efectiva participacion de la sociedad civil, en el MORDAZA de programacion del presupuesto participativo, en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales, asi como la fiscalizacion de su gestion; Que, el titulo II - Desarrollo del MORDAZA Participativo, Articulo 5º del Reglamento de la Ley Nº 28056, indica que el Gobierno Regional, mediante Ordenanza, dispondra las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de Identificacion y Acreditacion de Agentes Participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil, para estos efectos, el Gobierno Regional o local establecera mecanismos de registro complementarios a los ya existentes; Que, el numeral 3 del instructivo Nº 001 - 2004 - EF/ 76.01, aprobado mediante la Resolucion Directoral Nº 010 - 2004 - EF/76.01 - Identificacion de los Agentes Participantes, establece que el Gobierno Regional o local elabora una Ordenanza en la que senala lo necesario para reglamentar el MORDAZA de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes; y el cronograma debe ajustar sus fechas en funcion a los acuerdos tomados por los Consejos de Coordinacion del nivel Regional, Provincial y Distrital que deben articular entre si las fechas en que se desarrollaran las actividades, a fin de que se produzca una retroalimentacion entre sus respectivos procesos; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acontecimiento Territorial, presenta un proyecto de reglamento para la identificacion y acreditacion de Agentes Participantes en el MORDAZA de Planeamiento de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, al que incluyen el cronograma del MORDAZA, el que analizado y debatido, en la sesion extraordinaria del 20 de MORDAZA de 2004 se acuerda por unanimidad; y, ORDENA.-

Que, el articulo 6º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional. El articulo 10º numeral 1 Inc. n establece que es competencia exclusiva del gobierno regional, promover el uso sostenible y la conservacion de los recursos naturales. Asimismo el articulo 10º numeral 2 Inc. d establece que es competencia compartida del gobierno regional, la gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental. Asi como el Inc. e establece la competencia de preservar y administrar las reservas y areas naturales protegidas regionales; Que, los miembros del Consejo Regional teniendo conocimiento de la problematica ambiental de la region a traves de los informes generados por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, basado en las diversas reuniones de trabajo con participacion de las Direcciones Sectoriales, los representantes comunales y autoridades politicas de gobiernos locales y la sociedad civil; Que, teniendo presente que la Gestion Sostenible del Ambiente de la region requiere de instrumentos politicos y tecnicos solidamente fundados, de largo plazo y acciones coherentes y coordinadas; la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente ha elaborado a traves de procesos participativos y especializados la Politica Ambiental Regional teniendo una proyeccion hasta el 2024; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente: Articulo Primero.- Del Objeto de la Ordenanza Regional La presente ordenanza tiene por objeto definir la Politica Ambiental Regional de MORDAZA de validez y orientacion al 2024, elaborada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente en coordinacion con las Direcciones Sectoriales, los Gobiernos Locales, los Representantes Comunales, los Grupos Tecnicos y las Organizaciones No Gubernamentales a traves de procesos participativos. Articulo Segundo.- De los Instrumentos Estrategicos Politico-Tecnicos Ambientales de la Region Junin. Aprobar los 18 Lineamientos de la Politica Ambiental Regional de MORDAZA al 2024: LINEAMIENTOS GENERALES ESTRATEGICOS DE LA POLITICA AMBIENTAL REGIONAL DE MORDAZA AL 2024 1. Coadyuvar al cumplimiento de los tratados internacionales en materia de Gestion Ambiental, asi como gestar la participacion y el apoyo de la cooperacion internacional, gestionando el financiamiento de programas y proyectos orientados a la recuperacion, conservacion y uso sostenible del ambiente. 2. Dar cumplimiento a la Normatividad Nacional Ambiental; generar y promover Reglamentacion Ambiental Regional, controlando y fiscalizando el cumplimiento adecuado de la normatividad ambiental por los agentes publicos, la incorporacion de normas tecnicas por los agentes economicos regionales, el implemento de mecanismos de registro y proteccion de los derechos de propiedad intelectual colectiva de nuestros productos geneticos y biotecnologicos, agroindustriales y otros, asi como controlar el ingreso y comercializacion de productos transgenicos. 3. Ensamblar y potenciar un Sistema Regional de Gestion Ambiental que permita articular la accion ambiental de las instituciones e instancias sectoriales publicas y privadas para gerenciar transectorialmente el ambiente progresivamente a partir de ambitos de MORDAZA, fortaleciendo las comisiones y grupos tecnicos ambientales de la region, aplicando los principios de descentralizacion, transparencia y participacion ciudadana en el MORDAZA de un sistema nacional de gestion ambiental. 4. Ensamblar y potenciar el Subsistema Regional de Planificacion Ambiental Descentralizada orientado a desa-

Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para la Identificacion y Acreditacion de Agentes Participantes en el MORDAZA de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo. Articulo Segundo.- Aprobar el Cronograma del MORDAZA de Planeamiento Concertado y Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA, correspondiente al ano fiscal 2005. Articulo Tercero.- la presente Ordenanza Regional rige desde el dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion, En MORDAZA, a los 10 dias del mes de MORDAZA del 2004. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 10 dias del mes de MORDAZA del 2004. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA 09064

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Definen Politica Ambiental Regional de MORDAZA de validez y orientacion al 2024
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-GRJ/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional, siguiente:

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