Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2004 (14/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2004

Articulo 14º.- Los procedimientos administrativos que surjan como consecuencia de la interposicion de los recursos impugnatorios se sujetaran a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 15º.- El Permiso de Operacion que autoriza la prestacion del servicio tiene una vigencia de tres (3) anos, el mismo que se renovara luego de que la flota vehicular pase la revision de caracteristicas. Articulo 16º.- La Renovacion del Permiso de Operacion, el Certificado de Operacion y Credencial del Conductor, son tramitados por la persona juridica autorizada de acuerdo a lo estipulado en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, en concordancia con lo reglamentado en la Ordenanza Nº 241-MML. Articulo 17º.- El Permiso de Operacion y los certificados de Operacion seran cancelados por incurrir en las causales previstas en el Art. 21º de la Ordenanza Nº 241-MML, ademas de incurrir en lo siguiente: 1. Permitir el ingreso de un vehiculo menor robado, situacion que de presentarse debe ser comunicada a la autoridad municipal. 2. Permitir que un conductor no autorizado o que no cuenta con Licencia de conducir, preste el servicio regulado en la presente Ordenanza. 3. El incumplimiento de la presente Ordenanza. La credencial del conductor sera cancelada si el conductor al que se le otorga es sancionado con suspension o cancelacion de su Licencia de conducir. CAPITULO II DEL REGISTRO Articulo 18º.- La Municipalidad Distrital del MORDAZA a traves del Departamento de Transporte, aperturara el REGISTRO MUNICIPAL DE AUTORIZACIONES DE CIRCULACION PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES, el mismo que se divide en tres apartados: 1. El registro de las personas juridicas autorizadas para prestar el servicio regulado por la presente Ordenanza. 2. El registro de vehiculos menores pertenecientes a la flota vehicular de las personas juridicas autorizadas. 3. El registro de los conductores afiliados a las personas juridicas autorizadas. Articulo 19º.- El Registro de las personas juridicas autorizadas, considerara los siguientes datos: - MORDAZA de Testimonio de constitucion de la empresa y/ o asociacion. - Razon Social y siglas que utilizara la persona juridica - Nombre y DNI del Representante Legal. - Numero de Socios y/o accionistas registrados de acuerdo a Ley. - RUC, domicilio legal y numeros telefonicos. - Numero de ficha registral y/o partida. - Lista de zonas de estacionamiento autorizadas y adicionar las modificaciones que se hicieran en el futuro. Articulo 20º.- El Registro de vehiculos menores pertenecientes a la flota vehicular de la personas juridicas autorizadas, consignara los datos principales de la Tarjeta de Propiedad de las unidades tales como: - Placa. - MORDAZA de la Unidad. - Modelo. - Cilindrada. - Color. - Numero de Motor. - Numero de tarjeta de Propiedad. - Propietario, consignando su domicilio. Las modificaciones, retiro o baja de la unidad vehicular deberan considerarse en el registro a fin de mantenerlo actualizado. Articulo 21º.- El registro de conductores consignara sus datos personales tales como:

- Nombre completo y DNI. - Domicilio legal. - Numero y categoria de la licencia de conducir. - Gravamen del conductor. - MORDAZA de curso actualizado de seguridad vial que ha llevado. TITULO III DE LAS ZONAS DE TRABAJO Y ESTACIONAMIENTO Articulo 22º.- La Persona Juridica sera autorizada en las zonas de trabajo que establezca la Municipalidad Distrital bajo los siguientes criterios: 1. Plan vial, plan regulador, zonificacion del distrito. 2. Estudio tecnico de densidad poblacional, capacidad de las vias y saturacion de las mismas por vehiculos menores y/o otras modalidades de transporte publico, demanda y tendencia de desplazamiento de los usuarios. 3. Persona juridica debidamente constituida inscrita en los registros publicos con prioridad a los residentes contribuyentes dentro del Reglamento Nacional de Transporte, Reglamento Nacional del MORDAZA y demas normas pertinentes. Articulo 23º.- Las distancias minimas entre los paraderos seran reguladas de acuerdo a las siguientes consideraciones en tanto no exista un plan vial: 1. Distancias no menores de 200 metros lineales entre una MORDAZA de trabajo y otra dentro del distrito del MORDAZA, considerando la demanda del servicio. 2. Mantener intangibles las zonas rigidas de conformidad a las disposiciones municipales vigentes. 3. En una misma MORDAZA de trabajo no se autorizara a mas de una persona juridica salvo acta de acuerdo de las mismas. Articulo 24º.- Las vias seran senalizadas y conservadas por la Municipalidad de acuerdo con la normativa vigente. Articulo 25º.- En los paraderos asignados solo podran ubicarse hasta un MORDAZA de 05 unidades al mismo tiempo debiendo las excedentes mantenerse en circulacion, salvo en el caso de tratarse de Zonas de Estacionamiento compartidas, en cuyo caso en el acta a suscribirse se estipularan las condiciones particulares de cada zona. TITULO IV DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES Articulo 26º.- El incumplimiento o transgresion por accion u omision a lo dispuesto en los DD.SS. Nº 04-2000MTC, Nº 09-2000-MTC, la Ordenanza Nº 241-MML y a la presente MORDAZA, constituye una infraccion y da lugar a la aplicacion de las sanciones correspondientes. Articulo 27º.- Incorporar en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones del Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas vigente de la Municipalidad del distrito del MORDAZA, las siguientes infracciones referentes al SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DEL MORDAZA, en las que se puede incurrir por incumplimiento y/o transgresion por la presente ordenanza y son de dos tipos: Cometidas con la Persona Juridica 7-001 Permitir a los conductores prestar servicios sin estar registrados y/o autorizados 7-002 Transferir el permiso de operacion a terceros 7-003 Incorporar unidades sin autorizacion municipal 7-004 Hacer uso incorrecto de los paraderos asignados

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