Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2004 (29/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2004

Nº 022-2004-PRODUCE/CAS

09/03/04

Dejar sin efecto la SUSPENSION de la tramitacion de los recursos de apelacion interpuestos por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. contra las Resoluciones Directorales Nºs. 092 y 102-2003-PRODUCE/DINSECOVI, dispuesta mediante Resolucion Comite de Apelacion de Sanciones Nº 103-2003-PRODUCE/CAS y aceptar el DESISTIMIENTO de los recursos de apelacion contra las Resoluciones Directorales mencionadas. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 218-2002-PE/DINSECOVI, dando por agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 8,42 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 020-2001-PE/DINSECOVI. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 097-2002-PE/DINSECOVI, dando por agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 2,01 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 367-2001-PE/DINSECOVI. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 494-2002-PE/DINSECOVI, dando por agotada la via administrativa y MODIFICAR la Resolucion Directoral Nº 137-2002-PE/DINSECOVI en el extremo referido al monto de la multa la cual queda fijada en 1,59 Unidades Impositivas Tributarias. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 206-2002-PE/DINSECOVI, dando por agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 2 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 206-2002PE/DINSECOVI. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 128-2003-PRODUCE/DINSECOVI, dando por agotada la via administrativa. RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolucion Comite de Apelacion de Sanciones Nº 194-2003-PRODUCE/CAS y precisar que su fecha de emision es 10 de diciembre del 2003. RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolucion Comite de Apelacion de Sanciones Nº 146-2003-PRODUCE/CAS y precisar que el termino que debe consignarse en los considerandos noveno, decimo MORDAZA y decimo MORDAZA asi como el articulo 1º de la parte resolutiva de la citada resolucion es "extraer". PRECISAR que con relacion a la Resolucion Comite de Apelacion de Sanciones Nº 181-2003-PRODUCE/CAS se dispuso la remision del expediente de la empresa PESQUERA ASTURIAS S.A. a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia - DINSECOVI, para que verifique el cumplimiento de los requisitos referidos al beneficio de pago de multas. PRECISAR que con relacion a la Resolucion Comite de Apelacion de Sanciones Nº 179-2003-PRODUCE/CAS se dispuso la remision del expediente de la empresa FABRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A. a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia - DINSECOVI, para que verifique el cumplimiento de los requisitos referidos al beneficio de pago de multas.

Nº 023-2004-PRODUCE/CAS

09/03/04

Nº 024-2004-PRODUCE/CAS

09/03/04

Nº 025-2004-PRODUCE/CAS

09/03/04

Nº 026-2004-PRODUCE/CAS

18/03/04

Nº 027-2004-PRODUCE/CAS

18/03/04

Nº 028-2004-PRODUCE/CAS

18/03/04

Nº 029-2004-PRODUCE/CAS

18/03/04

Nº 030-2004-PRODUCE/CAS

18/03/04

Nº 031-2004-PRODUCE/CAS

18/03/04

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