Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2004 (29/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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PRODUCE/DNEPP, en lo referente a destinar los recursos jurel y caballa al consumo humano directo, e INFUNDADO en el extremo de destinar la extraccion de los recursos sardina, jurel y caballa al consumo humano indirecto, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Ampliar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 191-2003-PRODUCE/ DNEPP a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "SENOVIA" con matricula Nº PL-21078-PM en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, adicionalmente a los recursos anchoveta y sardina, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y utilizando redes de cerco con longitud minina de abertura de malla de 1½ pulgadas (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas. Articulo 3º.- Incorporar la ampliacion del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "SENOVIA" de matricula Nº PL-21078-PM, a traves de la presente Resolucion, en el literal B) del anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 4º.- Excluir a la embarcacion pesquera "SENOVIA" de matricula Nº PL-21078-PM del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 09969

2000-PE/DNE y modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 385-2003-PRODUCE/DNEPP, solicita autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de MORDAZA con una capacidad de bodega de 57.99 m3, via sustitucion de la capacidad de bodega de la embarcacion "ALMIRANTE GRAU Nº 2" de matricula PL-11759-CM; Que de la revision y evaluacion del expediente presentado se ha determinado el cumplimiento de los requisitos sustantivos y procesales de la normatividad pesquera vigente, asi como han cumplido con adjuntar los requisitos establecidos por el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, por lo que deviene procedente el otorgamiento de la autorizacion de incremento de flota solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 054-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y normas complementarias, el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del indicado Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la EMPRESA PESQUERA PALBER S.R.L., autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de la embarcacion pesquera denominada "ALMIRANTE GRAU Nº 2" de matricula PL-11759-CM, para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA de 57.99 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada a traves de la presente Resolucion, conforme a lo establecido en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, prorrogable por seis (6) meses adicionales por una y unica vez, siempre y cuando se MORDAZA realizado un avance de obra fisica significativo de por lo menos el setenta por ciento (70%), debiendo solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses de vencido el plazo de vigencia de la autorizacion el respectivo permiso de pesca. Vencido cualquiera de los plazos indicados en el parrafo precedente, la autorizacion caducara de pleno derecho en el caso de no haberse ejecutado totalmente o solicitado el permiso de pesca correspondiente, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion otorgada, excediendo las capacidades de bodega de la embarcacion autorizada a construir o con caracteristicas diferentes a las que la sustentaron. Articulo 3º.- La embarcacion pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 2" de matricula PL-11759-CM podra operar hasta que la embarcacion autorizada a ser construida via sustitucion obtenga su correspondiente permiso de pesca. Articulo 4º.- Incluir la presente autorizacion de incremento de flota, en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna, asi como a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 09970

Otorgan a empresa autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 143-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 Vistos los escritos con Registro Nº CE-01053002 de fechas 16 de enero y 4 de febrero del 2004, presentados por la EMPRESA PESQUERA PALBER S.R.L. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 183-2000-PE/DNE de fecha 4 de MORDAZA del 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA URCIA para operar la embarcacion pesquera denominada "ALMIRANTE GRAU Nº 2" de matricula PL-11759-CM de 57.99 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 385-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 4 de noviembre del 2003, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la indicada embarcacion pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 2" de matricula PL-11759-CM otorgado por Resolucion Directoral Nº 183-2000-PE/DNE a favor de los senores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manteniendose los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante los escritos del visto, la EMPRESA PESQUERA PALBER S.R.L., en su condicion de asociante en el contrato de asociacion en participacion que tiene celebrado con los armadores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA titulares del permiso de pesca y del derecho de sustitucion otorgado por Resolucion Directoral Nº 183-

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