Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2004 (29/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2004 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0968-2004-IN

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica BALDO KRESALJA ROSSELLO Ministro de Justicia 10287

Mediante Oficio Nº 1361-2004-IN/0604 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 0968-2004-IN, publicada en la edicion del 27 de MORDAZA de 2004. En la parte resolutiva: DICE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolucion, al senor MORDAZA SHEPUT MOORE, en el cargo publico de confianza de Asesor II, Categoria F-5, Jefe del Comite de Asesoramiento del Despacho del Ministerio del Interior. DEBE DECIR: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolucion, al senor MORDAZA SHEPUT MOORE, en el cargo publico de confianza de Asesor II, Categoria F-5, Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Despacho del Ministerio del Interior. 10142

Aprueban Addenda Nº 01 de Convenio de Cooperacion Tecnica suscrito con el PNUD, a que se refiere la R.S. Nº 0542002-JUS
RESOLUCION SUPREMA Nº 106-2004-JUS MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Justicia viene recibiendo asistencia tecnica por parte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD en la implementacion de un sistema moderno de gestion del Sector que contribuya a una mejor administracion de justicia en el MORDAZA, constituyendose en el Organismo Nacional de Ejecucion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 054-2002JUS se aprueba el Convenio de Cooperacion Tecnica de fecha 28 de febrero de 2002, suscrito entre el Ministerio de Justicia y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con la finalidad de establecer mecanismos de coordinacion, cooperacion y asistencia entre las partes orientados a fortalecer las acciones pertinentes en la defensa e intereses del Estado, a traves de la ejecucion del Proyecto PER/02/003 "Procuradurias Anticorrupcion", para el buen funcionamiento de la Procuraduria Ad Hoc y de la Procuraduria Anticorrupcion Descentralizada; Que, por cuestiones de orden administrativo, a partir del 18 de MORDAZA de 2002 se dio inicio a las actividades d e l P E R / 0 2 / 0 1 6 " P r o c u ra d u r i a s A n t i c o r r u p c i o n Descentralizadas", proyecto integrante del convenio a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 1872003-JUS y 214-2003-JUS, se aprueba la extension de dichos proyectos hasta el 31 de diciembre de 2003; Que, mediante Informe Nº 066-2004-JUS/OGEDODCT, la Oficina General de Economia y Desarrollo establece que resulta necesario ampliar el plazo del convenio y suscribir la addenda respectiva, toda vez que, permitira continuar con la politica del Sector frente a los actos de corrupcion, contando para ello con los recursos presupuestarios que financien la ejecucion de los proyectos durante el Ano Fiscal 2004; Que, en ese contexto y teniendo en cuenta que el Convenio desde su suscripcion, viene brindando importantes resultados en materia de apoyo a la lucha contra la corrupcion, el Ministerio de Justicia y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo han suscrito la Addenda Nº 01 al Convenio, con el fin de ampliar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004; De conformidad con el articulo 18.1 de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 019-2001JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Addenda Nº 01 del Convenio suscrito entre el Ministerio de Justicia y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 054-2002-JUS, la misma que amplia su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004.

JUSTICIA
Conceden derecho de MORDAZA a interno del Establecimiento Penitenciario del Callao - MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 105-2004-JUS MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario del Callao; Que el Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 2032003-INPE-JASP de fecha 14 de noviembre del ano 2003, el citado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad en fase terminal, sugiriendo el derecho de MORDAZA humanitaria por ser MORDAZA con pronostico reservado; diagnostico corroborado con el Acta de Junta Medica Nº 069-2004-INPE-JASP de fecha 29 de MORDAZA del presente ano; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su articulo 139º inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades terminales, la continuidad de la ejecucion de la pena y prision pierde todo sentido juridico y moral; Que el caso del referido interno por sus condiciones personales y su avanzado estado de salud, se adecua a los requerimientos del derecho de MORDAZA humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en los documentos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder DERECHO DE MORDAZA por razones humanitarias a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario del Callao - Lima.

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