Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2004 (29/05/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 269327

blicacion de la presente Resolucion Ministerial, asi como el pago del canon. Registrese, comuniquese y publiquese.

contrato la solicitante debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, por publicacion de la presente Resolucion Ministerial, asi como el pago del canon. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10216

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10217

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 410-2004-MTC/03 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2004 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2004-001616 por la empresa GEO SUPPLY PERU S.A.C., para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico Movil de Datos Maritimo por Satelite; CONSIDERANDO:

Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 411-2004-MTC/02 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO:

Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los teleservicios o servicios finales se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 50º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los teleservicios publicos se encuentra el Servicio Movil de Datos Maritimo por Satelite; Que, mediante Informe Nº 139-2004-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico Movil de Datos Maritimo por Satelite, es procedente la solicitud formulada por la empresa GEO SUPPLY PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa GEO SUPPLY PERU S.A.C., concesion para la prestacion del servicio publico Movil de Datos Maritimo por Satelite por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el mar peruano. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa GEO SUPPLY PERU S.A.C., para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veintidos (22) clausulas y un (01) anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion del

Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del Sector que corresponda, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la MORDAZA citada en el considerando anterior dispone como una de las competencias de la Direccion General de Aeronautica Civil, adoptar todas las medidas necesarias para que las actividades aeronauticas MORDAZA seguras, para cuyo efecto es indispensable contar con Inspectores debidamente capacitados para el chequeo de las tripulaciones de los operadores certificados, en prevencion de actos que atenten contra la seguridad de las actividades aeronauticas en nuestro MORDAZA, materia que requiere de permanente capacitacion dada su alta especializacion; Que, durante los dias 31 de MORDAZA y 1º de junio del 2004 se llevara a cabo el curso denominado Pruebas de Hidrostatica, en las instalaciones de AVIANCA-Alianza Summa, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia; Que, segun los terminos del Informe Nº 024-2004-MTC/ 12.04, de la Direccion de Seguridad Aerea, dicho curso permitira capacitar a los Inspectores en los procedimientos y estandares aeronauticos requeridos para la certificacion y vigilancia de las organizaciones nacionales que realizan pruebas hidrostaticas a las botellas de presion (cilindros de oxigeno, extintores, entre otros) utilizadas e instaladas en las aeronaves operadas por los explotadores aereos en el Peru, a fin de garantizar el desarrollo de actividades aeronauticas eficientes y seguras; Que, en tal sentido, la Direccion General de Aeronautica Civil ha designado a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Rubio MORDAZA, Jefe del Departamento de Normatividad y Jefe de Talleres Aeronauticos de la Direccion de Seguridad Aerea de la citada Direccion General, respectivamente, para participar en el curso MORDAZA referido, considerando que dicha capacitacion resulta indispensable para garantizar el cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, el gasto que irrogue el viaje de los mencionados inspectores para participar en el referido curso sera financiado en el MORDAZA del Convenio de Gestion de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional-OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Beca Int. Nº 014-04-2004, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27791, Nº 27619 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.