Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2004 (29/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2004

De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del 2001, que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, y lo dispuesto en el articulo 24º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DAR POR CONCLUIDA, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Subprefecto en la provincia de Alto Amazonas en el departamento de Loreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 10094

Imponen multa a diversas empresas de seguridad por infringir el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 000011/2004-IN-1704 MORDAZA, 5 de enero de 2004 Visto, el expediente con Registro Nº 427301 del 13.OCT.2003; sobre la inspeccion inopinada efectuada por la Direccion de Control Operativo de la DICSCAMEC, dando cuenta que la empresa MORDAZA SEGURIDAD, no se encuentra Autorizado para prestar Servicios de Seguridad Privada, infringiendo el Reglamento Servicios de Seguridad Privada; CONSIDERANDO: Que, los Arts. 67º, 88º y 95º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, aprobado por D.S. Nº 005-IN94 del 9.MAY.94, modificado con D.S. Nº 006-94-IN del 22.JUL.94, establecen obligaciones para los representantes legales, asi como las sanciones en caso de infraccion; Que, a merito de la inspeccion inopinada efectuada el 10.OCT.2003 por personal de Direccion de Control Operativo de la DICSCAMEC, dando cuenta que la empresa MORDAZA SEGURIDAD, viene funcionando como empresa de vigilancia privada sin contar con la debida autorizacion de la DICSCAMEC, empleando al Sr. MORDAZA MORDAZA ALATRISTA, quien se encontraba prestando servicios de seguridad privada en la Cdra. 6 de la Av. MORDAZA - La MORDAZA, sin contar con el respectivo carne de identidad expedido por la DICSCAMEC; Que, con Oficio Nº 19036-2003-IN-1704 del 22.OCT.2003, se comunico el inicio de un MORDAZA administrativo contra la empresa MORDAZA SEGURIDAD por infraccion al Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, otorgandosele cinco (5) dias para que presente sus descargos, y a pesar del tiempo transcurrido no ha presentado sus descargos pertinentes; Que, de la inspeccion efectuada y de la documentacion adjunta se desprende que la empresa MORDAZA SEGURIDAD, ha infringido el Art. 90º Inc. a), del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada; De conformidad a los Articulos 93º inciso b) y 95º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, las multas son impuestas segun la gravedad de la infraccion y se aplicaran de conformidad a la escala establecida; y, Estando a lo informado por la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, mediante Informe Nº 14592003-IN-1704/1 del 29.DIC.2003; y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC, mediante Dictamen Nº 2433-2003-IN-1706 del 25.NOV.2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer multa de UNA Y MEDIA (1.5) UIT a la empresa MORDAZA SEGURIDAD, por infraccion al Art. 90º Inc. a) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, en concordancia con lo establecido en el Articulo 95º de la citada norma. Articulo 2º.- Conforme a lo dispuesto en el Art. 99º del acotado Reglamento, la empresa infractora, debera depositar el importe de la multa dentro del termino improrrogable de quince (15) dias en el Banco de la Nacion - Via Teleproceso en el Rubro "MULTA DICSCAMEC" - Tributo Nº 02100, debiendo remitir la boleta de empoce a la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada de la DICSCAMEC, para su registro, en caso de incumplimiento se solicitara al procurador la cobranza respectiva. Articulo 3º.- Esta Direccion General DICSCAMEC, exhorta a su representada abstenerse de ofrecer, prestar y/o desarrollar servicios de seguridad privada asi como contratar personal para dicho fin, sin que previamente obtenga la respectiva autorizacion de funcionamiento. Registrese, comuniquese y archivese.

Designan representante del ministerio e integrante del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado (FEDADOI)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0970-2004-IN MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 122-2001 se crea el Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado (FEDADOI), cuyo Articulo 2º establece que estara integrado por un Representante de los Ministerios de Justicia, Interior y Economia y Finanzas, designados mediante Resolucion Ministerial de sus respectivos Sectores; Que, se encuentra vacante la representacion del Ministerio del Interior ante el FEDADOI, por lo que es necesario designar al Funcionario del Sector que integrara el Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado; De conformidad con lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, concordante con la Ley Organica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370 y lo dispuesto en la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos - Ley Nº 27594, concordante con el Decreto de Urgencia Nº 122-2001 modificado por los Decretos de Urgencia Nº 125-2001, Nº 139-2001 y Nº 025-2002; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 1332-2003-IN de fecha 6 de agosto del 2003. Articulo 2º.- Designar al senor CPC MORDAZA VELASCO MORDAZA, como Representante del Ministerio del Interior e integrante del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado (FEDADOI), para los fines a que se contrae el Decreto de Urgencia Nº 122-2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 10089

MORDAZA MORDAZA DEMARTINI MORDAZA Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil 10095

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