Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2004 (18/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, lunes 18 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES PROYECTO

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cion directa dentro del tope MORDAZA fijado por el OSINERG, en base a la propuesta presentada por el Concesionario. El mismo articulo 118º senala que el mantenimiento de la Acometida sera de cargo del Consumidor y debera realizarse en periodos quinquenales por parte del Concesionario. Asimismo, se dispone, que el Concesionario publicara una lista actualizada de los precios unitarios de los componentes que intervienen en la Acometida. La Resolucion OSINERG Nº 097-2004-OS/CD publicada el 26 de MORDAZA 2004, fija las tarifas de las "Otras Redes" de Distribucion de MORDAZA y Callao, y establece en su articulo 4º, los Topes Maximos por la Acometida aplicados a las Categorias de Consumidor A y B. En el caso de las Categorias C y D, dicha resolucion dispone que el Concesionario presentara al OSINERG la lista de componentes que conformaran las Acometidas, de acuerdo a lo senalado en el articulo 118º del Reglamento, hasta 2 meses posteriores a la publicacion de dicha MORDAZA, de tal forma que el OSINERG defina y autorice los montos maximos. El Concesionario de Distribucion de gas natural por red de ductos GNLC, con carta GC.GNLC.04.105 del 23 de MORDAZA del 2004 y dentro del plazo previsto presenta para aprobacion de OSINERG su propuesta que contiene: la lista de componentes que conforman las Acometidas de la categorias C y D, el costo de inspeccion y habilitacion de las instalaciones internas. Corresponde al OSINERG analizar la propuesta del Concesionario y definir y aprobar los Topes Maximos de los componentes que conforman las Acometidas de las categorias de consumidor C y D. Ademas para todas las categorias es responsabilidad del OSINERG regular el costo de mantenimiento. La aprobacion y definicion de los Topes Maximos de los componentes que conforman las Acometidas, se encuentra condicionada a la entrada en vigencia de la Resolucion Nº 097-2004-OS/CD, esto es, si el Estado Peruano y el concesionario modifican expresamente el Anexo 15 del Contrato BOOT de Concesion de la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao (y clausulas vinculadas) en el que se incluye como parte de dicho contrato la Tarifa de Otras Redes Inicial aprobada por la Resolucion de la Comision de Tarifas de Energia Nº 014-99-P/CTE; de conformidad con el Articulo 13º de la Resolucion Nº 097-2004-OS/CD; PROYECTO DE MORDAZA Precios Maximos y Costos de Mantenimiento de Acometidas Articulo 1º.- Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion al calculo de los Precios Maximos de las acometidas de categorias de usuario C y D, asi como de los costos de mantenimiento, correspondientes a la Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao. Articulo 2º.- Objeto El presente proyecto de MORDAZA tiene por objeto fijar los Topes Maximos de los componentes de las Acometidas y su costo de mantenimiento, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 118º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Redes de Ductos, aprobado mediante D.S. Nº 042-99-EM, en adelante el Reglamento, aplicable a la Concesion de Distribucion de MORDAZA y Callao. Articulo 3º.- Fijacion de los Topes Maximos por la Acometida (TMA) para Categorias de Consumidores C y D Fijese los Topes Maximos por la Acometida (TMA) y sus componentes que la conforman, para las Categorias C y D, para los Consumidores de la Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos para MORDAZA y Callao (aplicable a Otras Redes), de acuerdo a lo senalado en el Articulo 118º del Reglamento, la misma que se aplicara con las formulas de actualizacion que se indican en el Articulo 8º de la Resolucion OSINERG Nº 097-2004-OS/CD. Los Topes Maximos por la Acometida (TMA), expresados en Dolares Americanos (US$) a ser pagado por los Consumidores, de acuerdo con las opciones comer-

ciales disenadas por el Concesionario y aprobados por el OSINERG, segun lo senalado en el Articulo 118º del Reglamento, se dividen en: Tope MORDAZA 1 (TMA1) que comprende los componentes de la Estacion de Regulacion y medicion y Tope MORDAZA 2 (TMA2) que comprende los componentes de la Tuberia de Conexion, de acuerdo a lo indicado en los siguientes cuadros: El Tope MORDAZA 1 (TMA1) el cual incluye los componentes de la Estacion de Regulacion y Medicion (ERM y los costos de sus componentes, se presentan por Estacion MORDAZA, en dolares americanos, en funcion al caudal MORDAZA de cada una de ellas:
TMA1 = Costos de ERM y Componentes para Categorias C y D, expresado en US$ Esta- Caudal cion Max. MORDAZA I1 I2 I3 I4 I5 I6 I7 I8 m3/h 200 320 400 500 500 800 1,300 3,200 Estacion Medidor Corrector 10,200 1,500 1,800 10,200 1,500 1,800 10,600 2,000 1,800 11,200 2,000 1,800 11,700 2,000 1,800 11,700 2,700 1,800 16,000 3,900 1,800 25,200 5,900 1,800 Subtotal ERM 13,500 13,500 14,400 15,000 15,500 16,200 21,700 32,900 2,100 15,600 3,200 18,800 2,100 15,600 3,200 18,800 2,200 16,600 3,200 19,800 2,300 17,300 3,200 20,500 2,400 17,900 3,500 21,400 2,500 18,700 3,500 22,200 3,300 25,000 4,000 29,000 5,000 37,900 4,500 42,400 Nacionaliz. Total ERM Instal ERM Total TMA 1

El Tope MORDAZA 2 (TMA2) de la conexion el cual comprende la tuberia de conexion entre la Red del Distribucion y la ERM y el costo de sus componentes, se expresa en dolares americanos, como sigue: Diametro Tuberia acero) (pulg 2" 3" TMA 2 (US$/m) Media Presion (19 bar) 65.5 81.5 (1) Baja Presion (10 bar) 58.0 67.5

Donde: TMA = TMA1 + TMA2

Articulo 4º.- Fijacion de los Cargos Maximos de mantenimiento de las acometidas Fijese los Cargos Maximos de Mantenimiento de la Acometida (CMMA), para los Consumidores de la Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos para MORDAZA y Callao (aplicable a Otras Redes), de acuerdo a lo senalado en el Articulo 118º del Reglamento, que establece que el mantenimiento de la Acometida sera de cargo del Consumidor y debera realizarse en periodos quinquenales por parte del Concesionario. Se establece un cargo quinquenal, en concordancia con lo senalado en el Reglamento y como se aprecia en el siguiente cuadro: Cargo Quinquenal por Cliente en US$ Categorias Cargo Quinquenal AyB 10.82 CyD 196.9 Articulo 5º.- Tarifas y cargos Aplicables en Moneda Nacional Los Topes Maximos y cargos aplicables, definidos en el Articulos 3º, 4º y 5º anteriores seran convertidos a moneda nacional considerando el MORDAZA de Cambio (TC) definido en el Articulo 8º de la Resolucion OSINERG Nº 097-2004-OS/CD. Articulo 6º.- Vigencia de la MORDAZA La presente MORDAZA entrara en vigencia, al dia siguiente de entrar en vigencia la Resolucion Nº 097-2004-OS/ CD, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Articulo 13º de la referida resolucion. 18687

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