Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2005 (27/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Autorizan a procurador interponer acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica y la administracion de justicia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0340-2005-ED
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2005 Visto, el Oficio Nº 1729-2004-PP/ED del Procurador Publico del Estado Encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Exp. Nº 51927-2004 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1729-2004-PP/ED, el Procurador Publico del Sector Educacion solicita a este Ministerio se emita la Resolucion Autoritativa para interponer las acciones judiciales contra MORDAZA Yumico MORDAZA Banda y Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad Falsificacion de Documentos en General, en agravio del Estado, ilicito previsto y penado en el Art. 427º del Codigo Penal; Que, en virtud de la queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora del CEI 015 "Las Azucenas", por efectuar una propuesta de contrato a favor de MORDAZA Yumico MORDAZA Banda, Auxiliar en Educacion, sin la correspondiente Evaluacion y sin la intervencion de las demas integrantes de la Comision Especial de Evaluacion, el Organo de Control Institucional de la UGEL Nº 05, San MORDAZA de Lurigancho - El MORDAZA - OCI, luego de la investigacion de Ley elaboro el Informe Especial Nº 008-2004-OCI-UGEL.05-SJL.EA, que tiene la calidad de prueba preconstituida conforme a lo previsto en el inciso f) del Art. 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica;

Que, en relacion a los certificados de participacion presentados por MORDAZA Yumico MORDAZA Banda, para verificar la autenticidad de los certificados de Participacion en el Taller denominado "Diversificacion Curricular", en la modalidad de Educacion Especial y del "Seminario Taller de Contextualizacion de la Programacion Curricular", dirigido a Directores y Docentes del Nivel Inicial, correspondiente al ano 2001, la OCI oficio al Area de Gestion Pedagogica A.G.P. de la indicada UGEL Nº 05, la que mediante Informe Nº 013-AGP/EI-CEI-2001, de fecha 21 de MORDAZA de 2001, A.G.P. remitio la relacion de participantes en dichas capacitaciones, no figurando el nombre de MORDAZA Yumico MORDAZA Banda, presumiendose la falsificacion de los certificados presentados; Que, con respecto a la falsificacion de firmas en el Acta del Comite Especial de Evaluacion, debe tenerse en cuenta que fue la Directora del CEI 015 "Las Azucenas", Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien habria entregado a la USE Nº 05 la propuesta de contrato para Auxiliar en Educacion de MORDAZA Yumico MORDAZA Banda, adjuntando la respectiva Ficha de Evaluacion y Acta de Evaluacion, de fecha 14 de febrero de 2003, firmados aparentemente por los cuatro (4) integrantes del Comite Especial: las docentes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Aza H., la senora MORDAZA Luz Abao de MORDAZA y la Directora Tula MORDAZA MORDAZA Soto. Sin embargo, MORDAZA Luz Abao de MORDAZA ha negado la autenticidad de su firma, manifestando no haber participado de dicha Sesion, hecho que configuraria el delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica; Que, conforme a lo opinado en el Informe Nº 470-2005ME/SG-OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica de este Ministerio, es necesario la interposicion de las acciones legales pertinentes; De conformidad con el Art. 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667, concordado con la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica Nº 27785; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Encargado de los Asuntos del Ministerio de Educacion, interponer

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TRIBUNAL FISCAL
COMUNICADO - RECUROS DE QUEJA
El Tribunal Fiscal pone en conocimiento de las Administraciones Tributarias, de los contribuyentes y del publico en general, que mediante Acuerdo de Sala Plena Nº 2005-15 de fecha 10 de MORDAZA de 2005 ha convenido lo siguiente:

" Cuando el Tribunal Fiscal considere que los expedientes de queja no contienen informacion suficiente para emitir un fallo definitivo, solicitara la informacion faltante a la Administracion quejada y/o al quejoso cinendose al siguiente procedimiento: 1. La informacion faltante se solicita mediante un proveido y/o Resolucion MORDAZA proveido dirigido a la Administracion y/ o al quejoso, otorgando para ello los siguientes plazos:
- Para la Administracion: siete (7) dias, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del articulo 132º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, pudiendo prorrogarse por tres dias cuando se requiera el traslado fuera de su sede o la asistencia de terceros. - Para el quejoso: diez (10) dias, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del articulo 132º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444.

2. Vencido el plazo otorgado, el Tribunal Fiscal resuelve el expediente mediante una Resolucion, aun cuando no exista respuesta o la misma sea incompleta. 3. En el caso que el quejoso presente un MORDAZA recurso de queja debido a que la Administracion no cumple con lo resuelto por esta instancia, se emite una Resolucion MORDAZA proveido solicitando a la Administracion que informe las razones por las cuales no ha dado cumplimiento a lo ordenado, bajo apercibimiento de dar cuenta del incumplimiento al Procurador del Ministerio de Economia y Finanzas para que formule la denuncia penal correspondiente. En este caso, se otorgara el plazo de siete (7) dias senalado en el acapite 1 del presente. 4. Vencido el citado plazo se emite una Resolucion que resuelve el expediente y, en caso de no haberse obtenido la respuesta solicitada se cursa oficio al Procurador del Ministerio de Economia y Finanzas, dando cuenta de la omision incurrida."

MORDAZA, MORDAZA de 2005
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