Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2005 (27/05/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

Pag. 293364

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2005

Visto, el Informe Tecnico Nº 10-2005-PRODUCE/OGDPE-Opr, de fecha 19 de MORDAZA de 2005 de la Oficina de Planeamiento y Racionalizacion de la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 011-2002-PRODUCE, de fecha 4 de diciembre de 2002, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de la Produccion; Que, a traves de las Leyes Nºs. 27452, 27487, 27586, 27803 y 28299; se emitieron normas para la revision e implementacion de medidas para la reincorporacion de los ex trabajadores de la Administracion Publica que fueron cesados irregularmente; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 059-2003-TR, del 27 de marzo del 2003, se publico la MORDAZA lista de ex trabajadores calificados como cesados irregularmente, habiendo el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante Oficio Nº 325-2004-MTPE/DVMT, de fecha 16 de MORDAZA de 2004, comunicado al Ministerio de la Produccion que son 22 ex trabajadores del ex Ministerio de Pesqueria los que han optado por la reincorporacion. Asimismo, el Director de la Oficina de Personal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a traves del Oficio Nº 077-2004-MINCETUR/SG-OGA-OP, informa sobre 2 ex trabajadores comprendidos en la Ley Nº 27847 e incursos en los ceses colectivos, pertenecientes al Viceministerio de Industria del Ex Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, que se encuentran en la misma situacion; Que, la Resolucion Suprema Nº 034-2004-TR, del 2 de octubre de 2004, aprobo la tercera lista de ex trabajadores calificados como cesados irregularmente, habiendo el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante Oficio Nº 129-2005-MTPE/DVMT, de fecha 12 de enero de 2005, comunicado al Ministerio de la Produccion que son 10 ex trabajadores del ex Ministerio de Pesqueria, los que han optado por la reincorporacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 362-2004PRODUCE, de fecha 11 de noviembre de 2004 y Resolucion Ministerial Nº 040-2005-PRODUCE, de fecha 16 de febrero de 2005 se designaron las Comisiones de Alto Nivel encargadas de senalar las acciones necesarias a efectuar para reincorporar a 24 y 10 ex trabajadores cesados en forma irregular, respectivamente; Que, segun Informe Nº 001-2004-PRODUCE/CAN, de fecha 16 de diciembre de 2004, e Informe Nº 001-2005PRODUCE/CAN de fecha 11 de MORDAZA de 2005, las respectivas Comisiones de Alto Nivel determinaron que se encuentran aptos para ser reincorporados al Ministerio de la Produccion 33 ex trabajadores, correspondiendo treinta y dos (32) al ex Ministerio de Pesqueria y uno (1) al ex Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 462-2004-PRODUCE del 30 de diciembre de 2004 y Resolucion Ministerial Nº 128 -2005-PRODUCE del 20 de MORDAZA de 2005, se dispone reincorporar a 23 y 10 ex trabajadores cesados en forma irregular, respectivamente, una vez cumplidas las acciones administrativas de modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), del Presupuesto Analitico de Personal (PAP) y del Manual de Organizacion y Funciones (MOF), siempre y cuando exista el financiamiento correspondiente; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal -CAP- de las Entidades de la Administracion Publica, estableciendo en el articulo 13º que el reordenamiento de cargos podra aprobarse mediante Resolucion que corresponda al Titular de la Entidad; Que, con el objeto de proceder a la reincorporacion de los 33 ex trabajadores cesados irregularmente es pertinente efectuar el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP; De conformidad con lo propuesto en el Informe del visto y de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, modificado por Ley Nº 27779, Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y su modificatoria, y el Decreto Supremo Nº 0432004-PCM;

Con el visado de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Administracion y de Desarrollo y Planeamiento Estrategico; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de la Produccion, el mismo que consta de cinco (5) folios y es parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 09788

Modifican resolucion que declaro en reordenamiento acuicola MORDAZA comprendida entre Punta Aguja, Punta Nonura y Punta Falsa, provincia de Sechura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 132-2005-PRODUCE
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2005 Visto el Informe Tecnico Nº 28A-2004-PRODUCE/DNADm, el Oficio Nº 456-2005-PRODUCE/DNA del 3 de marzo del 2005 y el Oficio Nº 441-2005-PRODUCE/OGAJ del 3 de marzo del 2005. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 427-2003-PRODUCE de fecha 6 de noviembre del 2003, se resuelve declarar en reordenamiento acuicola la MORDAZA comprendida entre Punta Aguja, Punta Nonura y Punta Falsa, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, asi como se suspende la recepcion y tramitacion de las solicitudes de habilitacion, formularios de verificacion, certificados ambientales y de concesiones para desarrollar actividades de maricultura en tanto duren las actividades de Ordenamiento Acuicola que implementara la Direccion Nacional de Acuicultura como resultado de las recomendaciones que para tal efecto emita una Comision Multisectorial; Que habiendose iniciado un MORDAZA de concertacion directo con los diferentes agentes productivos de la actividad acuicola y artesanal localizados entre Punta Aguja, Punta Nonura y Punta Falsa, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, llegandose a establecer acuerdos conforme a lo senalado en las Actas de Reunion de Trabajo de fechas 11 de noviembre y 3 de diciembre del 2004, respectivamente, suscritas en la MORDAZA de MORDAZA por representantes del Gobierno Regional de MORDAZA, Direccion Nacional de Acuicultura del Ministerio de la Produccion, Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y organizaciones vinculadas a las actividades acuicola y de pesca artesanal de la MORDAZA, se hace necesario la conformacion de un Comite Especial, a fin de revisar y evaluar las solicitudes materia de la suspension determinada mediante el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 427-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura y con la conformidad de la Oficina General de Asesoria Juridica; De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 030-2001-PE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 427-2003-PRODUCE del 6 de noviembre del 2003, en los siguientes terminos: "Articulo 2º.- Suspender a partir de la publicacion de la presente Resolucion, la recepcion y tramitacion de las solicitudes de habilitacion, formularios de verificacion, certifi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.