Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2005 (27/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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es corroborada por la Unidad de Informatica y Estadistica de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion en el Informe Nº 0022-2005-IN-1601/UNIE-JAA de 31 de marzo de 2005 al senalar: "Se informa tambien que el sistema informatico de Control Migratorio en la fecha indicada no registraba auditoria de las consultas realizadas sobre movimientos migratorios y tampoco sobre pasaportes consultados"; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) despues de examinar todos los actuados, cumplir todas las etapas y procedimientos establecidos dentro de un MORDAZA regular y que el servidor MORDAZA MORDAZA Fernandini MORDAZA ejerciendo su derecho a la legitima defensa ha desvirtuado los cargos materia del presente MORDAZA Administrativo Disciplinario, por unanimidad, ha recomendado al senor Ministro del Interior le absuelva de los cargos imputados debiendo expedirse la correspondiente Resolucion Ministerial; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276, y lo dispuesto en el articulo 170º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en el Decreto Supremo Nº 027-2005PCM de 2 de MORDAZA de 2005 y en el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Absolver, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, al servidor MORDAZA MORDAZA Fernandini MORDAZA, identificado con DNI Nº 07217107, Inspector de Migraciones I - SPD de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion de los cargos imputados y que fueron materia del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado a merito de la Resolucion Ministerial Nº 0270-2005-IN/0901 de 15 de febrero de 2005. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal inserte MORDAZA de la presente Resolucion en el Legajo Personal del mencionado servidor y proceda a archivar los actuados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 09826

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presunto responsable de ocasionar perjuicio economico al CAFAE - MININTER
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1129-2005-IN-CAFAE
MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2005 VISTO, el Informe Nº 012-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD "Auditoria a la Informacion Financiera del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del Ministerio del Interior correspondiente al ano 2003"; emitido por el Organo de Control Institucional del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento al Plan Anual de Control del ano 2004, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 0542004-CG, el Organo de Control Institucional del Ministerio del Interior llevo a cabo la accion de control cuya naturaleza fue la de una Auditoria a la Informacion Financiera del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo - CAFAE, correspondiente al ano 2003, con el objetivo de evaluar el funcionamiento y efectividad de la estructura y sistema de control interno implementados por el CAFAE, que asegurasen una adecuada administracion de las transferencias de fondos y su ejecucion, en concordancia con las normas tecnicas de control interno y los dispositivos legales vigentes;

Que, luego de la revision efectuada a los comprobantes de pago emitidos y pagados por el CAFAE - MININTER en el ano 2003, el Organo de Control Institucional observo el pago de S/. 8,550.00 (Ocho Mil Quinientos Cincuenta y 00/ 100 Nuevos Soles) efectuado a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presento la Factura Nº 002-000086 del 13.11.03, consignando el nombre comercial "Taller de Carpinteria Garcia", RUC Nº 20336659541 y domicilio fiscal en Ampliacion MORDAZA MORDAZA, Mz. Z, Lote 13 - Punta MORDAZA, determinandose, luego de efectuada la consulta a la SUNAT, que el RUC consignado en la factura presentada, correspondia a la empresa "La Casita del MORDAZA S.A.C." con domicilio fiscal en Av. Prolongacion MORDAZA MORDAZA - La MORDAZA (Observacion Nº 3); Que, el pago realizado a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se efectuo con los Cheques Nºs. 115344425 del 6.11.03 por S/. 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), voucher 04-110002, y 13101443 del 11.12.03 por S/. 4,050.00 (Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), voucher 10-120004, quedando acreditado el desembolso efectuado por la Entidad; Que, asimismo, en el registro de ventas del mes de noviembre de 2003, el CAFAE MININTER considero de la Factura Nº 002-000086, credito fiscal del IGV por S/. 1,365.13 (Mil Trescientos Sesenticinco y 13/100 Nuevos Soles); Que, el Informe Nº 012-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD concluye que la Factura Nº 002-000086 de fecha 13.11.03 por S/. 8,550.00 (Ocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, registra un numero de RUC que pertenece a "La Casita del MORDAZA S.A.C.", lo que hace que dicha factura no sea confiable, y en consecuencia, no sea sustento del gasto efectuado (Conclusion Nº 3), recomendando que el Comite Directivo disponga las acciones administrativas y/o legales pertinentes respecto al Comprobante de Pago presentado (Recomendacion Nº 3); Que, el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del MININTER, por intermedio de su Presidente, curso al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Carta Notarial Nº 003702-04 de fecha 27.7.04, recibida el dia 4.8.04, mediante la cual se le solicito la entrega de S/. 8,550.00 (Ocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), en un plazo de 72 horas, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones legales pertinentes; manifestando con Carta de fecha 9.8.04, no encontrarse en la capacidad de devolver la suma indicada y que su representada arreglaria con la SUNAT, en cuanto correspondia a la Factura Nº 002000086 que se le imputaba como falsa; Que, los hechos descritos denotan el perjuicio economico del que habria sido objeto el CAFAE-MININTER y la existencia de indicios de la supuesta comision de ilicitos penales en agravio del Estado, al haber presentado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como sustento de pago, una Factura cuyo RUC correspondia a otra razon social, teniendo el agravante de una contingencia frente a la SUNAT, por el uso del credito fiscal de S/. 1,365.00 (Mil Trescientos Sesenticinco y 00/100 Nuevos Soles), por lo que, deviene en necesaria la intervencion del organo de defensa judicial del Sector; Que, estando a lo recomendado por el Organo de Control Institucional, a lo solicitado por el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del MININTER y a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Art. 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y a lo establecido en el Art. 5º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para el inicio de las acciones judiciales contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA conforme se desprende del Informe Nº 012-2004-2-0282IN/OCI.OAI.AUD. Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente resolucion, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 09827

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