Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2005 (27/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2005

Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad en lo referente a la Subgerencia del Desarrollo Social
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017
Ate, 12 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 075-05-SGDS-GPC/MDA de la Subgerencia del Desarrollo Social; el Informe Nº 219-05GP/MDA de la Gerencia de Planificacion; el Informe Nº 1057-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos y el Proveido Nº 1683-05-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 075-05-SGDS-GPC/MDA la Subgerencia del Desarrollo Social, senala que segun los codigos Nºs. 9340, 9341 y 9342 el pago por derecho de credenciales es la suma de S/. 6.27 Nuevos Soles, cuando debe indicar pago por derecho de folder, ademas debo de informarle que el ano 2004 se cobraba S/. 1.00 (Un MORDAZA Sol) por cada credencial y S/. 5.00 por derecho de Folder; Que, mediante Informe Nº 219-05-GP/MDA la Gerencia de Planificacion senala que habiendo revisado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Nº 051-MDA de fecha 15 de marzo del 2004, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26 de marzo del 2004 y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General que en su articulo 38º numeral 38.5 establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitacion o requisitos se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de MORDAZA equivalente o Decreto de Alcaldia o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de Gobierno respectivo; Que, la Gerencia de Planificacion propone se desagregue el pago por derecho de credencial quedando establecido de la siguiente manera:

- Representante Legal o MORDAZA Pago por derecho: Representante S/. 6.27 (0.19% UIT) - Demas Miembros Directivos Pago por derecho: S/. 1.00 (0.03% UIT)

Que, mediante Informe Nº 1057-05-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Juridicos senala que el articulo 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que una vez aprobado el MORDAZA toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de la tramitacion o requisitos se debe realizar por Decreto de Alcaldia; Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es procedente la modificacion solicitada por la Gerencia de Planificacion debiendo emitirse el Decreto de Alcaldia pertinente; Que, mediante Proveido Nº 1683-05-GGM/MDA el Gerente General Municipal indica que se proyecte el Decreto de Alcaldia pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6), del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICAR, el MORDAZA referente a la Subgerencia del Desarrollo Social, desagregando el pago por derecho de credencial quedando establecido de la siguiente manera:
- Representante Legal o MORDAZA Pago por derecho: Representante S/. 6.27 (0.19% UIT). - Demas Miembros Directivos Pago por derecho: S/. 1.00 (0.03 UIT).

Articulo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Participacion Ciudadana, Subgerencia del Desarrollo Social y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

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DIARIO OFICIAL
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REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

3. 4.

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