Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2005 (27/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Unidad ejecutora La implementacion y ejecucion de los Cursos de Preparacion para el Ascenso en la MORDAZA Judicial o Fiscal Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura se encuentran a cargo del Programa de Capacitacion para el Ascenso - PCA de la Academia de la Magistratura, organo de la Direccion Academica.

TITULO II MORDAZA DE ADMISION
Articulo 4º.- Inicio del Curso Los Cursos de Preparacion para el Ascenso en la MORDAZA Judicial o Fiscal al Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura se inician con la convocatoria realizada por la Academia de la Magistratura, publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Inscripciones Los senores miembros del Poder Judicial y/o del Ministerio Publico que perteneciendo a la MORDAZA judicial y/o fiscal y reuniendo los requisitos de ley deseen participar en el Curso de Preparacion para el Ascenso convocado por la Academia de la Magistratura, se inscribiran de conformidad con lo estipulado en la convocatoria publicada al efecto, siendo que a efectos de su incorporacion al Curso se regiran por lo establecido por el Reglamento de Admision. Articulo 6º.- Matricula Los postulantes que resulten admitidos al Curso efectuaran un pago por derecho de matricula, cuyo monto es aprobado por el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura. Son beneficiarios de una beca que cubre parcialmente los gastos academicos y administrativos del Curso. La Academia de la Magistratura no subvencionara los gastos de transporte, hospedaje, alimentacion o viaticos de los discentes que asistan al Curso.

b) Atender las tareas administrativas necesarias para la buena marcha de los Cursos. c) Coordinar en su localidad con los profesores, los aspectos relativos a la ejecucion del Curso, con sujecion a las instrucciones impartidas por la Subdireccion del PCA. d) Recibir las consultas, peticiones y reclamos de los discentes, resolviendo aquellas vinculadas con las materias delegadas por la Subdireccion del PCA. Los asuntos que el Coordinador Local eleve a la Subdireccion para su resolucion, deberan acompanarse de un informe que contenga una exposicion MORDAZA de los hechos y antecedentes, su opinion, conclusiones y las sugerencias correspondientes. e) Reportar a la Subdireccion del PCA las informaciones pertinentes conforme con lo previsto por el presente Reglamento. f) Las demas que le asigne la Subdireccion del PCA.

Capitulo 3 Del Responsable de Evaluaciones
Articulo 10º.- Del Responsable de Evaluaciones Los Cursos tendran un Responsable de Evaluaciones que dependera directamente de la Subdireccion del PCA. Articulo 11º.- Funciones Son funciones del Responsable de Evaluaciones: a) Sistematizar y procesar las evaluaciones que se verifiquen en el MORDAZA de ejecucion de los Cursos. b) Proyectar las comunicaciones, resoluciones y/o documentos que seran remitidos a docentes y discentes respecto de las evaluaciones. c) Consolidar los calificativos obtenidos por los discentes a lo largo de cada modulo tematico. d) Elaborar las Actas de Notas a ser publicitadas. e) Las demas que le asigne la Subdireccion del PCA.

TITULO IV DE LOS DOCENTES
Articulo 12º.- Regimen del docente Los profesores de los Cursos en cumplimiento de sus funciones, deben observar las mas exigentes normas de conducta etica, desempeno profesional, respeto a las opiniones y persona de los discentes sin perjuicio de la MORDAZA de catedra. Estan obligados a cumplir los Reglamentos de la Academia de la Magistratura y cuidaran su puntual asistencia a clases, la oportuna entrega de evaluaciones y/o calificaciones y demas disposiciones que imparta la Academia de la Magistratura por intermedio de las instancias correspondientes. Articulo 13º.- Deberes Son deberes de los docentes: a) Ejecutar la actividad lectiva que se le encomiende, con arreglo a lo previsto por el presente Reglamento y a lo previsto por el Diseno Pedagogico que sustenta el desarrollo de los Cursos. b) Presentar y desarrollar los contenidos tematicos conforme a los syllabus aprobados por el Programa. c) Emplear informacion actualizada. d) Desarrollar sus clases empleando la metodologia activa. e) Valerse de herramientas y recursos pedagogicos que faciliten y/o contengan un resumen de las ideas principales a ser abordadas en los talleres de trabajo. f) Evaluar a los discentes conforme al sistema establecido en el presente Reglamento. g) Otros dispuestos por la Subdireccion del Programa.

TITULO III DE LOS NIVELES DE DIRECCION Y COORDINACION Capitulo 1 Del Subdirector del Programa
Articulo 7º.- De la Subdireccion Corresponde a la Subdireccion del Programa de Capacitacion para el Ascenso, las funciones siguientes: a) Planificar, dirigir, coordinar y supervisar los Cursos de Preparacion para el Ascenso, en las sedes donde se realizan. b) Proponer los requerimientos financieros, materiales y humanos para la ejecucion de los Cursos de Preparacion para el Ascenso. c) Realizar el seguimiento permanente de la preparacion impartida, tanto en el ambito administrativo como pedagogico, debiendo efectuar los respectivos informes a la Direccion Academica. d) Organizar y supervisar el MORDAZA de admision, capacitacion, evaluacion y egreso de los discentes. e) Resolver los pedidos y solicitudes de los discentes, para lo cual esta facultado a delegar en las Coordinaciones Locales la resolucion de las solicitudes cuyo sentido no tenga alcance nacional. f) Las demas que le resulten propias a sus funciones y responsabilidad, a efectos de la adecuada ejecucion del Curso.

Capitulo 2 Del Coordinador Local
Articulo 8º.- Del Coordinador Local Los Cursos contaran con un Coordinador Local en la sede en que se desarrollen. En las sedes desconcentradas de la Academia de la Magistratura, los Coordinadores de Sede haran las veces de Coordinadores Locales. Articulo 9º.- Funciones Son funciones del Coordinador Local: a) Ejecutar los Cursos en el ambito de la localidad a su cargo, con observancia del calendario academico.

TITULO V DE LOS DISCENTES
Articulo 14º.- Derechos Son derechos de los discentes: a) Recibir una adecuada capacitacion acorde con el Diseno Pedagogico de los Cursos. b) Expresar libremente sus ideas, en el MORDAZA de los principios constitucionales. c) Estar informados de su record de asistencia y academico. d) Solicitar la recalificacion de las evaluaciones, de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento.

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