Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2005 (15/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA HENRRY MORDAZA CARREON o HENRRY MORDAZA CARREON o MORDAZA GENRRI MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA HENRRY MORDAZA CARREON o HENRRY MORDAZA CARREON o MORDAZA GENRRI MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19202

Que, realizada la verificacion documental correspondiente, se establece la presuncion que los ciudadanos citados en el considerando precedente, obtuvieron sus inscripciones en forma irregular, por cuanto en estas se insertaron declaraciones falsas, respecto a los datos personales de sus titulares, hechos que constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA EDACIA o MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA EDACIA o MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase.

RESOLUCION JEFATURAL Nº 960-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 4 de octubre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1326-2005-GP-SGDAC/RENIEC, los Informes Nºs. 151, 248 y 254-2004-2004-GP/SGDAC/ HYC RENIEC y el Informe Nº 1001-2005-GAJ/RENIEC de fecha 22 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA EDACIA o MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA, obtuvieron Inscripcion en el Registro Provisional de Identidad, acreditando su identidad con declaracion jurada de dos testigos calificados, respectivamente; Que, los referidos ciudadanos realizaron dichas inscripciones en el Registro Provisional de Identidad, el cual fue creado al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 837, pudiendo inscribirse en el mencionado Registro, aquellos ciudadanos que carecieran de un documento de identidad como consecuencia de la desaparicion, destruccion o inhabilitacion de los Libros de Actas de las Oficinas de Registros de Estado Civil por hechos fortuitos o actos delictivos vinculados a la accion subversiva. Asimismo, dicha MORDAZA establece que el mismo no es de aplicacion para aquellos ciudadanos inscritos en el Registro Electoral del Peru; Que, posteriormente los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA EDACIA o MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA ROLO MORDAZA MORDAZA, solicitaron irregularmente tramites de inscripcion y/o rectificacion, para lo cual adjuntaron como documentos sustentatorios declaracion jurada de dos testigos calificados y/o Partida de Nacimiento;

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19203

RESOLUCION JEFATURAL Nº 961-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 4 de octubre de 2005 VISTOS: Los Oficios Nº 743-2005/GP/RENIEC y Nº 11722005-GP/SGDAC/RENIEC, los Informes Nºs. 015, 071 y 540-2005-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el Informe Nº 1082-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de setiembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que en los anos 1984 y 1988, respectivamente, los ciudadanos identificados como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y CEVERINO MORDAZA MORDAZA, se presentaron ante el Registro y obtuvieron las Inscripciones Nº 17950854, Nº 25743991 y Nº 02753673; Que, posteriormente, los mismos ciudadanos precitados, se presentan nuevamente ante el Registro y obtienen de manera irregular una MORDAZA Inscripcion Nº 80603698, Nº 22520678 y Nº 02800523, respectivamente, declarando para tal efecto datos que no les corresponden, siendo que en el caso de la primera ciudadana esta vez se identifica como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORALES;

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