Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2005 (15/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2005

constituyendose la Municipalidad en actora de ello debido a su incidencia en el desarrollo economico social de la comuna; Que, mediante informe Nº 475 -2005 -JARM-GSAMMSJL, de fecha 12 de agosto del 2005 la Jefatura de Autorizaciones y Registros Municipales opina que se expida una Ordenanza Municipal que modifique el articulo 18º de la Ordenanza Nº 047 referido a la licencia provisional de funcionamiento. Que, en tal sentido es necesario adoptar las acciones pertinentes que permitan el cabal desarrollo de las funciones especificamente senaladas, mediante la modificacion del Reglamento que estipula los requisitos, procedimientos, condiciones tecnicas requeridas y disposiciones aplicables para el otorgamiento de Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento en el Distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 047 QUE REGLAMENTA LAS AUTORIZACIONES LICENCIAS MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y PROFESIONALES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo Unico.- Modifiquese el articulo 18º de la Ordenanza Nº 047 por el siguiente texto: Articulo 18º.- De los requisitos.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28015 y Decreto Supremo Nº 09-2003-TR son requisitos para obtener la Licencia Municipal de Apertura Provisional los siguientes: a) Solicitud de Declaracion Jurada, segun formato. b) Fotocopia Simple de Comprobante de Informacion Registrada o Ficha Ruc c ) Pago de los Derechos correspondientes. De conformidad con las normas senaladas, previo al otorgamiento de la Licencia Municipal de Apertura Provisional, la Jefatura de Autorizaciones y Registros Municipales verificara la conformidad de la zonificacion y compatibilidad de uso correspondiente. El procedimiento que se seguira durante el tramite de la Licencia Municipal de Apertura Provisional es el siguiente: - En el modulo de Autorizaciones de Funcionamiento de esta Corporacion se verificara que la actividad propuesta y el establecimiento donde se realizara la misma, cumplan con las condiciones establecidas en

la presente Ordenanza, en cuanto a la compatibilidad de uso con la zonificacion vigente, el cuadro de niveles operacionales y los criterios tecnicos reglamentarios. - De ser procedente se ingresaran los datos del solicitante al sistema, emitiendose el formato de solicitud de Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional. - Suscrita la solicitud se ingresara a traves de Gestion Documentaria del Modulo de Autorizaciones conjuntamente con los requisitos establecidos en el presente articulo y se procedera de acuerdo a los casos siguientes: a) Si el establecimiento se encuentra enmarcado dentro de los giros de Aprobacion automatica se procedera a: - Emitir la Licencia Municipal de Apertura Provisional para su suscripcion por el funcionario competente. - Entregar al Administrado la Licencia Municipal de Apertura Provisional con lo que concluye el procedimiento. b) Si el establecimiento se encuentra enmarcado dentro de los giros de fiscalizacion previa, la Jefatura de Autorizaciones y Registros Municipales, dentro de siete (7) dias habiles, en los que evaluara la documentacion presentada, el acondicionamiento y las condiciones minimas de seguridad del establecimiento (mediante inspecciones de oficio por parte de la Jefatura de Autorizaciones y Registros Municipales y de Seguridad Ciudadana respectivamente) y de no haber observaciones, procedera a: - Emitir la Licencia Municipal de Apertura Provisional para su suscripcion por el funcionario competente. - Entregar al administrado la Licencia Municipal de Apertura Provisional con lo que concluye el procedimiento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Modifiquese en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente de esta Corporacion el Procedimiento Licencia Municipal de Apertura Provisional que se detalla en el Anexo "A", que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ANEXO A ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 047
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO DERECHO DE PAGO CALIFICACION AUTO- EVALUACION MATICO PREVIA POSITIVO 1. Fotocopia simple del Comprobante de Informacion Registrada o ficha RUC. LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA PROVISIONAL Vigencia (1) ano BASE LEGAL: Ley Nº 28015 D.S. Nº 09-2003-TR Ord. Nº 47-MSJL 2. Declaracion Jurada Simple de ser pequena o mediana empresa. 3. Recibo de pago por Derecho de Tramite. Jefatura de Autorizaciones y Registros Municipales Gerencia de Servicios Administrativos Municipales NEGATIVO 1. Reconsideracion Gerencia de Servicios Administrativos Municipales Plazo de presentacion: 15 dias Plazo de Resolucion: 30 dias 2. Recurso de Apelacion: Gerente Municipal Plazo de presentacion: 15 dias Plazo de Resolucion: 30 dias DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA O RESUELVE RECURSO IMPUGNATIVO Y AUTORIDAD QUE RESUELVE



REQUISITOS

03

x S/. 84,00 2.54% UIT x

7 dias

19331

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