Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2005 (15/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2005

las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, el consultor y los profesionales responsables de la elaboracion del expediente tecnico para los fines de contratacion de una obra publica, como el area especializada de la entidad licitante que lo revisa, suscribiran todas las paginas del referido expediente tecnico en senal de conformidad y responsabilidad respecto a su calidad tecnica e integridad fisica, conforme a la MORDAZA Tecnica de Control 600-01 Del Expediente Tecnico, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG, de aplicacion obligatoria en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; Que, de la revision de las Bases y del Expediente Tecnico se aprecia que los folios que la conforman no se encuentran suscritos por los responsables de su elaboracion, revision y aprobacion, circunstancia que califica como causal de nulidad de oficio por contravenir una MORDAZA legal, por lo que amerita expedirse la Resolucion por el Titular de la Entidad que asi lo disponga y retrotrayendo hasta la etapa de la convocatoria realizada en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Con la visacion de la Gerencia General Regional y de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada y complementada por las Leyes Nºs. 27902, 28013 y 28161; Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO del MORDAZA de Seleccion - Licitacion Publica Nacional Nº 0002-2005-GRT para seleccionar a la Empresa Consultora o Consorcio que se encargara de la ejecucion de la Obra "Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Tacna Tarata Candarave Umalso -Tramo Km 57+000 al Km 72+000", hasta la etapa de Convocatoria. Articulo Segundo.- RETROTRAER el referido MORDAZA de Seleccion hasta la etapa de Convocatoria, debiendo el Comite Especial proceder como corresponda respecto a la subsanacion de la causal que motiva la presente Resolucion para continuar con el tramite del proceso. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes de su expedicion, asi como la publicacion respectiva en el SEACE. Articulo Cuarto.- NOTIFIQUESE con la presente Resolucion al Comite Especial, a los postores participantes en el MORDAZA de Seleccion citado y a las Dependencias respectivas del Gobierno Regional de Tacna. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 19304

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de octubre del ano en curso el Oficio Nº 001-090-00002828 e Informe Nº 004-082-00000330, emitidos por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, que adjunta el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 181-CDLO, modificada por las Ordenanzas Nº 184-CDLO; Nº 193CDLO y Nº 208-CDLO, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, aprueban los derechos (tributos) por los procedimientos administrativos que brindan; asi como los documentos sustentatorios correspondientes. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, es importante precisar que la Ley del Procedimiento Administrativo General, considera a los MORDAZA como documentos recopiladores de procedimientos, requisitos o derechos de las entidades de la Administracion Publica que hayan sido previamente creados por otras normas y, por tanto, no constituyen instrumentos legales idoneos para la creacion de tributos. Siendo ello asi, en sentido estricto no corresponde la ratificacion de los MORDAZA por parte de la Municipalidad Provincial, sino los derechos que dicho documento contiene. Que, en atencion a ello y en cumplimiento a los requerimientos efectuados por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT para que la Ordenanza Nº 181-CDLO expresara tambien la aprobacion de los derechos contenidos en el MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 201-CDLO, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 20.03.2005, la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA preciso que mediante las Ordenanzas Nos. 181-CDLO, 184-CDLO y 193-CDLO, se cumplio tambien con aprobar las tasas o derechos (tributos) por los procedimientos administrativos que cada una de las referidas normas aprueban. Que, asimismo en relacion a Ordenanzas municipales que modificaron la Ordenanza Nº 181-CDLO, cabe mencionar que algunas de ellas dispusieron la inclusion de nuevos derechos, asi como tambien la modificacion de otros tantos; todo ello conforme se senala a continuacion: - Mediante la Ordenanza Nº 184-CDLO sobre tenencia, proteccion y control de canes en el distrito, se aprobaron los derechos de tramite por concepto de "registro de can", "licencia para la tenencia de canes potencialmente peligrosos", "autorizacion de funcionamiento para centros de adiestramiento de canes" y "autorizacion de funcionamiento de locales destinados a comercializacion de canes"; los mismos que por disposicion expresa fueron incorporados al MORDAZA de la Municipalidad. - Conforme lo dispuesto en los articulo 8º y 11º de la Ordenanza Nº 193-CDLO sobre uso de elementos de seguridad, vigilancia y control en el distrito de Los MORDAZA, se dispuso la aprobacion del derecho de tramite por el procedimiento de "autorizacion y/o renovacion de autorizacion para la instalacion de elementos de seguridad en el distrito de Los Olivos". Al igual que en el caso anterior se dispuso tambien la modificacion del MORDAZA, incluyendo los derechos MORDAZA mencionados. - Finalmente, mediante la Ordenanza Nº 208-CDLO, la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA efectuo la actualizacion e inclusion de los derechos de tramite por los procedimientos administrativos establecidos en las Ordenanzas Nos. 181-CDLO; 184-CDLO y 193-CDLO en un solo texto; disponiendo, ademas la modificacion de los montos de los derechos de tramite por diversos procedimientos administrativos, recogiendo de ese modo las observaciones tecnicas y legales que efectuara el Servicio de Administracion Tributaria-SAT con motivo de la devolucion de la solicitud de ratificacion inicial. - Cabe mencionar que la referida Ordenanza Nº 208CDLO recoge la version final del listado de los derechos por los procedimientos administrativos establecidos por la referida Municipalidad, motivo por el cual el analisis legal se efectuara respecto de su contenido. Que, el analisis que el Servicio de Administracion Tributaria - SAT efectua, comprende el aspecto juridico de los derechos por los procedimientos establecidos.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican 126 derechos establecidos en 78 procedimientos administrativos del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 331 MORDAZA, 27 de octubre de 2005

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