Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2005 (15/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2005

1.10. Gastos en asesorias, consultorias y auditorias. Los gastos por concepto de asesorias, consultorias y auditorias se ejecutaran en un MORDAZA de austeridad y racionalidad, siempre que el servicio no pueda ser realizado por el personal de las Empresas o requiera de un alto grado de especializacion tecnica. En el caso especifico de consultorias, se orientaran de manera prioritaria a ejecutar gastos para la revision y/o elaboracion de los procesos de gestion y costeo por actividades que permitan una mejor gestion operativa economica y financiera de las Empresas. La contratacion de estos servicios pueden ser incluidos en un Plan de Compras Consolidadas a consideracion e iniciativa de FONAFE o de un grupo de Empresas. La contratacion de auditorias externas se realizara de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control.

del Acuerdo de Directorio autoritativo, un informe ejecutivo sustentatorio de la modificacion aprobada y los formatos que resulten afectados, obtenidos del Sistema de Informacion. Los Acuerdos de Directorio de Modificacion Presupuestal deberan considerar en su aprobacion el modelo que se incluye en el Anexo 3. 2.5 Cualquier cambio en el Plan operativo que genere una modificacion presupuestaria debera ser aprobado por el Directorio de la Empresa y remitido a FONAFE junto con la evaluacion presupuestaria del mes en el cual se aprobo la modificacion. 2.6 FONAFE, por Acuerdo de su Directorio, puede aprobar modificaciones de los Presupuestos de las Empresas bajo su ambito, cuando lo considere pertinente para mantener o mejorar el Resultado Economico y Resultado Primario Consolidado.

CAPITULO 3 DE LA EVALUACION FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA
3.1. Evaluacion Mensual. Las Empresas deberan remitir mensualmente a FONAFE, la siguiente informacion: 1) Formatos (del Anexo 1) Balance General (Formato 2E) Estado de Ganancias y Perdidas (Formato 3E) Presupuesto de ingresos y egresos (Formato 4E) Flujo de MORDAZA proyectado (Formato 5E) Gastos de Capital (Formato 7E)

CAPITULO 2 DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
2.1 Cualquier modificacion presupuestal que involucre una disminucion del Resultado Economico Presupuestario e impacte negativamente en el Resultado Primario requerira de la aprobacion del Directorio de FONAFE, salvo las excepciones que senale expresamente. La Empresa debera presentar una solicitud de modificacion presupuestaria adjuntando el Acuerdo de Directorio, un informe ejecutivo que la justifique y los formatos de Ingresos y Egresos, de Flujo de MORDAZA y de Gastos de Capital. Las modificaciones presupuestales que requieran aprobacion del Directorio de FONAFE, se sujetaran a las metas de Resultado Primario y Economico indicadas para el conjunto de las Empresas publicas no financieras en el MORDAZA Macro Economico Multianual vigente, y estaran en concordancia con las reglas macro fiscales estipuladas en la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Asimismo, cuando en conjunto la modificacion presupuestaria conlleve una disminucion del Resultado Economico Presupuestal e impacte negativamente en el Resultado Primario requerira opinion favorable de la Direccion General de Asuntos Economicos y Financieros del Ministerio de Economia y Finanzas, previa a su aprobacion por el Directorio de FONAFE. 2.2 El Directorio de las Empresas, mediante Acuerdo debidamente justificado, esta facultado a aprobar las modificaciones presupuestarias no consideradas en el numeral 2.1. con las siguientes limitaciones: - Incrementar la partida del Gasto Integrado de Personal - GIP. - Transferir recursos de la partida Gastos de Capital a Egresos Corrientes. - La par tida Tributos y los r ubros Pagos por Indemnizacion por Cese de Relacion Laboral, Celebraciones, Incentivo por Retiro Voluntario, Capacitacion, no son habilitadoras. En el caso de FONAFE, sera la Direccion Ejecutiva mediante una Resolucion, quien aprobara las modificaciones presupuestales, las mismas que estaran sujetas a las limitaciones indicadas. 2.3 El total de modificaciones presupuestarias, excepto aquellas para incorporar Proyectos de Inversion declarados viables, no podran exceder de tres (3) al ano y realizaran o solicitaran hasta el ultimo dia util del mes de agosto. Las modificaciones presupuestarias que tengan como objetivo incorporar proyectos de inversion con declaracion de viabilidad, por la instancia facultada para tal efecto, y su financiamiento correspondiente, no estaran limitadas en cuanto a su numero y podra realizarse hasta el ultimo dia util del mes de octubre. Dichas modificaciones seran aprobadas por las Empresas en el caso que no involucre una disminucion del Resultado Economico Presupuestario y Resultado Primario. 2.4 Toda modificacion presupuestaria debera ser comunicada a FONAFE, a nivel desagregado, junto con la evaluacion presupuestaria del mes en el cual se aprobo. Para tal efecto, las Empresas deberan presentar la MORDAZA

Los formatos del Estado de Ganancias y Perdidas (Formato 3E), del Presupuesto de Ingresos y Egresos (Formato 4E) y del Flujo de MORDAZA proyectado (Formato 5E) incluiran la informacion real al mes de evaluacion y la proyeccion hasta el mes de diciembre del ano en curso. 2) Informe Ejecutivo, que considere los hechos de importancia y desviaciones relevantes, respecto del MORDAZA presupuestal aprobado, ocurridos al mes de evaluacion. El informe debera incluir los resultados acumulados reales de cada partida comparados con el MORDAZA aprobado: - Presupuesto, que incluya para el caso de los Proyectos y Gastos No Ligados de Inversion, la explicacion sobre los factores que incidieron en el nivel de ejecucion, identificando segun sea el caso a los siguientes: a) Gestion Interna (Inadecuada Programacion, Demoras en Elaboracion de Bases y otros). b) Problemas del SNIP (Retrasos en Aprobacion de Estudios y/o Viabilidad). c) Problemas de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Retrasos en Pronunciamientos de CONSUCODE, Observaciones e Impugnaciones no Tecnicas a Procesos, etc.). d) Problemas de la Naturaleza. e) Problemas de Servidumbre. f) Incumplimiento de Terceros. g) Otros, si son importes significativos, consignarlos por separado. Las causas senaladas en los literales b); c); e) y f) ademas deberan ser justificadas documentariamente solamente en los informes al mes de junio y al mes de diciembre. - Flujo de MORDAZA, que incluya una explicacion detallada y sustentada sobre los cambios en el Resultado Primario y la disponibilidad del saldo final de MORDAZA, distinguiendo los compromisos y los de libre disponibilidad. 3.2. Evaluacion Trimestral Las Empresas deberan remitir trimestralmente a FONAFE, la siguiente informacion: 1) Formatos (del Anexo 1) - Perfil (Formato 1E). - Balance General (Formato 2E).

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