Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2005 (15/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2005

Que, de los Informes de Homologacion Monodactilar anexados a los documentos del visto, se desprende que las impresiones dactilares que figuran en las inscripciones MORDAZA mencionadas pertenecen a una misma persona biologica que registra doble inscripcion, en cada caso; Que, por Resoluciones de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nºs. 019 y 1402005-GP/SGDAC-RENIEC, se dispone la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales de las Inscripciones Nº 80603698 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Nº 22520678 y Nº 25743991 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y Nº 02800523 a nombre de CEVERINO MORDAZA VILELA; Que, sin perjuicio de las acciones administrativas ya adoptadas, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, por el hecho de haber insertado datos falsos ante el Registro a fin de obtener una MORDAZA inscripcion a pesar de contar con una plenamente vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y CEVERINO MORDAZA VILELA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y CEVERINO MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19204

distrito de MORDAZA, provincia de Bongara, departamento de Amazonas, de estado civil viuda; asimismo, con fecha 27 de diciembre de 1991, se rectifico el nombre y apellido MORDAZA de su titular, quedando identificada como FLOTILDE CHICANA MORDAZA MORDAZA DE RODRIGUEZ; Que, la ciudadana FLOTILDE CHICANA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, mediante el Formulario de Identidad Nº 06005757 de fecha 12 de junio de 1998, obtuvo el canje de su Libreta Electoral manual 08326891 por el Documento Nacional de Identidad respectivo, a traves del tramite de rectificacion, declarando como estado civil viuda; Que, posteriormente, la ciudadana MORDAZA citada, mediante el Formulario de Identidad Nº 21557561 de fecha 22 de setiembre del 2004, solicito la rectificacion de apellido MORDAZA y estado civil, obteniendo la expedicion del DNI Nº 08326891, a nombre de FLOTILDE CHICANA MORDAZA, de estado civil casada. Adjunta como documento de sustento, el Acta de Matrimonio Nº 16 de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc - MORDAZA (casada con MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cruz); Que, mediante el Oficio Nº 054-2004-OREC-H, la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Hualgayoc - MORDAZA, remite MORDAZA del Acta de Matrimonio Nº 16 del ano 1968 a nombre de FLOTILDE CHICANA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes contrajeron matrimonio civil el 28 de diciembre de 1968; Que, se establece la presuncion razonada que la ciudadana FLOTILDE CHICANA MORDAZA, ha insertado declaracion falsa, respecto a su estado civil, en documento publico, esto es el Registro, por lo cual se presume que el hecho MORDAZA descrito, constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra FLOTILDE CHICANA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra FLOTILDE CHICANA MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19205

RESOLUCION JEFATURAL Nº 963-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 4 de octubre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1704-2005-GP/RENIEC, el Informe Nº 201-2005-GP-SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 1054-2005-GAJ/RENIEC de fecha 6 de setiembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, ha detectado que la ciudadana FLOTILDA CHICAMA MORDAZA DE MORDAZA, con fecha 21 de enero de 1963 obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 2542836, registra como fecha y lugar de nacimiento el 01 de MORDAZA de 1928 en Amazonas, declara como estado civil viuda; Que, con fecha 15 de setiembre de 1984, la referida ciudadana, obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 08326891, en merito al MORDAZA de reinscripcion de su Inscripcion Nº 2542836 (siete digitos), a nombre de FLOTILDA CHICAMA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, registra como fecha y lugar de nacimiento el 01 de MORDAZA de 1928, en el

RESOLUCION JEFATURAL Nº 965-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 4 de octubre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 3048-2005/GO/RENIEC, los Informes Nº 229, 239 y 250-2005-GP/SGP/RENIEC, y el Informe Nºs. 1085-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 13 de septiembre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos y la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado

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